Lista Negra del SAT – Consultar Contribuyentes Incumplidos por RFC o Nombre


lupa_thumb.jpg A partir del 1 de enero de 2014 los datos de los contribuyentes que incumplan con sus obligaciones fiscales, serán publicados en el portal del SAT.

Los contribuyentes que estén inconformes con la publicación de sus datos, en la misma aplicación donde se da a conocer la lista pueden generar su línea de captura para pagar o bien presentar una aclaración. El SAT resolverá la solicitud de aclaración en tres días hábiles y en caso de resultar procedente, se eliminarán los datos publicados en la siguiente actualización de la información, misma que se efectuará cada 15 días.

Tipos de Contribuyente Incumplidos ante el SAT

Artículo 69:

  • 1. de contribuyentes no localizados;
  • 2. de contribuyentes que tienen créditos fiscales firmes;
  • 3. créditos exigibles, no pagados o garantizados;
  • 4. créditos cancelados,
  • 5. créditos condonados, y
  • 6. de contribuyentes que tienen sentencia condenatoria ejecutoria por la comisión de un delito fiscal. Fundamento: artículo 69, Código Fiscal de la Federación

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Tablas ISR 2014 Mensuales – Calculo de Pagos Provisionales para Personas Fisicas


dof.jpgHoy 03 de enero de 2014 se publica en el Diario Oficial de la Federación la Tablas de ISR para realizar el cálculo Mensual de este impuesto. Estas tablas sirven para realizar los Pagos Provisionales de Personas Fisicas obligadas a pagar  el ISR 2014, a continuación les dejamos lo que contiene el anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal de este tema para 2014 en su anexo su anexo 8:

Tarifa aplicable durante 2014, para el cálculo de los pagos provisionales mensuales.
Tabla del subsidio para el empleo aplicable a la tarifa del numeral 5 del rubro B.
Tarifa que incluye el subsidio para el empleo, aplicable a la tarifa del numeral 5 del rubro B.

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Subsidio para el empleo 2014 – Tablas que se aplicaran en el calculo del ISR por Salarios

 

calculadora_thumb Se publico en el Diario Oficial de la Federación la Tabla del Subsidio al Empleo que se aplicara en 2014. Esto con el fin de crear incentivos para evitar la informalidad, en la reforma social y hacendaria se propuso realizar modificaciones compensadas al subsidio para el empleo y a las cuotas de seguridad social, para lograr un fuerte impulso a la formalidad sin afectar el ingreso disponible del trabajador;

Que si bien en el Decreto a que se refiere el segundo considerando, se incluye la modificación de la tabla del subsidio para el empleo, es necesario modificar la referida tabla para no afectar el ingreso disponible de los trabajadores de menores ingresos, en tanto no concluya el proceso legislativo de la reforma en materia de seguridad social;

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Deduccion de Colegiaturas en 2014 – Tabla con Limite por Nivel Educativo

 

Las colegiaturas aun pueden ser deducibles en 2014, el 26 de diciembre de 2013 se publico en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa”. En este decreto se incluye en su articulo 1.8 que los pagos por Colegiaturas que realicen los contribuyentes en 2014 serán deducibles en la declaración anual de Personas Físicas que se presenta en 2015. Este articulo nos dice que serán deducibles las colegiaturas que se paguen para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o sus descendientes en línea recta

A continuación les dejamos la transcripción del Decreto donde se incluye este beneficio fiscal para las Personas Físicas en 2014:

Decreto Beneficio de Deducir las Colegiaturas en 2014 para Personas Físicas

Artículo 1.8. Se otorga un estímulo fiscal a las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los establecidos en el Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, consistente en disminuir del resultado obtenido conforme al artículo 152, primer párrafo, primera oración, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la cantidad que corresponda conforme al artículo 1.10. del presente Decreto, por los pagos por servicios de enseñanza correspondientes a los tipos de educación básico y medio superior a que se refiere la Ley General de Educación, efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o sus descendientes en línea recta, siempre que el cónyuge, concubino, ascendiente o descendiente de que se trate no perciba durante el año de calendario ingreso en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año y se cumpla con lo siguiente:

