Si la autoridad solicita información por la determinación de impuestos, compensación o devolución de los mismos y determina que los actos o actividades no son válidas, se entiende que estas no se realizaron, por lo que deberán disminuir su aplicación a cualquiera de las determinaciones antes mencionadas. A esto hace referencia la siguiente tesis aprobada:
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Ya 2012 se esta terminando y si aun no manejas ningún esquema de facturación electrónica es recomendable que cuentes con el requisito mínimo que en este caso es la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) para poder elegir en su momento el tipo de comprobantes fiscales que utilizaras a finales de 2012 y de 2013 en adelante.
Información a considerar para sacar cita en el SAT para FIEL
El año pasado el día 22 de diciembre el SAT emitió el siguiente comunicado informando al contribuyente sobre su periodo de suspensión de servicios:
Por otra parte, se informa que a partir del 22 de diciembre y hasta el 2 de enero de 2012, las
oficinas del SAT permanecerán cerradas al público.
Estarán suspendidos durante el periodo señalado los servicios de inscripción y actualización de
datos en el Registro Federal de Contribuyentes, aclaraciones, orientaciones, servicios o
solicitudes, orientación, quejas, sugerencias y reconocimientos.
Cabe señalar que la presentación de declaraciones en la página de internet del SAT seguirá
operando de manera normal excepto los días sábado 24 y domingo 25 de diciembre.
Las oficinas y los servicios suspendidos reiniciarán operaciones a partir del 3 de enero próximo.
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La siguiente información se publicó en El Economista explicando los pasos y puntos a considerar para la fácil generación de los recibos de honorarios para este 2012 y 2013 considerando que no cambiarán las disposiciones, específicamente hablando de los recibos de honorarios con Código de Barras Bidimensional el cual se ha convertido en la mejor opción al migrar del esquema de facturación tradicional (impresor autorizado) y también para los nuevos contribuyentes.
a) Obtención de sus claves
1. Para emitir recibos de honorarios, pregunte a su contador de confianza o a un consultor del SAT sobre el régimen al que debe inscribirse de acuerdo con las actividades que realizará. Puede encontrar información en el apartado de Principiantes en la página web del SAT (www.sat.gob.mx).
2. Averigüe cuáles son los papeles que necesita para tramitar su RFC, Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC) y la Fiel. Todos los requisitos puede encontrarlos en la página de la dependencia.
3. Saque una cita en alguna de las oficinas del SAT a través de la página de Internet. Hay algunas oficinas que no atienden sin previa cita.
4. Una vez que esté en las oficinas, pregunte al asesor cuáles son sus obligaciones fiscales. Esto se refiere, por ejemplo, a qué impuestos debe de pagar y cuál es el día del mes en el que le toca hacer su declaración mensual. Pregunte también cuáles son las deducciones a las que tiene derecho.
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Lo que era el anteproyecto que publico el SAT en su pagina hace unos días se publico en el diario oficial de la federación este 12 de octubre de 2012, con esto se eliminan y cambian algunos requisitos de los comprobantes fiscales digitales e impresos con código de barras bidimensional, a continuación les dejo lo que contiene esta Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012 en lo que a Comprobantes Fiscales se refiere:
Cumplimiento de requisitos en la expedición de comprobantes fiscales
I.2.7.1.16. Para los efectos de los artículos 29-A, fracciones I, V, segundo párrafo, incisos a), c) y e) y VII, inciso c), 29-B, fracciones I, inciso a) y III, y 29-C, fracciones I, inciso a) y II, inciso a) del CFF, los contribuyentes no estarán obligados a incorporar en los comprobantes fiscales que emitan, la información relativa a los siguientes requisitos:
I. Régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR.
II. Identificación del vehículo que les corresponda, tratándose de personas físicas que cumplan sus obligaciones fiscales por conducto del coordinado, las cuales hayan optado por pagar el impuesto individualmente de conformidad con el artículo 83, séptimo párrafo de la Ley del ISR.
III. Número de cuenta predial del inmueble de que se trate o, en su caso, los datos de identificación del certificado de participación inmobiliaria no amortizable, tratándose de los comprobantes que se expidan por la obtención de ingresos por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles.
