PACs vigentes para los ejercicios 2015 y 2016 – Con quien se tiene que emitir los CFDIs?

 

El poder expedir Facturas Electrónicas o Comprobantes Fiscales Digitales CFDI para 2015 y 2016 depende directamente con el PAC con el que te encuentres. Para esto el SAT da a conocer en su pagina de Internet cuales Proveedores Autorizados de Certificación continuaran vigentes para los próximos 2 ejercicios y quienes perdieron su autorización.

Para conocer mas acerca de esta disposición esta la regla I.2.7.2.2 que nos habla de la obligación del SAT de informar quienes continúan vigentes y también dejamos la lista oficial de los PACs para 2015 y 2016.

Publicación de datos en la página de Internet del SAT de los proveedores de certificación de CFDI

I.2.7.2.2. Para los efectos del artículo 29, fracción IV del CFF, en la página de Internet del SAT se da a conocer el nombre, la denominación o razón social, la clave del RFC y el estatus del CSD del SAT, según corresponda, de los proveedores de certificación de CFDI autorizados y de aquéllos a quienes se les haya revocado o no renovado la autorización. CFF 29

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Entregar el CFDI (XML y PDF) a los Clientes al Momento y no pedir que lo genere de una pagina de Internet

 

ventaja_cfdi_punto_venta El SAT ha hecho la observación en sus Criterios No vinculativos que se considera una Practica Indebida que un proveedor les pida a sus clientes que ellos mismos generen su factura electrónica CFDI (XML y PDF) desde la pagina de internet del mismo proveedor. Ya que están obligados a entregarla en el momento en que se dio la transacción o al menos a emitirlas ellos mismos y enviarla al cliente a su correo electrónico.

Ya era una practica muy común que muchas tiendas departamentales, puntos de venta o tiendas de conveniencia pidieran a sus clientes que generen su propio CFDI y también que pongan limite para hacerla.

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Obligacion del Vendedor dar el CFDI, NO debe pedir al cliente que el mismo la genere

 

En la actualidad, es una práctica común que se les pida a los contribuyentes que ingresen a las páginas electrónicas de las empresas o negocios para descargar sus facturas CFDI (XML y PDF) y, en ocasiones, esta descarga tiene una vigencia. Para evitar esto se publica nueva regla que protege al comprador de prácticas poco claras en la emisión de la factura.

El comprador no debe adquirir su factura mediante acciones como ingresar a un portal ‎para poder obtenerla; es obligación del vendedor emitirla directamente.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), publicó criterio no vinculativo que establece que la factura electrónica sea entregada al contribuyente sin necesidad de que realice una gestión adicional como ingresar a un portal electrónico.

Para orientar a los contribuyentes, la autoridad fiscal da a conocer mediante criterios no vinculativos las prácticas fiscales que deberán seguirse para la aplicación de las disposiciones fiscales. Esta medida se establece ya que es una obligación del proveedor o prestador de servicios entregar la factura electrónica a sus clientes por los servicios o bienes que consuman.

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5 Elementos Basicos para Emitir Facturas Electronicas en Mexico

 

A partir de este 2014 todos los contribuyentes inscritos en el SAT están obligados a Emitir CFDIs o Comprobantes Fiscales Digitales por Internet. Si eres de los Contribuyentes que aun no emiten Facturas Electrónicas te recordamos que debes de cumplir con los requisitos que te pide el Servicio de Administración Tributaria (SAT), si no sabes cuales son, a continuación enumeramos 5 pasos previos a la elaboración de tu facturación electrónica:

1. Estar registrado ante Hacienda, para realizar este proceso, puedes ir a las oficinas del SAT con original o copia certificada de documento de identidad o documento migratorio vigente y una memoria usb o disco compacto. También puedes hacer este trámite por Internet para lo que necesitarás tu Clave Única de Registro de Población (CURP) y una solicitud de inscripción proporcionando los datos que contiene el formato electrónico que se encuentra en la página del SAT.

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Guia para hacer un CFDI de Nomina Mensual – Caso Practico del SAT

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Hay cambios en la fecha de expedición y entrega de los CFDI de Nomina a partir de la regla I.2.7.5.3 publicada el día 04 de julio en el DOF.

