En Marzo de 2017 los Contribuyentes deben cumplir con sus obligaciones fiscales, en especial las Personas Morales. Ya que es fecha límite para el envío de la declaración anual y también para cambiar su régimen al de acumulacion de impuestos.
A continuación les dejo las obligaciones a considerar por las Personas Físicas y Personas Morales del mes de Marzo de 2017, tanto del SAT como del IMSS.
Aviso para Tributar en el Regimen de Acumulacion de Ingresos
Las Personas Morales que quieran acumular ingresos para realizar el calculo del Impuesto Sobre la Renta en base a lo cobrado, deberán enviar el aviso al SAT a más tardar el día 10 de marzo de 2017. Conoce cómo se puede presentar el aviso ante el SAT desde aquí
Presentar Declaración Anual del ejercicio 2016 para Personas Morales
La declaración anual de Personas Morales, se presenta dentro de los tres meses siguientes a dicho ejercicio. En esta declaración los contribuyentes obligados envían la información al SAT de los ingresos que obtuvieron, estados financieros y se determina el Impuesto Sobre la Renta a Pagar. La fecha límite para su envío es el 31 de marzo de 2017.
CFDI de Nómina (complemento 1.2)
Los contribuyentes que continúen emitiendo los recibos de nómina con el complemento de 2016, deben ir cambiando y retimbrar los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet de nómina que hayan emitido con el complemento anterior. El SAT dio la facilidad de que los primero 3 meses de 2017 puedan continuar emitiendo la nómina como lo venían haciendo en 2016, pero con la condición de que se deberá retimbrar los cfdi con el complemento de 2017 que es la versión 1.2.
Si aún no cuentas con el programa para la emisión de la nómina digital para 2017, te invito a conocer el programa CFDI Nominas de ContadorMx.
Pagos provisionales y definitivos PF y PM
Las Personas Morales y Personas físicas con Actividad Empresarial y Servicios Profesionales, Arrendamiento de bienes inmuebles. Deben de presentar el Pago provisional o definitivo del ISR, IVA, IEPS y entero de retenciones, en su caso. A más tardar el 17 de marzo de 2017.
Pago bimestral de ISR, IEPS e IVA del RIF
Los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal, estan obligados a presentar el Pago del ISR, IEPS e IVA correspondiente al bimestre enero-febrero del ejercicio 2017. Este pago se presenta dentro del mes siguiente al que corresponda el bimestre, por lo que se debe enviar a más tardar el 31 de marzo de 2017.
Avisos de Modificaciones al IMSS
Se debe indicar el nombre de la percepción variable en donde se señala el “concepto”, según se les otorgue a los trabajadores, por ejemplo: premio de asistencia, premio de puntualidad, bono de productividad, comisiones, etc.
Los Salarios Variables de Enero y Febrero se deberán modificar dentro de los primeros cinco días hábiles de marzo, segun el articulo 34 de la Ley del Seguro Social.
Actualizar Prima de Riesgo de Trabajo del IMSS
Como obligación adicional, los patrones que hayan modificado la prima de riesgo de trabajo; deberán cambiar también en el Sistema Único de Autodeterminación la prima que se debió enviar al IMSS en el mes de febrero de 2017. Para que los cálculos que realice el sistema a partir de marzo de 2017, sean con la nueva prima que se obtuvo con las incidencias de trabajo del ejercicio 2016.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
Gracias por su aportación, la información que comparten siempre esta al día y clara para su comprensión.