Facilidades en la Presentación de la Contabilidad Electronica – Plazos, Cuentas, Balanza, CFDIs y Medio de Pago

Contabilidad Electronica SAT 2021

 

De la Contabilidad Electrónica aun se tienen muchas dudas respecto a como, cuando y donde presentarla. Recordando que el SAT otorgo una prorroga para su presentación hasta 2015 consideramos que van a seguir cambiando las reglas para su presentación durante ese tiempo.

En el RCFF y en la RMISC se establecieron algunos requisitos relativos a la forma en que debían efectuarse los asientos contables, los cuales eran prácticamente imposibles de cumplir.

Afortunadamente, parte de las preocupaciones de los contribuyentes fueron atendidas por el SAT e incorporadas en el Anteproyecto de la Tercera Modificación a la RMISC, en los siguientes términos:

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Personas Fisicas No Obligadas a llevar Contabilidad Electronica

 

El SAT ha presentado modificaciones a la obligación del envió de la Contabilidad Electrónica y entre ellas esta la limitante que le ponen a las Personas Físicas con Actividad Empresarial de NO llevar su Contabilidad Electrónica solo si que utilicen el sistema del SAT “Mis Cuentas” y que no hayan rebasado los 2 millones de pesos de ingresos o a las que sean del Nuevo Régimen de Incorporación Fiscal.

A partir del 1 de julio de 2014 están obligados a llevar contabilidad electrónica las personas físicas con actividad empresarial.

Sólo quedan exentas de la obligación las personas físicas con actividad empresarial cuyos ingresos en el ejercicio anterior no hayan excedido de dos millones de pesos y utilicen Mis cuentas, o se encuentren en el Régimen de Incorporación Fiscal.

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Guia para la Contabilidad Electronica que sera entregada al SAT

preguntas frecuentes Si eres el Contador de tu empresa vas a necesitar una guía referente a como presentar la información ante el SAT de la Contabilidad Electrónica la cual es obligatoria para las Personas Morales a partir de Julio de 2014.

Para eso el SAT compilo los cuestionamientos que se tienen referente a esta nueva obligación.

Preguntas y Respuestas de la Contabilidad Electrónica para el SAT

1. ¿Es necesario llevar una contabilidad diferente a la financiera? No, la contabilidad es única y es la que se lleva actualmente en las empresas bajo las normas de información financiera que hayan adoptado (NIF, IFRS, US GAAP, etc.).

2.  ¿Se considera que el activo, pasivo y capital son cuentas de mayor? No, estos son solamente rubros de los estados financieros que agrupan distintas cuentas de mayor. Con fundamento en la NIC 1 (Normas Internacionales de Contabilidad) presentación de estados financieros.

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El «Porque» de la Contabilidad Electronica explicada por el SAT

 

A 17 años de su creación, 1 de julio de 1997, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha implementado estrategias y herramientas tecnológicas con el propósito de incrementar el aprovechamiento de los servicios que ofrece y mejorar la cobertura de atención y fiscalización.

Debido al interés por conocer de primera voz los cambios que se han implementado a raíz de la reforma hacendaria, la revista Veritas entrevistó al Titular del SAT, el Lic. Aristóteles Núñez Sánchez.

SOBRE LA CONTABILIDAD ELECTRÓNICA

El Lic. Aristóteles Núñez precisa que la Factura Electrónica es un medio tecnológico que permite tener la información en línea, conocer el nivel de gasto y la forma de pago que utilizó un contribuyente el día inmediato anterior.

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Puntos importantes de la Contabilidad Electrónica para el Contribuyente

 
Expone PRODECON puntos de interés para los contribuyentes acerca de la Contabilidad Electrónica, esta instancia se pronunció en relación con las reglas de contabilidad electrónica dadas a conocer el pasado 1 de julio en la página oficial del SAT, a través de la publicación de la segunda resolución de modificaciones a la Regla miscelánea fiscal (RMF) para 2014.

  • La obligación entra en vigor para todas las empresas a partir del 1 de julio de este año.
  • Será sólo hasta el mes de octubre cuando inicie la obligación de enviarla al SAT a través del Buzón tributario.

El Ombudsman del contribuyente recordó que en las reformas aprobadas por el Congreso de la Unión para el presente año, se modificaron las fracciones III y IV del artículo 28 del Código Fiscal de la Federación (CFF) para establecer dos nuevas obligaciones: una, la de que los registros o asientos que integren la contabilidad del contribuyente se lleven en medios electrónicos, conforme al Reglamento y a las reglas generales que emita el SAT y, dos, para que el SAT defina igualmente mediante reglas, qué elementos de esa contabilidad deberán ingresarse, de forma mensual, a su página de internet. Dichas reglas son las publicadas el pasado 1º de julio.

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