ANTES DE LA MODIFICACION

Fecha de expedición y entrega del CFDI de las remuneraciones cubiertas a los trabajadores
I.2.7.5.3.       Para los efectos del artículo 27, fracciones V, segundo párrafo y XVIII de la Ley del ISR, en relación con el artículo 99, fracción III del mismo ordenamiento legal, los contribuyentes podrán expedir los CFDI por las remuneraciones que cubran a sus trabajadores, antes de la realización de los pagos correspondientes, o dentro de los tres días hábiles posteriores a la realización efectiva de dichos pagos, en cuyo caso, considerarán como fecha de expedición y entrega de tales comprobantes la fecha en que se realice el pago de dichas remuneraciones.
       LISR 27, 99

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Emitir CFDI por Anticipos, Salarios, Intereses, Retenciones, Dividendos y mas…

 

Autor: CPC Carlos R. Villarreal Antelo

Desde hace algunos años las autoridades fiscales han basado sus programas de fiscalización de las operaciones que celebran los particulares a través de un complejo sistema de comprobantes fiscales que, desde su origen, obliga a los contribuyentes a cumplir un sin número de requisitos formales a los que, en la mayoría de las veces, se les da un peso específico mayor que al mismo fondo de la deducción que amparan.

Así, a principios de la década de los 90´s se introdujo al sistema fiscal mexicano lo que en aquél entonces fue un moderno esquema de comprobación fiscal en papel, a través del uso de impresores autorizados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Aunque paralelamente también se estableció la posibilidad de que los contribuyentes autoimprimieran los comprobantes fiscales con sus propios medios, o a través de proveedores autorizados, la realidad es que sólo un pequeño número de ellos hicieron uso de esta alternativa.

Fue hasta el ejercicio 2011 que el uso de los Comprobantes Fiscales Digitales (CFD) se intensificó y prácticamente se abandonó el esquema tradicional en papel y el uso de impresores autorizados. Con ello, se inició una nueva etapa en el sistema de comprobación fiscal en nuestro País, el cual está ligado a una serie de cambios muy importantes en la plataforma tecnológica de las autoridades fiscales, todos orientados a establecer un control automatizado y más estrecho de las operaciones que realizan los contribuyentes.

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Como se Facturan las Ventas al Publico en General en el Regimen de Incorporacion Fiscal (RIF)

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Las Personas Físicas que se encuentran tributando en el Régimen de Incorporación Fiscal están obligadas a expedir Facturas Electrónicas por las Ventas al Publico en General. Estas pueden ser expedidas de manera diaria, semanal o mensual donde consten los importes totales correspondientes a los comprobantes de operaciones realizadas con el público en general del periodo al que corresponda, utilizando para ello la clave genérica XAXX010101000 cuidando no Trasladar los Impuestos lo que significa que no debe desglosar IVA o IEPS.

Los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal que llegaran a emitir facturas (a petición del Cliente) desglosando el impuesto al valor agregado (IVA) o el impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS) no perderán el beneficio de acreditar 100% de estos impuestos, como está previsto en el Decreto publicado el 26 de diciembre de 2013. En estos casos, sólo podrán acreditar el IVA o el IEPS en la proporción que represente el valor de las actividades en que se haya efectuado el traslado expreso de los impuestos, del valor total de sus actividades del bimestre respectivo.

Los contribuyentes del Régimen de Incorporación pueden anotar la expresión “Operación con el público en general” en sustitución de la clase de los bienes o mercancías o la descripción del servicio o del uso o goce que amparen, tanto en el registro de sus cuentas, como en el comprobante que
emitan por sus operaciones con el público en general.

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Descargar la Factura XML y PDF del IMSS para deducir el pago

Registrar a empleado en el IMSS IDSE E.FIRMA del SAT

 

Como habíamos comentado anteriormente ya se puede descargar el CFDI por el pago de las cuotas obrero patronales desde SIPARE.

A partir del mes de Julio del 2014, el IMSS pone a tu disposición la obtención del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de tus pagos realizados por concepto de Cuotas Obrero – Patronales, por lo que podrás consultar e imprimir este comprobante a partir del quinto día hábil posterior a la fecha en la que realizaste el pago.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informan que a partir de este mes se emiten comprobantes fiscales a los patrones, por el pago que hacen de las cuotas obrero patronales.

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Historia de la Factura Electronica contada por el SAT

 
CFDI-Nomina-factura-electronica.jpgLa Facturación Electronica en México ya tiene tiempo de haber sido implementada, con el fin de llevar una mejor recaudación el SAT obligo a los contribuyentes a expedir los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet.

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