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Prorroga para cambiar a Factura Electronica CFDI

Al parecer el SAT dio a las Personas Físicas para este 2014 un respiro de 3 meses para cambiar al esquema de Facturación Electrónica con CFDI. Como se había publicado en el Código Fiscal de la Federación para este 2014 en su articulo 29 que todas las personas físicas estarían obligadas a expedir CFDI a partir de 2014. Pero ahora con la publicación de la Resolución Miscelánea Fiscal 2014 nos dice que las personas físicas con ingresos anuales de hasta 500 mil pesos tendrán los meses de enero, febrero y marzo de 2014 para migrar a factura electrónica, la facilidad se condiciona a que en abril de 2014 ya hayan migrado al nuevo esquema de facturación.

El SAT reitera que no habrá prórroga en la entrada en vigor de la factura electrónica a partir del 1 de enero de 2014, y que esta gradualidad está condicionada sólo a personas físicas obligadas a facturar y con ingresos anuales de hasta 500 mil pesos.

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Facturas Electronicas para Regimen de Incorporacion Fiscal a partir de 2014

 

A partir de 2014 todos los contribuyentes deberán de emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, al menos eso es lo que nos dice el SAT tan insistentemente. Los CFD y CBB’s ya no serán validos desde el 1ro de enero de 2014 por lo que todas las personas físicas que se encuentren en el régimen de Incorporación Fiscal deberán de emitir CFDI.

En 2014 todos los que estuvieron en el Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS)
automáticamente pasaran a estar registrados en el Régimen de Incorporación Fiscal y
los Régimen Intermedio tienen la posibilidad de elegir estar en este nuevo régimen,
presentando el aviso correspondiente.

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Como Facturar con CFDI al Publico en General – Diario, Semanal, Mensual o Bimestral

La expedición de comprobantes de operaciones con el público en general es obligatorio para los contribuyentes por las ventas que no se les solicite comprobantes fiscal digital, esto tiene como fin el que se reflejen los ingresos que no facturaron por el hecho de que el cliente no les solicito comprobante fiscal.

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Como Sacar una Cita en el SAT – Como Solicitarla Paso a Paso desde Internet sin Confirmar

 

Para obtener su cita ante el SAT lo puede hacer desde la comodidad de su casa u oficina. Registre su cita con su RFC (excepto para citas de Inscripción), correo electrónico y teléfono. Antes de que genere una Cita para acudir al SAT debe analizar si debe acudir a las oficinas, por ejemplo: los avisos al RFC, declaraciones informativas, aclaraciones, compensaciones, renovación de FIEL, etc., los puede presentar accediendo a través de la Oficina Virtual y/o Mi Portal.

Te recordamos que a partir del día 30 de Agosto del presente año ya no tendrás que confirmar tu cita ya que este paso se hará en automático.

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Regimen de Incorporacion Fiscal del SAT – No paga todos los Impuestos hasta 11 años despues

regimen incorporacion fiscal El Régimen de Incorporación Fiscal estará a partir de 2014, el SAT pide a los contribuyentes formalizar su situación en el régimen de Incorporación Fiscal a todas las personas que tengan un pequeño negocio y que no estén dadas de alta en el SAT podrán incorporarse y, poco a poco, aprender a declarar sus impuestos.

A continuación transcribimos la información que nos hace llegar el SAT respecto al Régimen de Incorporación Fiscal en la cual encontraras los beneficios según el SAT de poder estar en este nuevo régimen a partir de 2014:

Formaliza tu situación en el régimen de Incorporación Fiscal

En el régimen de Incorporación Fiscal no pagarás todos tus impuestos hasta después de once años; puedes asegurar a tus empleados en el Seguro Social y también emitir facturas, lo que te permitirá vender más y a clientes más grandes.

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