Certificado de Sello Digital sin efectos: ¿Cómo aclarar tu situación desde Internet?

 

El SAT puede dejar Sin Efectos el Certificado de Sello Digital, el principal problema es que mientras este en esa situación no puede emitir comprobantes fiscales. A continuación te mencionamos las causas por las a un contribuyente le pueden dejar sin efectos su certificado.

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Expedir CFDI en Recibos de Nomina de Salarios y Asimilados – Iniciativa de Reforma Fiscal 2014

 

C. P. C. Gonzalo Juárez López
Miembro de la Comisión Representativa ante
Organismos de Seguridad Social del CCP de Xalapa

La revolución electrónica en materia de comprobantes fiscales fue iniciada por el SAT en 2004 y ha tenido grandes repercusiones para los contribuyentes en su operación. Hasta el momento, parece sólo el inicio, ya que la reforma fiscal para 2014, amplia el campo de comprobación electrónica ahora en el ámbito laboral, incorporando requisitos de deducción a las erogaciones por sueldos y salarios.

Ahora también las Nóminas
serán Comprobantes Fiscales Digitales !!!

Antecedentes

La revolución electrónica iniciada por el SAT en materia de comprobantes fiscales avanzó desde sus primeros pasos en el 2004 con el nacimiento del concepto de Firma Electrónica, pasando por las reformas al Código Fiscal de la Federación de 2010 que establecían como obligatoria la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales, hasta la presente propuesta para 2014 de desaparición de comprobantes fiscales en papel, obligando a que todos sean electrónicos

En retrospectiva, parece que fue ayer cuando existía la figura del impresor autorizado, y el papel era trascendental en nuestro esquema tributario, pero la realidad es que los cambios tecnológicos con paso firme, han cambiado nuestra vida cotidiana y también la forma en que debemos cumplir nuestras obligaciones fiscales.

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Iniciativa de Reforma Fiscal 2014 

Mientras los titulares de diferentes medios de comunicación, se han centrado en algunas reformas tributarias que han tomado tinte político, y que se han convertido en herramienta de trabajo para diferentes actores políticos de nuestro país; existen otras modificaciones, que pasando desapercibidas y sin ser sujetas al escrutinio público, trascenderán significativamente la operación de las empresas y sus trabajadores.

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Venta de Casa Habitacion Exenta hasta por 3 millones y medio de Pesos – Iniciativa 2014

 

La Iniciativa del Ejecutivo propone disminuir el límite de exención para la enajenación de casa habitación, el cual de aprobarse en sus términos implicaría reducir la exención que hoy otorga la Ley de 1.5 millones de UDIS (alrededor de 7.4 millones de pesos) a 250 mil UDIS (aproximadamente 1.2 millones de pesos). Esta medida, como señaló el Ejecutivo, afectaría a poco menos del 10% de las enajenaciones de casa habitación, que tienen un valor superior al límite propuesto.

Se estima que poco menos del 10% de las enajenaciones de casa habitación tienen un valor superior al límite propuesto, de manera que la medida incrementaría la recaudación de los contribuyentes de mayores ingresos, fortaleciendo con ello la progresividad del ISR.

La que Dictamina considera que es adecuado reducir el límite aplicable a la enajenación de casa habitación, toda vez que no se justifica que la ganancia por la venta de residencias de muy alto valor no sea gravada por este impuesto. No obstante lo anterior, esta Comisión considera necesario incrementar el límite a 0.7 millones de UDIS (alrededor de 3.5 millones de pesos), monto que representa poco menos de la mitad del límite actual y que permitirá concentrar el efecto recaudatorio en poco más del 2% de las viviendas enajenadas, cuyo valor excede este límite.

Lo anterior permitirá evitar afectaciones al patrimonio de la gran mayoría de las familias, pues el efecto se concentrará exclusivamente en las de mayores ingresos, procurando que aquellos que enajenan su casa habitación con el fin de adquirir otra vivienda cuenten con los recursos que les permitan mejorar sus condiciones de vida.

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Gobierno Pagara Cuotas Obreras del IMSS e ISSTE a los Trabajadores con menos Ingresos – Iniciativa 2014

 

En la Iniciativa que se dictamina se señala que con el fin de crear incentivos para evitar la informalidad, se propone el uso de las herramientas tributarias existentes. Se señala que el subsidio para el empleo es un instrumento fiscal para apoyar a los trabajadores de menores ingresos.

En este sentido, la que Dictamina coincide con la propuesta del Ejecutivo Federal para reorientar el beneficio del subsidio para el empleo a cubrir las cuotas de seguridad social a cargo de los trabajadores de menores ingresos, con lo cual se dará un fuerte impulso a la formalidad. Con esta propuesta, el Gobierno Federal cubrirá para los trabajadores con ingresos de hasta dos salarios mínimos, las cuotas obreras al IMSS en su totalidad y las cuotas obreras al ISSSTE hasta por un monto equivalente a las cuotas obreras del IMSS.