IV. Clave vehicular que corresponda a la versión enajenada, tratándose de los comprobantes que expidan los fabricantes, ensambladores o distribuidores autorizados de automóviles nuevos, así como aquéllos que importen automóviles para permanecer en forma definitiva en la franja fronteriza norte del país y en los Estados de Baja California, Baja California Sur y la región parcial del Estado de Sonora.
V. Forma en que se realizó el pago y últimos cuatro dígitos del número de cuenta o de la tarjeta correspondiente.
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Esta por terminarse la vigencia de las facturas impresas este 2012 que son las que eran emitidas por impresores autorizados y si estas obligado a expedir facturas electrónicas los siguientes puntos te ayudaran a elegir el tipo de facturación que necesitas para el siguiente ejercicio, ya sea expedir comprobantes fiscales CFD, CFDI o si cuentas con los requisitos puedes emitir también con Código de Barras Bidimensional (CBB).
1 .- ¿Qué es la Factura Electrónica? Es la comprobación fiscal que se realiza a través de medios electrónicos, utilizando un certificado de sello digital que el contribuyente tramita con su FIEL. La Factura Electrónica se caracteriza por contar con una cadena original. Además, el comprobante fiscal se expide como un archivo xml y admite también la expedición de una representación impresa de dicho archivo, en formato pdf.
2 .- ¿Existen diferentes esquemas de Facturación Electrónica? Sí. Actualmente se encuentran en operación los siguientes esquemas:
CFDI, Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet. (última versión v. 3.2)
CFD, Comprobantes Fiscales Digitales. (última versión v. 2.2)
Por lo anterior, actualmente los contribuyentes que inician su emisión de Factura Electrónica, deben utilizar el esquema de CFDI.
3 .- ¿Qué diferencias hay entre el esquema CFD vs. CFDI?
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Como le habíamos mencionado anteriormente los comprobantes fiscales podrán ser expedidos sin algunos requisitos que a lo largo de 2012 se venían mencionando como obligatorios, aun hay dudas respecto a esta disposición y mientras se aprueba el anteproyecto en la pagina del SAT ya nos informa lo siguiente respecto a este tema:
Respecto de le emisión de comprobantes fiscales, ¿se debe incluir la información relativa a:
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Si aún tienes dudas sobre los comprobantes impresos con código de barras bidimensional (CBB) que el SAT permite utilizar para expedir facturas o recibos, aquí encontrarás los diez puntos que emitió el SAT basados en las preguntas frecuentes de los contribuyentes.
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La transición de facturas impresas a digitales de este 2012 ya casi termina y con el la expedición de facturas hechas por impresor autorizado, las facturas que recibas y expidas a partir de 2013 invariablemente deberán ser Comprobantes Fiscales Digitales por Internet CFDI, Comprobantes Fiscales Digitales CFD o Comprobantes con Código de Barras Bidimensional CBB. Así lo anuncia el SAT en su pagina donde hace hincapié en solicitar la Firma Electrónica Avanzada FIEL para poder facturar literalmente.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda que, el 31 de diciembre, termina la vigencia de los comprobantes fiscales impresos con el extinto esquema de impresores autorizados, por lo que solo quedan 3 meses para migrar a Factura Electrónica.
La Factura Electrónica está transformando la forma de hacer negocios en México.
Quienes la utilizan han visto sus beneficios en materia de seguridad, disminución de costos, optimización de controles internos, impulso de procesos tecnológicos y cambio de prácticas, por lo que han incrementado su uso.
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Como todo el año 2012 se vino mencionando los requisitos para los comprobantes fiscales y su implementación a partir del 1ro de enero de 2012 con una prorroga para que todos los contribuyentes cumplan a partir del 1ro de julio de 2012 con ello, ahora nos encontramos con el anteproyecto donde elimina los requisitos que causaron dolor de cabeza tanto para los que lo expedían como a los que la recibían.
Cuales son los requisitos que se eliminan de las Facturas o Comprobantes Fiscales?
Según la regla I.2.7.1.16. señala que los contribuyentes no estarán obligados a incorporar en los comprobantes fiscales que emitan, la información relativa a los siguientes requisitos:
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