Reitera el SAT la facilidad para migrar a factura electrónica mediante un proceso fácil y rápido, los contribuyentes pueden cambiar al esquema de facturación electrónica que servirá para hacer sus impuestos deducibles y obtener devoluciones el próximo año.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
El día 20 de noviembre de 2013 se publico en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio 2014, al parecer hubo algunos cambios importantes en la LIF 2014. A continuación les dejamos algunos de los cambios en la LIF 2014:
Modificaciones y Confronta LIF 2014
ARTÍCULO 9o. Se ratifican los acuerdos y disposiciones de carácter general expedidos en el Ramo de Hacienda, de las que hayan derivado beneficios otorgados en términos de la presente Ley, así como por los que se haya dejado en suspenso total o parcialmente el cobro de gravámenes y las resoluciones dictadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre la causación de tales gravámenes.
Confronta: Se deja de considerar la extensión de los beneficios del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia del impuesto sobre la renta, de derechos y aprovechamientos para las entidades federativas, municipios, D.F. y demarcaciones territoriales.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que ya está a disposición de los contribuyentes y ciudadanos en general un nuevo para consultar y pagar adeudos fiscales por Internet. Utilice este trámite si desea efectuar el pago de un crédito fiscal o cualquier otro pago en efectivo o con cheque que desee realizar para cubrir sus adeudos fiscales.
Nombre del Trámite: Pago en Institución Bancaria
¿En qué consiste? Consiste en pagar un crédito fiscal ya sea total o parcial, efectivo o cheque, en la ventanilla bancaria
¿Cuándo se realiza? Cuando Usted tenga adeudos pendientes de pago y cuente con los recursos para pagar. Este trámite lo puede realizar en cualquier etapa del proceso de cobro.
¿Para qué se realiza? Para pagar un crédito fiscal, ya sea total o parcialmente
Paso 1 Reúna los siguientes documentos:
Original de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por el gobierno federal, estatal o municipal del contribuyente o representante legal.
Original para su cotejo de la resolución que dio origen a su crédito fiscal.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
En la pagina del SAT se emitió un comunicado el cual al parecer quieren que los contribuyentes vayan tramitando su transición a la Facturación electrónica, para lograr esto Advierten el fin de plazo para migrar a factura electrónica.
A partir del primero de enero, solamente las facturas electrónicas tipo CFDI serán deducibles de impuestos.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Servicio de Administración Tributaria informa que a partir de 2014 será obligatorio para todos los contribuyentes emitir sus comprobantes fiscales a través de facturas electrónicas tipo CFDI.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
En materia del Calculo de la Participación de los trabajadores en las utilidades (PTU) para 2014, se deroga la disposición que establecía el procedimiento a seguir para la determinación de la PTU, a efectos de considerar la renta gravable de acuerdo al procedimiento general de las sociedades utilizado para fines del impuesto sobre la renta (ISR), esto es, a los ingresos obtenidos en el ejercicio, se le disminuirán las deducciones autorizadas, y el resultado será la renta gravable que sirva de base para el cálculo de la PTU.
Cabe señalar que la disposición contempla la disminución de los ingresos acumulables para efectos de la PTU, con la parte considerada no deducible en el impuesto sobre la renta de los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador, esto es, el 53% o 47% de dichos pagos, según sea el caso. Habrá que determinar los efectos de este ajuste a las reglas de cálculo, pues como se recordará el procedimiento particular de Ley permitía no considerar, por ejemplo, efectos inflacionarios para fines de determinar la base de PTU.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
El pasado 31 de octubre el Congreso de la Unión concluyó en definitiva la aprobación de la reforma a la Nueva Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). Hemos analizado varios puntos de esta reforma y el siguiente es uno de los mas importantes en lo que a ISR se trata. La deducción de activos fijos es muy importante en una empresa ya que le ayuda a invertir en ellos para que la empresa pueda realizar las actividades necesarias para lograr sus cometidos y no deberían escatimarse por limites fiscales.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
Con la Nueva certificación que otorgara el SAT a las empresas se les permitirá contar con un crédito fiscal equivalente al 100% del IVA que deban pagarse por la importación temporal o introducción de bienes. Esta medida evitará el efecto financiero que provocaría el tener que pagar dichos impuestos y esperar a recuperarlos posteriormente mediante el acreditamiento o devolución, como tendrán que hacerlo las empresas que no obtengan la certificación.
El crédito fiscal otorgado para IVA no se considerará como ingreso acumulable para los efectos del impuesto sobre la renta.
Se prevé un periodo de transición para que las empresas puedan obtener la certificación, que sería de hasta un año contado a partir de que se hayan publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las reglas correspondientes para que el SAT otorgue la certificación. La mencionada certificación tendría una vigencia de un año, misma que podría ser renovada por las empresas 30 días hábiles antes de su vencimiento, cuando éstas acrediten que continúan cumpliendo con los requisitos y condiciones bajo los cuales les fue otorgada.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
El antes conocido como Formato 37 “Constancia De Sueldos, Salarios, Conceptos Asimilados, Crédito Al Salario Y Subsidio Para El Empleo” ahora se cambia por la constancia que expide el Programa que presenta la Declaración informativa de Sueldos, Salarios y conceptos Asimilados.
La Declaración Informativa Múltiple se presenta en el programa que tiene sus siglas DIM, una vez presentada la declaración el patrón puede expedir la constancia de las retenciones que les hizo a sus trabajadores y Asimilados a Salario que tuvieran ingresos en el ejercicio fiscal que se trate, estas deberán contener el Sello y la Firma Digital de la persona física o moral que presento la Declaración Informativa.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
Las Personas Físicas y Morales que aun podrán en 2014 expedir Comprobantes Fiscales con Código de Barras Bidimensional son las que obtengan ingresos hasta por 250,000 pesos. Esto si la modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal no se modifica, lo que se recomienda a estas alturas de la transición a la Factura Electrónica o Comprobante Fiscal por Internet CFDI es ir analizando la opción de cambiar el método de comprobación.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
CONTADORMX
Mantente actualizado sin perder tiempo buscando información
Recibe directamente en tu correo información práctica para el contador en México.