¿Cuales son las actividades del Sector Primario para obtener beneficios Fiscales?

Reducción plazo de IVA



Todavía existe cierto desconocimiento respecto a si la actividad económica del Contribuyente, debe o no tributar en el régimen de Agricultura, Ganadería, Pesca y Silvicultura (AGAPE). Dicho régimen contiene para efectos de la Ley del Impuestos Sobre la Renta (LISR) beneficios fiscales como los son: ingresos exentos, deducción de inversiones por erogación, reducción de ISR y una variedad de facilidades administrativas.

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Reducción de ISR para el Sector Primario y requisitos para solicitarlo al SAT

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Si industrializas y comercializas productos derivados de actividades primarias (agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras), puedes obtener una reducción del 30% del ISR determinado. El 19 de diciembre de 2019 fue publicado en la Diario Oficial de la Federación el Articulo 74-B en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, el cual nos menciona que:

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Sector Primario – Pagos provisionales de ISR e IVA Mensuales o Semestrales

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Los contribuyentes dedicados a la realización de actividades agrícolas, ganaderas o silvícolas tienen algunos beneficios fiscales, entre ellos, la posibilidad de realizar pagos provisionales propios de Impuesto Sobre la Renta (en lo sucesivo ISR), así como Impuesto al Valor Agregado (IVA) y retenciones de ambos impuestos en forma semestral, en lugar de efectuarlos en forma mensual.

En virtud del tratamiento que en IVA tienen los bienes que enajenan este tipo de contribuyentes (tasa 0 %), es frecuente que generan saldos a favor en este impuesto; por otra parte, es común que les resulte a cargo pagos provisionales en materia de ISR.

Bajo este orden de ideas, resulta interesante evaluar si de conformidad con las disposiciones fiscales actualmente en vigor, es posible que dichos contribuyentes realicen pagos provisionales de ISR propio en forma semestral, y por otra parte, presenten declaraciones y en su caso soliciten la devolución de saldos a favor de IVA en forma mensual.

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Comprobacion de Compras de productos del sector primario

La facilidad de autofactura desapareció en el ejercicio 2009. A partir de entonces la deducción de adquisiciones de productos o minerales o el pago de renta para la colocación de anuncios o antenas, sólo puede hacerse con una factura electrónica que reúna todos los requisitos fiscales.
Los productores del sector primario, arrendadores de espacios para publicidad y pequeños mineros deberán expedir factura electrónica y para ello, estar inscritos en el RFC.

sector primario

Antes:

El industrializador o comercializador que adquiría los productos del sector primario emitía una “autofactura” para deducir sus adquisiciones.
Para hacerla válida tenía que presentar un aviso y unos meses más tarde, capturar toda la información de estos documentos en un programa.
Mediante la autofactura sólo se podía deducir hasta un 70% de las adquisiciones totales.

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