Personas Físicas Obligadas al Pago Referenciado – ¿Obligatorio u Opcional?

 

Las personas físicas a partir de septiembre de 2012 podrán presentar sus pagos provisionales por el sistema de Declaraciones y Pagos (DyP) utilizando el Pago Referenciado para declarar los impuestos correspondientes a su obligación.

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Presentar declaración complementaria por modificación de obligaciones: Declaraciones y pagos

Presentar declaración complementaria por modificación de obligaciones: Declaraciones y pagos

 

Los casos en los que resulta necesario presentar la declaración complementaria por el supuesto modificación de obligaciones pueden ser los siguientes:

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Beneficios de Utilizar el Pago Referenciado, una mejor manera de Declarar y Pagar Impuestos – SAT

 
Estamos por decirle adiós a las demás formas de presentar nuestras declaraciones mensuales tanto de Personas Morales o Personas Físicas, esto nos dice la tendencia que tiene el SAT para exigir al contribuyente presentarla por el nuevo Servicio de Declaraciones y Pagos, y para esto emitió un comunicado donde expresa cuales son los beneficios tanta de declarar como pagar los impuestos con Pago Referenciado a través del portal del SAT.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que, a partir de septiembre de 2012 todos los contribuyentes, personas físicas, pueden optar por utilizar el  Servicio de Declaraciones y Pagos (pago referenciado), para hacer los pagos correspondientes al mes de agosto de 2012 y subsecuentes.

  • A partir de septiembre de 2012, todas las personas físicas pueden utilizar este servicio.
  • Es indispensable contar con la CIEC o la Fiel.

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Novedades Fiscales – Boletín SINDI Julio-Agosto 2012

 
El Servicio de Administración Tributaria  (SAT)  es el resultado de un continuo proceso de transformación de la hacienda pública. La transformación que ha vivido la administración tributaria en los últimos años ha estado dando frutos.

Desde el punto de vista de la simplificación, el SAT debe verse como impulsor de un sistema tributario accesible, que promueve leyes fiscales de fácil interpretación y aplicación, en lo cual se cuenta con la valiosa participación del programa de síndicos del contribuyente, que en el marco de los programas de Prevención y Resolución de Problemas del Contribuyente, juegan un importante papel al solicitar opiniones o recomendaciones a las autoridades fiscales respecto de los asuntos que le son planteados por los contribuyentes. Para ello, cuentan con los canales de operación tanto a nivel local como central a efecto de que su actuación se traduzca en acciones eficaces que contribuyan a prevenir y resolver los problemas de sus representados.

TEMAS TRATADOS EN EL BOLETIN SINDI JULIO-AGOSTO 2012:

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Como llenar el primer pago referenciado de IETU de Personas Fisicas – Servicio Declaraciones y Pagos

dudas contribuyente sat.gob.mx A partir de Septiembre de 2012 las personas físicas con que en el último ejercicio fiscal declarado, hayan manifestado ingresos superiores a un millón de pesos para los pagos provisionales y definitivos correspondientes a agosto del 2012 y subsecuentes.

Como vez las personas físicas deberán de presentar en el Sistema de Declaraciones y pagos a partir del mes de agosto y a esto surge la duda de como capturar los datos de enero a junio de 2012, en el caso para IETU lo deberán de hacer de la siguiente manera:

Como llenar de la primera declaración del ejercicio con el servicio Declaraciones y Pagos de IETU de Personas Físicas?

En caso de presentar la primera declaración con un formulario “Fuera de Línea”, se deberá capturar cero (0) en los campos Suma de ingresos percibidos de meses anteriores del ejercicio y Suma de deducciones autorizadas de meses anteriores.

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Pagos Referenciados Personas Físicas con Servicios profesionales, honorarios – Vídeo guía SAT

Ahora toca el turno de que las personas físicas presenten pagos referenciados mediante el sistema de declaraciones y pagos, como sabrán a partir de septiembre del 2012 se incorporan las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado, hayan manifestado ingresos superiores a 1’000,000 de pesos para los pagos provisionales y definitivos correspondientes a agosto del 2012 y subsecuentes.

Las personas físicas, que no se encuentren en el supuesto anterior, pueden optar por utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos, correspondientes a agosto del 2012 y subsecuentes. Se entenderá que se ejerce la opción señalada, a partir del primer pago que se efectúe a través del Servicio de Declaraciones y Pagos. Quienes ejerzan la opción indicada, no podrán variar la misma durante el ejercicio fiscal.

A continuación les dejo este excelente video tutorial para presentar sus pagos referenciados el la pagina del SAT:

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Guía de pagos referenciados para arrendamiento de inmuebles

Guía de pagos referenciados para arrendamiento de inmuebles

 

El SAT emitió la guía para presentar las declaraciones y pagos de personas físicas dedicadas al arrendamiento de bienes inmuebles, la cual te explicará a detalle cómo debes ingresar al sistema, elegir los impuestos a presentar, llenar y enviar tus declaraciones mensuales en el Servicio de Declaraciones y Pagos.

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Como presentar Declaraciones y pagos de Personas Fisicas – Empresarial y Regimen Intermedio

 

El SAT emitió un video tutorial que les servirá a las personas físicas con actividad empresarial y profesional, así como a las personas físicas con régimen intermedio a presentar sus pagos provisionales en el Servicio de Declaraciones y Pagos para generar su pago referenciado.

A partir de cuando las personas físicas están obligadas a utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos?

  • A partir de septiembre del 2012 se incorporan las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado, hayan manifestado ingresos superiores a 1’000,000 de pesos para los pagos provisionales y definitivos correspondientes a agosto del 2012 y subsecuentes.
  • A partir de septiembre todas las personas físicas, que no se encuentren en el supuesto anterior, pueden optar por utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos, correspondientes a agosto del 2012 y subsecuentes. Se entenderá que se ejerce la opción señalada, a partir del primer pago que se efectúe a través del Servicio de Declaraciones y Pagos. Quienes ejerzan la opción indicada, no podrán variar la misma durante el ejercicio fiscal.

A continuación les dejo la video guía para presentar sus pagos provisionales en el Servicio de Declaraciones y Pagos para generar su pago referenciado:

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Residentes en el extranjero: Guía de obligaciones fiscales SAT

Residentes en el extranjero: Guía de obligaciones fiscales SAT

 

La siguiente es una guía para mexicanos y extranjeros residentes en el extranjero que obtienen ingresos de una fuente de riqueza ubicada en México.

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