Si eres persona física y actualmente no tienes ningún tipo de ingreso —por ejemplo, de servicios profesionales, actividades empresariales, arrendamiento, etcétera—, y no los tendrás durante algún tiempo, puedes suspender actividades. Esto te permitirá evitar alguna multa por dejar de presentar pagos provisionales en ceros ante Hacienda. También se incluye la guía del SAT, con la cual podrás reactivarte como persona física con la actividad que necesites, mediante el llenado de un cuestionario que, al finalizar, activará tus obligaciones fiscales.
Guía suspensión PF 2012
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) pone a tu disposición el servicio para presentar por Internet el aviso de suspensión de actividades, ingresando a la página del SAT, en la sección Mi Portal, mediante tu clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y tu Clave de Identificación Electrónica Confidencial Fortalecida (CIECF).

El aviso debe presentarse cuando el contribuyente persona física interrumpa todas sus actividades económicas que den lugar a la presentación de declaraciones periódicas, siempre que no deba cumplir con otras obligaciones fiscales periódicas de pago, ya sea por sí mismo o por cuenta de terceros. En ese caso, procedería, según corresponda, la actualización de actividades económicas y obligaciones o la apertura de sucesión.
Para realizar este trámite, es necesario contar con lo siguiente:
- Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
- Clave de Identificación Electrónica Confidencial Fortalecida (CIECF).
- PC con servicio de Internet.
- Impresora.
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Para operar este aviso, deberás seguir las instrucciones de la guía para presentar el Aviso de Suspensión de Actividades por Internet.
Guía reanudación PF 2012
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) pone a tu disposición el servicio para presentar por Internet el aviso de reanudación de actividades, ingresando a la página del SAT, en la sección Mi Portal, mediante tu Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y tu Clave de Identificación Electrónica Confidencial Fortalecida (CIECF).

Este aviso debe presentarse cuando el contribuyente persona física, que después de estar en suspensión de actividades, vuelva a realizar alguna actividad económica o tenga alguna obligación fiscal periódica de pago, por sí mismo, por cuenta de terceros o si se trata de personas morales que hayan suspendido actividades con anterioridad a la entrada en vigor del Reglamento del Código Fiscal de la Federación (RCFF) vigente.
Para realizar este trámite, es necesario contar con lo siguiente:
- Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
- Clave de Identificación Electrónica Confidencial Fortalecida (CIECF).
- PC con servicio de Internet.
- Impresora.
Para operar este aviso, deberás seguir las instrucciones de la guía para presentar el Aviso de Reanudación de Actividades por Internet.
Comentario final
La suspensión y reanudación de actividades evitan sanciones cuando no se perciben ingresos como persona física. El SAT ofrece herramientas electrónicas para facilitar su cumplimiento. Solo necesitas tu RFC, CIECF e Internet para realizarlos en línea de forma segura.
Fuente: SAT.

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