Regularizarse con el SAT teniendo de intermediario a la PRODECON

acuerdo SAT PRODECON Si incurriste con alguna omisión de impuestos con el SAT puedes Regularizarte con los Acuerdos conclusivos, con esto puedes contar con la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente como un medio alternativo para regularizarse. El SAT dice que así es más fácil que los contribuyentes regularicen alguna situación fiscal y cumplan con sus obligaciones fiscales.

SAT:  Queremos que sea un trámite transparente y justo,
por eso la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente
cumplirá con un papel de intermediación, para que haya un
mejor acuerdo entre el SAT y el contribuyente que quiera
regularizar su situación.

Cuándo puedes solicitar un Acuerdo conclusivo para regularizar tu situación?

Cuando no estés de acuerdo en los hechos u omisiones que te señale la autoridad al ejercer sus facultades de comprobación, en los siguientes casos:

  • Cuando se te requiera contabilidad para su revisión.
  • En el caso de las visitas domiciliarias.
  • Cuando seas objeto de revisiones electrónicas.

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Regimen de Incorporacion Fiscal del SAT – No paga todos los Impuestos hasta 11 años despues

regimen incorporacion fiscal El Régimen de Incorporación Fiscal estará a partir de 2014, el SAT pide a los contribuyentes formalizar su situación en el régimen de Incorporación Fiscal a todas las personas que tengan un pequeño negocio y que no estén dadas de alta en el SAT podrán incorporarse y, poco a poco, aprender a declarar sus impuestos.

A continuación transcribimos la información que nos hace llegar el SAT respecto al Régimen de Incorporación Fiscal en la cual encontraras los beneficios según el SAT de poder estar en este nuevo régimen a partir de 2014:

Formaliza tu situación en el régimen de Incorporación Fiscal

En el régimen de Incorporación Fiscal no pagarás todos tus impuestos hasta después de once años; puedes asegurar a tus empleados en el Seguro Social y también emitir facturas, lo que te permitirá vender más y a clientes más grandes.

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Alta al RFC de personas físicas con CURP por Internet – Modificacion a la RMF 2013

Se publico en la pagina del SAT el proyecto de Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 la cual adiciona la regla II.2.3.5. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, esta habla respecto a la opción que tendrán las personas físicas de acceder al servicio del alta ante el Registro Federal de Contribuyentes sin necesidad de acudir a las oficinas del SAT y esta queda de la siguiente manera:

Inscripción al RFC de personas físicas con CURP

II.2.3.5. Para los efectos del artículo 27, primer y décimo primer párrafos del CFF, las personas físicas cuya edad sea de 18 años o más, podrán solicitar su inscripción al RFC a través de la página de Internet del SAT, siempre que cuenten con CURP. La inscripción de referencia se efectuará sin obligaciones fiscales y sin que sea necesario acudir a las oficinas de la autoridad fiscal.

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Guia para Descargar mi Certificado de Sello Digital (CSD) y emitir Facturas Electronicas CFDI

Con el Certificado de Sello Digital podrás emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet y para poder obtenerlo sin problemas te dejamos un pequeño tutorial de los pasos que hay que seguir para obtener el Certificado de Sello Digital (CSD) a través del programa SOLCEDI.

Paso 1: Baja e instala el programa SOLCEDI del SAT: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/solcedi/

SOLCEDI
Una vez instalado el programa SOLCEDI, entra al programa y da clic en el botón «Solicitud de Certificados de Sello DIgital (CSD).

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Aplicacion del Infonavit para Moviles o Smartphone – Informacion para Trabajadores, Patrones y Proveedores

Smartphone Credito Infonavit

El Infonavit lanzo su aplicación para Celulares o Smartphone la cual es gratuita y al parecer puedes tener información importante respecto a tu Crédito del Infonavit. A continuación te dejamos las bondades de esta aplicación que se hace llamar “Infonavit en tus Manos”.