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Nuevo Régimen de Incorporación para Personas Físicas, Adiós REPECO – Iniciativa 2014

empresarioEsta Comisión Dictaminadora coincide con la propuesta del Ejecutivo Federal relativa a establecer el Régimen de Incorporación, el cual sustituirá el aplicable a las personas físicas con actividades empresariales con ingresos de hasta 4 millones de pesos anuales, esto es, el Régimen Intermedio, y el REPECOS. Mediante este nuevo régimen se pretende que las personas físicas con actividades empresariales y las que prestan servicios inicien el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en un esquema que les permita cumplir fácilmente con sus obligaciones tributarias, lo que trae aparejado el acceso a servicios de seguridad social, con lo que se creará un punto de entrada para los negocios a la formalidad, tanto en el ámbito fiscal como en el de la seguridad social.

Esta dictaminadora considera que dicho régimen prepara a las personas físicas para ingresar al general que regula el Título IV de la Ley cuya emisión se plantea por lo que se propone que el Régimen de Incorporación sea aplicable sólo a personas físicas con actividades empresariales, que enajenen bienes o presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional. Se trataría de un régimen cedular y de aplicación temporal durante un periodo de hasta 6 años, sin posibilidad de volver a tributar en el mismo, por lo tanto, al séptimo año, estos contribuyentes se incorporarán al régimen general de personas físicas con actividad empresarial.

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Limite de Deducciones por Consumo en Restaurantes sera del 8.5% – Iniciativa 2014

Conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente, las personas morales y las personas físicas con actividades empresariales y profesionales, pueden efectuar la deducción de los consumos en restaurantes hasta por un monto equivalente al 12.5% del pago realizado.

La Comisión que probo la iniciativa comparte la opinión del Ejecutivo en el sentido de que este tipo de deducciones deben limitarse, considerando la necesidad de ampliar la base del impuesto sobre la renta y toda vez que las mismas se han prestado a abusos por parte de los contribuyentes que declaran para efectos fiscales consumos en restaurantes que no corresponden a los gastos necesarios para la realización de su actividad.

No obstante lo anterior, la que dictamina no concuerda con la Iniciativa en el sentido de que esta deducción deba eliminarse. Por lo tanto, propone mantener como deducible un porcentaje equivalente a 8.5% de los consumos realizados en restaurantes, siempre que el pago se realice mediante tarjeta de crédito, de débito o de servicios, o a través de los monederos electrónicos que al efecto autorice el Servicio de Administración Tributaria.

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Llevar la Contabilidad por Internet en la Pagina del SAT – Reforma al CFF 2014 de la Iniciativa

 

Una de las iniciativas de la Reforma al CFF 2014 es promover que se lleve La Contabilidad por internet a través de sistemas informáticos, esta dice que existe la necesidad de que los contribuyentes cumplan con elementos mínimos y características específicas y uniformes en materia de contabilidad, por lo que se propone modificar los artículos 28 y 30 del Código Fiscal de la Federación a efecto de que se logren tales propósitos, aunado a la pretensión de que la autoridad fiscal cuenta con una contabilidad más estructurada.

Por otra parte, también se plantea reformar el artículo 30-A del código tributario, a efecto de eliminar la información que los contribuyentes deban proporcionar mediante declaración informativa, en virtud de que la autoridad contara con ella a través de los comprobantes fiscales digitales por Internet.

Asimismo, la Iniciativa en estudio destaca la conveniencia de que se precise el alcance de la figura de contabilidad, que conceptualmente se define como un sistema de registro de ingresos y egresos, el cual es proporcionado sin costo alguno por la autoridad; de igual forma se explica que para las personas morales y físicas con actividad empresarial se propone la creación de un método electrónico estándar para la entrega de información contable, con el que se simplifique y facilite el cumplimiento, lo que atañe a 66% de los contribuyentes emisores de facturas aproximadamente.

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Como serán las Notificaciones del SAT desde el Buzón Tributario en la pagina www.sat.gob.mx ?

Por C.P.C. Antonio González Rodríguez
agonzalezrodriguez@deloittemx.com

El pasado 14 de agosto se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, que entró en vigor el 15 de agosto. A continuación se mencionan los temas más importantes: En relación con las notificaciones de los actos administrativos que realice la autoridad fiscal a los contribuyentes, se adiciona una regla señalando que las notificaciones electrónicas por documento digital se harán a través del Buzón Tributario disponible en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en la opción Mi portal.

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Obligacion de los contribuyentes ingresar al Buzón Tributario–Notificaciones de actos y tramites de la autoridad – Iniciativa CFF 2014

La iniciativa en estudio expone la necesidad de que el sistema tributario Mexicano avance en la simplificación administrativa con base en una filosofía de servicio que evite el excesivo formalismo, pero que a su vez fomente el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, a través del aprovechamiento de la tecnología.

Bajo ese contexto, el ejecutivo federal propone en la iniciativa que se dictamina la creación de un sistema de comunicación electrónico denominado, buzón tributario, el cual, señala, no tendrá costo para los contribuyentes y será de fácil acceso, al tiempo que permitirá la comunicación entre estos y las autoridades fiscales. En dicho sistema se notificaran al contribuyente diversos documentos y actos administrativos así mismo, permitirá a este presentar promociones, solicitudes, avisos, o dar cumplimiento a requerimientos en la autoridad, por medio de documentos electrónicos o digitalizados, e inclusive realizar consultas sobre su situación fiscal y recurrir actos de autoridad, lo cual facilitara el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y redundara en beneficio del contribuyente.

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