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Tanto las personas físicas como las personas morales pueden realizar el cambio de actividades registradas previamente. Cuando existe una modificación en las fuentes de ingreso o en las actividades económicas de un contribuyente, es fundamental actualizar su información fiscal, ya que esto puede afectar directamente sus obligaciones ante el SAT.

Es importante considerar este cambio cuando un cliente notifique que ha iniciado una nueva actividad generadora de ingresos, o que ha dejado de ejercer alguna que implicaba ciertas obligaciones fiscales. Esta situación es común en contribuyentes con varias actividades económicas que desean mantener actualizados sus registros para cumplir adecuadamente con sus responsabilidades fiscales.

¿Quiénes deben presentar este trámite?

Personas físicas y morales que:

  • Inicien o dejen de realizar una actividad económica.
  • Opten por una periodicidad de cumplimiento diferente, o decidan no efectuar pagos provisionales o definitivos.
  • Elijan una opción de tributación distinta a la que venían aplicando, incluso si solo cambian los plazos de cumplimiento.
  • Tengan una nueva obligación fiscal periódica, ya sea por cuenta propia o de terceros, o bien la dejen de tener.
  • Cambien su actividad económica preponderante.

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Personas físicas que:

  • Cambien su residencia fiscal y continúen realizando actividades para efectos fiscales en México.

¿Dónde se presenta?

Este aviso se presenta a través del portal de internet del SAT, o bien en las salas de internet de cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente (ALSC), con o sin cita.

¿Qué documentos se obtienen?

  • Acuse de recibo con sello digital, el cual incluye fecha de presentación y número de folio del aviso.
  • Nueva Cédula de Identificación Fiscal.
  • Guía de Obligaciones, donde se refleja la actividad actualizada.

¿Cuándo debe presentarse?

Dentro del mes siguiente a aquel en que ocurra la situación jurídica o de hecho que motive el cambio.
En el caso de personas físicas que cambien de residencia fiscal, el aviso debe presentarse al momento del cambio, y con no más de dos meses de anticipación.

Procedimiento para el cambio de obligaciones fiscales

Para acceder al trámite, el contribuyente debe ingresar a la sección “Mi portal” en el sitio del SAT, utilizando su RFC y su CIECF.
Al ingresar, se desplegará un cuestionario que deberá completarse seleccionando las obligaciones fiscales correspondientes.

cambio de situacion fiscal

Comentario final

Actualizar las obligaciones fiscales es una acción clave para evitar errores, multas o incumplimientos. El SAT brinda mecanismos accesibles para realizar este trámite en línea o presencialmente. Conocer el momento y la forma adecuada para hacerlo permite mantener un cumplimiento fiscal ordenado. Recuerda que cada nueva actividad o cambio debe reflejarse en tu situación fiscal. No postergues este aviso si tu operación ha cambiado.

Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 27 CFF, Art. 25 y 26 Reglamento del CFF. Regla II.2.4.1. RMF

   

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