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Actualmente, el Código Fiscal de la Federación y su reglamento no contemplan el aviso de cambio de representante legal. Esta figura queda registrada únicamente en el momento en que realiza un trámite ante el Registro Federal de Contribuyentes.

Si se requiere hacer cambio de representante legal para el trámite de la Firma Electrónica (FIEL), el nuevo representante deberá acudir a la Administración Local de Servicios al Contribuyente para revocar los certificados, a fin de que los biométricos del representante anterior sean borrados del sistema. Cuando se genera la Firma Electrónica con los datos del nuevo representante legal capturados en el sistema, aparecerá el Registro Federal de Contribuyentes del nuevo representante, y ese mismo día podrá generar su Firma Electrónica.

Para que una persona extranjera pueda realizar este trámite, son válidas las actas constitutivas extranjeras apostilladas y los poderes del representante legal apostillados u otorgados por el consulado.

   

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