Cuota Fija 2011 REPECO Régimen Pequeños Contribuyentes Jalisco

A continuación les dejo la Cuota fija para emitir sus pagos bimestrales como REPECO en Jalisco, en el cual solo deberán de ubicarse en el rango de ingresos para tomar la cuota que les corresponda.

A partir del bimestre enero-febrero de 2011 los pagos correspondientes al  Impuesto Sobre  la Renta, al  Impuesto al Valor Agregado  y  al  Impuesto  Empresarial  a  Tasa  Única  a  cargo  de  los Pequeños Contribuyentes, se realizarán en una sola cuota mediante el formato que  se encuentra disponible en el portal de  Internet de  la Secretaría de Finanzas: en la opción Formatos para trámites seleccionando el vínculo Formatos de Repecos y en  la opción de Formato  de Pagos Bimestrales de Repecos (cuota fija).

Para  el  pago  en  ventanilla  bancaria  o  cajeros  automáticos  es obligatorio presentar  el  formato  que  obtendrá  en  la  opción  de Servicios  en  Línea,  seleccionando  el vínculo de Pago  de Repecos,  y posteriormente Formato de pago y efectuarlo exclusivamente en las instituciones de crédito, oficinas Telecomm-Telégrafos del estado de Jalisco y tiendas de autoservicio autorizadas.

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Bancos autorizados para recibir declaraciones y pagos provisionales

Bancos autorizados para recibir declaraciones y pagos provisionales

Aquí tienes la lista de las instituciones de crédito autorizadas para que puedas presentar tus declaraciones vía Internet o por ventanilla bancaria. Solo debes dar clic para acceder al banco de tu preferencia.

Recuerda que el pago de impuestos se realiza exclusivamente a través de estas instituciones; no es posible hacer pagos en las oficinas del SAT ni en su portal de Internet. Ten en cuenta que algunas instituciones están reforzando su seguridad, por lo que, para operaciones en línea, puede que necesites dispositivos externos. Para evitar contratiempos, contacta a tu banco.

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Tarifa ISR opcional AGAPES para pagos provisionales 2011

Tarifa ISR opcional AGAPES para pagos provisionales 2011

El SAT, como parte de las facilidades administrativas, dio a conocer la tarifa opcional aplicable para el cálculo del pago provisional correspondiente al segundo semestre de 2011. Esta tarifa está dirigida a los contribuyentes personas físicas dedicadas exclusivamente a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca, que cumplan con sus obligaciones fiscales conforme al Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

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Declaracion Automatica Personas Fisicas 2010

declaracion automatica personas fisicas 2010 Ya casi es tiempo de presentar nuestra declaración anual como personas físicas, para eso hay dos opciones, la primera y la mas común es la que se presenta con el software proporcionado por el SAT donde se captura la información desde cero y la otra seria la Declaración Automática en la que algunos datos ya están precargados principalmente los datos del contribuyente, sueldos y salarios asimilados, retenciones (honorarios o arrendamiento9, etc…

Al presentar esta declaración podrá ver que se le permite desde el portal realizar la captura con cálculo automático de impuestos y envío de la declaración anual del ejercicio fiscal 2010, para aquellas personas físicas que obtuvieron ingresos por un sólo concepto o acumulando dos o más de los siguientes:

  • Sueldos, salarios y conceptos asimilados a salarios
  • Actividades empresariales y profesionales
  • Régimen Intermedio
  • Arrendamiento de inmuebles (casa habitación y/o local comercial)
  • Intereses (provenientes o no del sistema financiero)

No requiere instalar un programa adicional en su computadora, sólo verifique que cuenta con la versión de la máquina virtual de java adecuada

