Facturacion 2013 aun faltan muchos, Evita saturacion en el SAT y tramita la FIEL


fiel sat problemas Ya 2012 se esta terminando y si aun no manejas ningún esquema de facturación electrónica es recomendable que cuentes con el requisito mínimo que en este caso es la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) para poder elegir en su momento el tipo de comprobantes fiscales que utilizaras a finales de 2012 y de 2013 en adelante.

Información a considerar para sacar cita en el SAT para FIEL

El año pasado el día 22 de diciembre el SAT emitió el siguiente comunicado informando al contribuyente sobre su periodo de suspensión de servicios:

Por otra parte, se informa que a partir del 22 de diciembre y hasta el 2 de enero de 2012, las
oficinas del SAT permanecerán cerradas al público.

Estarán suspendidos durante el periodo señalado los servicios de inscripción y actualización de
datos en el Registro Federal de Contribuyentes, aclaraciones, orientaciones, servicios o
solicitudes, orientación, quejas, sugerencias y reconocimientos.

Cabe señalar que la  presentación de declaraciones en la página de internet del SAT seguirá
operando de manera normal excepto los días sábado 24 y domingo 25 de diciembre.
Las oficinas y los servicios suspendidos reiniciarán operaciones a partir del 3 de enero próximo.

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Cálculo del ajuste anual por inflación acumulable o deducible

Calculo del ajuste anual por inflacion acumulable o deducible

El ajuste anual por inflación, ya sea acumulable o deducible, puede generar utilidad o pérdida a una persona moral; existen varias cuentas contables que se deben considerar. Este ajuste se determina con base en el saldo promedio de deudas y créditos.

La siguiente información te ayudará a entender mejor qué es y cómo calcularlo.

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Se publican los Requisitos en Comprobantes Fiscales para 2012 en el Diario Oficial

Lo que era el anteproyecto que publico el SAT en su pagina hace unos días se publico en el diario oficial de la federación este 12 de octubre de 2012, con esto se eliminan y cambian algunos requisitos de los comprobantes fiscales digitales e impresos con código de barras bidimensional, a continuación les dejo lo que contiene esta Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012 en lo que a Comprobantes Fiscales se refiere:

Cumplimiento de requisitos en la expedición de comprobantes fiscales

I.2.7.1.16. Para los efectos de los artículos 29-A, fracciones I, V, segundo párrafo, incisos a), c) y e) y VII, inciso c), 29-B, fracciones I, inciso a) y III, y 29-C, fracciones I, inciso a) y II, inciso a) del CFF, los contribuyentes no estarán obligados a incorporar en los comprobantes fiscales que emitan, la información relativa a los siguientes requisitos:

  • I. Régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR.
  • II. Identificación del vehículo que les corresponda, tratándose de personas físicas que cumplan sus obligaciones fiscales por conducto del coordinado, las cuales hayan optado por pagar el impuesto individualmente de conformidad con el artículo 83, séptimo párrafo de la Ley del ISR.
  • III. Número de cuenta predial del inmueble de que se trate o, en su caso, los datos de identificación del certificado de participación inmobiliaria no amortizable, tratándose de los comprobantes que se expidan por la obtención de ingresos por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles.
  • IV. Clave vehicular que corresponda a la versión enajenada, tratándose de los comprobantes que expidan los fabricantes, ensambladores o distribuidores autorizados de automóviles nuevos, así como aquéllos que importen automóviles para permanecer en forma definitiva en la franja fronteriza norte del país y en los Estados de Baja California, Baja California Sur y la región parcial del Estado de Sonora.
  • V. Forma en que se realizó el pago y últimos cuatro dígitos del número de cuenta o de la tarjeta correspondiente.

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Pagos referenciados: Pasos para su presentación en el Sistema de Declaraciones y Pagos

Pagos referenciados: Pasos para su presentación en el Sistema de Declaraciones y Pagos

A continuación es una explicación muy breve de lo que en realidad es la presentación de los Pagos Referenciados en el sistema de declaraciones y pagos (DyP) en el portal del SAT, esto con las intención de ver los procesos que nos llevaran a cumplir con la obligación ahora para la mayoría de las personas físicas (ingresos en declaración anual mayores a 250 mil pesos) y para todas las personas morales.

