Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
Si eres un trabajador que cotiza en el Infonavit y deseas adquirir una casa nueva o usada, o bien ampliar, reparar o mejorar tu vivienda, lo primero que debes saber es cómo obtener tu puntuación. Para ello, debes considerar cuánto ganas, tu edad, el ahorro en la subcuenta de vivienda y la continuidad en tu cotización. Una vez que alcances la puntuación requerida, podrás solicitar un crédito al Infonavit.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
Las empresas en México tienen un abanico de alternativas para otorgar prestaciones a sus ejecutivos, debiendo cumplir las reglas de generalidad y limitantes que señalan las leyes tributarias para su deducción, y por otro lado, buscar la continuidad de los ejecutivos, cuidando y administrando debidamente el talento en las organizaciones. Buscar el derecho de pertenencia en todos los trabajadores y principalmente en los ejecutivos con beneficios como los mencionados, se traducirá en rentabilidad para los inversionistas, pudiéndose convertir en un mejor lugar para trabajar en donde ganan las dos partes involucradas: empresa y empleados.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
Para los trabajadores que laboraron en 2012 en una empresa que obtuvo utilidad fiscal en su declaración anual debe exigir su derecho de recibir el Reparto de Utilidades o la Participación de los Trabajadores en la Utilidades (PTU) este 2013, en México las empresas no están acostumbradas a repartir las utilidades por lo que es necesario que los trabajadores lo exijan a sus patrones, para esto les dejo el proceso que debe de cumplir el patrón para que el reparto se de oportunamente.
El cumplimiento de esta obligación por parte de los patrones puede enumerarse en una serie de etapas que todos deben considerar para la correcta distribución de las utilidades, y estas son:
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
Se publicó la tabla de cuotas fijas bimestrales para el ejercicio fiscal 2013 que se aplicará a partir del bimestre enero-febrero de 2013 a los contribuyentes cuyo domicilio fiscal se ubique en el territorio del Estado de Jalisco y que tributen en los términos de la Sección III del Capítulo II del Titulo IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, es decir, de los denominados pequeños contribuyentes.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
En los últimos años, las autoridades fiscales han dirigido la fiscalización, con mayor intensidad, hacia las personas físicas, vinculando la información entre las operaciones realizadas por estas personas y las empresas. Son diversos los conceptos vinculantes, por ejemplo: préstamos, pago de intereses, dividendos distribuidos, aportaciones de capital y, en general, cualquier tipo de contraprestación.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
Respecto a la constancia de retenciones de sueldos y salarios, el empleador (patrón) deberá proporcionar a las personas que le hubieran prestado servicios personales subordinados, a más tardar el28 de febrero de cada año, la constancia de remuneraciones cubiertas y de retenciones efectuadas en el año de calendario de que se trate. En los casos de retiro del trabajador, se proporcionará dentro del mes siguiente a aquel en que ocurra la separación.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
Hoy hablaremos sobre la deducción de vehículos automotores que se adquieran a través de contratos de arrendamiento financiero, en virtud de lo dispuesto por la fracción II del artículo 45 de la Ley del impuesto sobre la renta (LISR), específicamente, con respecto a la posible deducción fiscal de la totalidad de los pagos efectuados a una arrendadora financiera al momento de finalizar el contrato, ejerciendo la opción que prevé el precepto anteriormente mencionado, en contraposición con la limitante que establece el artículo 42, fracción II de la misma ley, para deducir el monto de la inversión en automóviles hasta por la cantidad de $175,000.00 para aquellos contribuyentes que no realicen actividades exclusivamente como “arrendadoras”.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
Autor: L.C. y E.F. Rodmyna Aurora Domínguez Pastrana
La reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) fue publicada el 30 de noviembre de 2012 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la cual entró en vigor al día siguiente de su publicación. Con la aprobación de la reforma laboral, surgen nuevas modalidades de contratación, como las de temporada, las de prueba y de capacitación, las cuales en estos últimos dos casos se encuentran limitadas; además de que se contempla el pago por hora.
Por otro lado, se reconoce el derecho al trabajo tanto para los hombres como para las mujeres, se regula la subcontratación de personal, se limita el trabajo para los menores, se garantiza el acceso a la seguridad social, se reconoce la licencia de paternidad, se limita el pago de salarios caídos, entre otros. Ante la entrada en vigor de la reforma laboral, sin entrar en controversia si dicha reforma es constitucional o no, presentamos a continuación las principales consideraciones al respecto de las formas de contratación de prueba, capacitación y el pago por hora.
Contrato por Periodo de prueba
La adición del artículo 39-A de la LFT dispone que el periodo de prueba podrá establecerse en las relaciones de trabajo por tiempo indeterminado o en aquellas que excedan de 180 días, es decir, si al trabajador se le contrata para obra determinada, o por tiempo determinado, o por temporada, y éstas exceden de 180 días, también podrá aplicar el periodo de prueba.
El periodo de prueba no podrá exceder de 30 días y sólo se podrá establecer con la finalidad de verificar que el trabajador cumple con los requisitos y conocimientos necesarios para desarrollar el trabajo por el que se le está solicitando, Ejemplo:
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
CONTADORMX
Mantente actualizado sin perder tiempo buscando información
Recibe directamente en tu correo información práctica para el contador en México.