VENTAJAS ADICIONALES DE LA DECLARACIÓN AUTOMÁTICA VERSIÓN 2011

  • La declaración se puede guardar en la base de datos del SAT hasta por  tres días naturales (72 horas) para que pueda concluirla en este lapso.
  • Carga y validación masiva mediante archivos externos de deducciones personales y retenciones (ISR, IVA). Puede cargar hasta mil registros por archivo.
  • Verificación de la Firma Electrónica Avanzada para consultar que el certificado digital esté vigente y se pueda enviar la declaración sin contratiempos.
  • Consulta de las obligaciones fiscales que tuvo activas durante el 2010.
  • Contiene un cálculo preliminar de la declaración anual del 2010 para asalariados con un solo patrón para que la verifiquen y en el caso que estén de acuerdo la envíen.
  • Prellenado de información para contribuyentes que obtengan ingresos por salarios y conceptos asimilados con base en la información presentada por el patrón al SAT.
  • Prellenado de ingresos, retenciones y RFC del retenedor en el caso de personas que en el 2010 percibieron ingresos por servicios profesionales (honorarios) o por arrendamiento de bienes inmuebles con base en la  información presentada por dicho retenedor.
  • Contiene prellenados los datos generales (RFC, CURP en su caso, nombre, domicilio y correo electrónico) para todas las personas físicas de todos los regímenes que estén inscritas en el RFC.

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Presentar aviso de deducción de créditos incobrables: 15 de febrero

Presentar aviso de deducción de créditos incobrables: 15 de febrero

Como contribuyente tienes la obligación de presentar, a más tardar el 15 de febrero de cada año, la información sobre los créditos incobrables que hayas deducido. El artículo 31, fracción XVI, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece como requisito para deducir las pérdidas por créditos incobrables, en ciertos casos, que presentes un aviso al SAT.

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Cómo presentar la Declaración Informativa del Fomento al Primer Empleo

Cómo presentar la Declaración Informativa del Fomento al Primer Empleo


El SAT publicó el Programa para presentar la Declaración Informativa del Fomento al Primer Empleo. Esta te pide la siguiente información: los datos del trabajador, su fecha de ingreso y el número de días laborados, así como el monto máximo de la deducción adicional aplicable del periodo.

El monto de la deducción adicional solo será aplicable a trabajadores que perciban hasta ocho veces el
salario mínimo general vigente en el área geográfica donde se presten los servicios. El beneficio de la deducción adicional será por 36 meses a partir del momento en que los puestos son creados, aún cuando el capítulo de Fomento al Primer Empleo ya no se encuentre vigente.

El monto máximo de la deducción adicional será del 40 % en el primer año, el cual se disminuirá en 25 % a partir del segundo año de vigencia.

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Actualiza el INPC en tus papeles de trabajo, SUA y demás Programas

Con fecha 25 de enero de 2011, el Banco de México da a conocer la nueva base del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), la cual toma como base 100, la segunda quincena de diciembre de 2010. El cambio implica una nueva escala de medición, pero no altera ni modifica los indicadores de inflación de los ejercicios anteriores.

El Banco de México inició en 1927 la construcción de índices de precios con tan sólo 16 tipos de productos alimenticios, pero fue hasta 1968 cuando empezó la elaboración de un Índice Nacional de Precios al Consumidor de manera mensual con una canasta integrada por 172 tipos de productos llamados genéricos. alt

Este indicador se ha actualizado cinco veces, tomando en cuenta el próximo cambio del 24 de enero de 2011. Esto es necesario para poder contar con una medición con mayor precisión de la inflación.

Sin embargo, debido a este cambio es necesario que se revisen papeles de trabajo, procedimientos y sistemas computacionales que se alimenten de estos índices, con la finalidad de homologar los datos existentes a la nueva base de INPC

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Creditos y Deudas para Determinar Ajuste Anual por Inflacion

ajuste anual por inflacion acumulable deducible

El Calculo de Ajuste Anual por Inflación es lo que cada año las Personas Morales deben determinar para ver si acumularan o deducirán a la base para el calculo de ISR Anual, básicamente se trata de conocer tanto el promedio de créditos y el promedio de deudas que obtuviste en el año.

  • Deudas Mayores a los Créditos: Ajuste Anual por Inflación Acumulable
  • Créditos Mayores a las Deudas: Ajuste Anual por Inflación Deducible

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Tabla para Calculo ISR Arrendamiento 2011


Esta es la Tarifa aplicable a los pagos provisionales mensuales de arrendamiento 2011, también esta el recordatorio de la deducción ciega, elige la que mejor te convenga, si tienes muchos gastos para comprobar y sobrepasar esa deducción ciega mensualmente lo mas recomendable es aplicarlos, recuerda que solo podrás elegir unas opción.

Tarifa aplicable para el cálculo de los pagos provisionales mensuales correspondientes a 2011, que efectúen los contribuyentes a que se refiere el Capítulo III, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que obtengan ingresos por arrendamiento y en general por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles.

isr arrendamiento 2011

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