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Facturas a partir de 2013 CFDI CFD o CBB deberas elegir – SAT

La transición de facturas impresas a digitales de este 2012 ya casi termina y con el la expedición de facturas hechas por impresor autorizado, las facturas que recibas y expidas a partir de 2013 invariablemente deberán ser Comprobantes Fiscales Digitales por Internet CFDI, Comprobantes Fiscales Digitales CFD o Comprobantes con Código de Barras Bidimensional CBB. Así lo anuncia el SAT en su pagina donde hace hincapié en solicitar la Firma Electrónica Avanzada FIEL para poder facturar literalmente.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda que, el 31 de diciembre, termina la vigencia de los comprobantes fiscales impresos con el extinto esquema de impresores autorizados, por lo que solo quedan 3 meses para migrar a Factura Electrónica.

La Factura Electrónica está transformando la forma de hacer negocios en México.

Quienes la utilizan han visto sus beneficios en materia de seguridad, disminución de costos, optimización de controles internos, impulso de procesos tecnológicos y cambio de prácticas, por lo que han incrementado su uso.

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Comprobantes con CBB sin Régimen Fiscal: Forma de Pago o cuenta predial

Al parecer habrá una modificación a los requisitos que deberán contener los comprobantes fiscales impresos con dispositivos de seguridad, conocidos como Código de Barras Bidimensional o CBB esto derivado del anteproyecto de la modificación a la resolución miscelánea fiscal para este 2012 en su regla I.2.8.1.3. creando la I.2.7.1.16. en la cual se beneficia a los contribuyentes al eliminar la obligación de expedir sus comprobantes fiscales ya sean facturas o recibos con CBB sin algunos de los requisitos que entraron en vigor este 2012, como los que a continuación se muestran:

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Personas Morales sin Declaración anual o Suspendidos con Depósitos en Efectivo 2010?

El SAT inicia a recaudar el Impuesto Sobre la Renta que no declararon las Personas Morales, ya sea porque no presento su declaración anual 2010 o porque teniendo el estatus de RFC suspendido recibió depósitos en efectivo en el ejercicio de 2010. Según el SAT el objetivo de este programa de regularización es combatir la informalidad, incrementar la presencia fiscal y recaudar el impuesto omitido del ejercicio 2010.

Si te llego ya la carta invitación del SAT las siguientes preguntas frecuentes te servirán para entender a que se debe:

¿Cuál es el objetivo del programa de regularización?
1. Combatir la informalidad.
2. Incrementar la presencia fiscal.
3. Recaudar el impuesto omitido correspondiente al ejercicio fiscal 2010.

¿Qué Personas Morales están sujetas al programa? Las personas morales sujetas al programa son:

1. Contribuyentes omisos en la presentación de la Declaración Anual 2010.
2. Contribuyentes suspendidos antes de 2010, con depósitos en efectivo en dicho ejercicio.

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Cómo realizar pago referenciado en portal del banco: Personas físicas y morales

Cómo realizar pago referenciado en portal del banco: Personas físicas y morales

Si estás obligado a presentar pago referenciado, puedes hacerlo en ventanilla bancaria o en el portal en línea de tu banco, ya seas persona física o persona moral obligada a presentarlo. La siguiente información te será de ayuda para efectuarlo.

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Paga menos ISR, acredita IDE estimado o por pagar contra Pago Provisional


prestamoCapital thumb Calculadora para Abono a Capital mas Intereses   Prestamos Si ya estas acostumbrado a pagar el ISR mensual acreditando el IDE que te retuvo el banco al momento del pago esta información puede que te interese, analizando la posible aplicación del IDE estimado contra el pago provisional de ISR podría decirles que me parece conveniente en los casos en que el contribuyente capte la mayor parte de sus ventas mediante pagos en efectivo.

Por ejemplo una persona física o moral que vende a crédito y sabe que sus clientes en su mayoría le pagaran en efectivo, se puede hacer un calculo estimado del IDE que se puede generar y esta cantidad aplicarla como Acreditamiento de IDE estimado contra el Impuesto Sobre la Renta mensual. También podría ser que tenga alguna actividad esporádica la cual será cubierta por un pago en efectivo en el mes posterior al pago.

Si elegiste acreditar el IDE estimado debes de considerar que una vez elegida esta opción no podrá variar respecto al mismo ejercicio, esto quiere decir que si en 2012 aplicas este método no lo puedes cambiar hasta 2013.

Como se calcula el Acreditamiento de IDE contra ISR?

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