En la aplicación móvil App podrás consultar:

  • Información sobre tu crédito: saldo, estado de cuenta, cuánto y cómo debes pagar.
  • Opciones para que pagues tu crédito en bancos y tiendas de autoservicio*
  • Información sobre tu ahorro en la Subcuenta de Vivienda*
  • Ubicación de los Cesi más cercanos al lugar donde te encuentres.
  • Acceso directo a nuestro centro de llamadas Infonatel.

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Tienes dudas respecto a la Ley de Ingresos de la Federación (preguntas frecuentes)

El día 20 de noviembre se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014 en el Diario Oficial de la Federación, hay cambio importantes los cuales generan preguntas al respecto. Para esto el SAT se dio a la tarea de responder las preguntas frecuentes que los contribuyentes pudieran tener. A continuación estas preguntas y respuestas que se basan en los cambios de la Ley de Ingresos de la Federación para 2014.

¿Cuáles son las tasas de recargos aplicables para el ejercicio fiscal 2014?

Se mantienen las tasas de recargos mensuales siguientes:

Prórroga0.75%
Parcialidades: 
Hasta 12 meses1.00%
Más de 12 y hasta 24 meses1.25%
Superiores a 24 meses y para pagos a plazo diferido.1.50%

Fundamento legal: Artículo 8 de la LIF.

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Descargar Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014 – PDF y Word

El día de hoy 20 de Noviembre de 2013 se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014 y publica en el Diario Oficial de la Federación, y se reforma el primer párrafo del artículo 2o. de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013.

SE EXPIDE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2014, Y SE REFORMA EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 2o. DE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2013.

ARTÍCULO PRIMERO. Se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014:

LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2014.

Capítulo I

De los Ingresos y el Endeudamiento Público

Artículo 1o. En el ejercicio fiscal de 2014, la Federación percibirá los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas que a continuación se enumeran:

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Como pagarle al SAT un Adeudo Fiscal – Pago de un credito fiscal en el Banco

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que ya está a disposición de los contribuyentes y ciudadanos en general un nuevo  para consultar y pagar adeudos fiscales por Internet. Utilice este trámite si desea efectuar el pago de un crédito fiscal o cualquier otro pago en efectivo o con cheque que desee realizar para cubrir sus adeudos fiscales.

Nombre del Trámite: Pago en Institución Bancaria

¿En qué consiste? Consiste en pagar un crédito fiscal ya sea total o parcial, efectivo o cheque, en la ventanilla bancaria
 
¿Cuándo se realiza? Cuando Usted tenga adeudos pendientes de pago y cuente con los recursos para pagar. Este trámite lo puede realizar en cualquier etapa del proceso de cobro.
 
¿Para qué se realiza? Para pagar un crédito fiscal, ya sea total o parcialmente

Paso 1 Reúna los siguientes documentos:

  • Original de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por el gobierno federal, estatal o municipal del contribuyente o representante legal.
  • Original para su cotejo de la resolución que dio origen a su crédito fiscal.

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Cambiar de REPECO o Regimen Intermedio a Regimen de Incorporacion Fiscal en 2014

A partir de 2014 ya no existirá el Régimen Intermedio ni el de Pequeños Contribuyentes o REPECOS, esto fue aprobado por el congreso de la unión el pasado 31 de octubre, aunque aun esta pendiente de publicarse en el Diario oficial de la Federación es casi un hecho de que los contribuyentes que estén bajo estos regímenes pasen al nuevo tipo de contribuyentes llamado Régimen de Incorporación Fiscal, que iniciara a aplicarse a partir de 2014.

Fin del Régimen intermedio y Régimen de Pequeños Contribuyentes REPECOS

Se elimina el régimen intermedio y el régimen de pequeños contribuyentes, quedando en su lugar el régimen de incorporación fiscal, mismo que es aplicable sólo a los contribuyentes que en el ejercicio 2013 obtengan ingresos inferiores a 2 millones de pesos. Lo anterior implica, que todos los contribuyentes en régimen intermedio que en el ejercicio de 2013 obtengan ingresos superiores a 2 millones de pesos automáticamente se tendrán que incorporar al régimen general a partir del ejercicio 2014.

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