En nuestra experiencia como asesores es muy común que emprendedores y dueños de negocios nos pregunten “¿Cómo me doy de alta ante el SAT?”, la constitución de una Sociedad por Acciones Simplificadas puede ser una excelente opción ya que es rápida, en línea y totalmente gratuita.
Sin embargo, hemos encontrado que se tiene desconocimiento de algunas o todas las obligaciones que estas generan una vez constituidas y la manera en la que los socios podrán disponer de sus recursos.
Puntos importantes de las S.A.S.
A continuación, resumimos 8 consideraciones que debemos tener en cuenta previo a la constitución de nuestra S.A.S.:
- La información de la E.firma tanto del representante como de los accionistas debe estar actualizada y correcta ya que se utilizará para los estatutos sociales de la S.A.S.
- Cualquier modificación a los estatutos sociales deberá ser a través de una Acta de Asamblea la cual deberá ser protocolizada ante notario público lo que generará costos relacionados con derechos y honorarios.
- Se deberá dar aviso a la Secretaría de Economía de los siguiente:
- Convocatoria de Asambleas de Accionistas
- Informe anual sobre la situación financiera
- Aviso sobre las inscripciones que se realicen en el libro de registro de acciones
- Los contratos celebrados entre los accionistas y la S.A.S.
- El primer año cuando se haya suscrito y pagado la totalidad del capital social se deberá informar
- Transformación de la S.A.S. por rebasar el monto de ingreso anual total de 5 millones de pesos (monto actualizado cada año).
- Cuando se requiera que los Accionistas de la S.A.S. respondan frente a terceros de manera subsidiaria, solidaria e ilimitadamente.
- Declaratoria de incumplimiento de Informe Anual de SAS.
- En caso de superar el límite de ingresos se deberá realizar un acta de asamblea lo que generará costos de adicionales relacionados con derechos y honorarios.
- El proceso de liquidación de una S.A.S. no es simplificado y se rige por lo estipulado en la Ley General de Sociedades Mercantiles que menciona que se deberá de regir con los requisitos y procedimientos de liquidación de una Sociedad Anónima, por lo que dicho procedimiento NO es simplificado, gratuito ni en línea.
- Cuando los accionistas requieran flujos de efectivo derivados de las utilidades de la empresa deberán apegarse a lo establecido por el articulo 140 de LISR, por lo que tendrán que decretar dividendos y sujetarse a la retención del 10% sobre los dividendos o utilidades distribuidos por las personas morales residentes en México.
- Al ser gratuita y en línea sin la necesidad de notario o corredor público se corre el riesgo de no tener la asesoría adecuada y el desconocimiento de las obligaciones que conlleva ser accionista y/o representante legal de una persona moral. Por lo que invitamos a los contribuyentes, emprendedores y / o dueños de negocios a acercarse con especialistas para que puedan recibir la asesoría adecuada.
- Los costos relacionados con impuestos, honorarios contables, fiscales, legales y notariales entre otros, pueden ser superiores a los que incurriría una persona física con actividad empresarial o en el régimen de incorporación fiscal.
Conclusiones
Invitamos a nuestros lectores ya sean contribuyentes, emprendedores y asesores a analizar todas las obligaciones relacionadas con la constitución una S.A.S. para no caer en incumplimientos que puedan generar contingencias en un futuro. Como mencionamos al inicio del presente articulo esta puede ser una Excelente opción, pero debemos estar conscientes de todas sus obligaciones, costos adicionales y NO tomar la decisión de constituirla únicamente por que es gratuita y en línea. Por lo que la determinación de pros y contras con otros modelos de alta ante el SAT deben ser considerados previos a la constitución de una Sociedad por Acciones Simplificada.
- Contador Público egresado de la Universidad del Valle de Atemajac, con más de 14 años de experiencia como Auditor Externo, Asesor Fiscal y
- Contralor Financiero en firmas BIG 4 y empresas transnacionales en giros de manufactura, comercialización, desarrollo de software, hotelería entre otros.
- Se desempeña como socio fundador de la firma de asesoría integral Tax ID, donde se atienden clientes extranjeros y nacionales de diferentes tipos de industrias.
Correo Electrónico: contacto@taxid.mx
La información es correcta pero se puede actualizar, en el rubro de disolución y liquidación si se puede hacer en línea y gratuito siempre y cuando se cubran los requisitos del artículo 249 bis de la LGSM.