Cartas invitación del SAT por retenciones

El Servicio de Administración Tributaria, continúa enviando cartas invitación del SAT a los contribuyentes con la intención de regularizar su situación fiscal o, en su caso, realizar las aclaraciones correspondientes.

Facultades de la autoridad para enviar cartas invitación del SAT y promover el cumplimiento fiscal

La autoridad fiscal, con fundamento en el artículo 33, fracción IV del Código Fiscal de la Federación, está facultada para enviar este tipo de comunicados a los contribuyentes.

  • Propuestas de pago o declaraciones prellenadas.
  • Comunicados para promover el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
  • Comunicados para informar sobre inconsistencias detectadas o comportamientos atípicos.

Por lo tanto, es fundamental que, por ejemplo, si el receptor del CFDI es una persona moral, verifique que el régimen fiscal del emisor sea compatible con el servicio contratado.

No existe ninguna disposición que obligue al contribuyente a responder a este tipo de comunicados; sin embargo, la autoridad fiscal puede restringir el uso del Certificado de Sello Digital (CSD) en ciertos casos, conforme a lo establecido en el artículo 17-H Bis del Código Fiscal de la Federación.

Por lo tanto, es importante revisar las diferencias detectadas por la autoridad y realizar las aclaraciones correspondientes. El mismo comunicado indica el procedimiento a seguir para llevar a cabo dichas aclaraciones.

Ejemplo para presentar una aclaración de cartas invitación del SAT

Si tu representada necesita presentar una aclaración, debe:

  • Ingresar a sat.gob.mx.
  • Ir al apartado «empresas» y seleccionar «otros trámites y servicios / ver más / aclaración, asistencia y orientación electrónica / presenta tu aclaración como contribuyente.»
  • Hacer clic en el botón «EJECUTAR EN LÍNEA» e ingresar su RFC y contraseña.
  • Localizar la opción «servicios por internet / aclaraciones / solicitud / mensajes de vigilancia profunda.»

Al elegir esta etiqueta, la atención al trámite de aclaración de tu representada será más rápida.

Conclusión

El SAT continúa enviando cartas invitación del SAT a los contribuyentes para regularizar su situación fiscal o realizar las aclaraciones correspondientes sobre diferencias en impuestos detectadas. Conforme al artículo 33, fracción IV del Código Fiscal de la Federación, estas cartas no inician facultades de comprobación, pero es fundamental revisar y aclarar las discrepancias señaladas. Aunque no hay obligación de responder estos comunicados, la falta de acción podría llevar a la restricción del uso del Certificado de Sello Digital (CSD) según el artículo 17-H Bis del mismo código. Por ello, es crucial seguir las indicaciones del SAT para asegurar el cumplimiento fiscal adecuado.

   

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