(SAT en este caso) congele las cuentas bancarias.
Modificaciones contenidas en la reforma hacendaria
La inmovilización de cuentas bancarias se dará sólo hasta que se agoten otras medidas de apremio, salvo que el contribuyente sea ilocalizable, o en aquellos casos en que se le considere como evasor de contribuciones, y en todo caso se deberá aplicar el orden de aplicación de conformidad con el artículo 40-A del CFF.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net