A continuación les dejo las preguntas y respuestas recuentes que tratan acerca de las nuevas bases y tasas para el cálculo del IEPS a partir de 2014 y algunas a partir de 2015:
1.- ¿Qué se considera importación para efectos de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios? Se considera importación la introducción al país de bienes. Se elimina la referencia a importación definitiva, con los que se incluye la importación temporal y la definitiva. Fundamento Legal: Art. 1o fracc. I de la LIEPS.
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