Si a partir de 2017 se utiliza el aplicativo “Mi Contabilidad” el contribuyente se encuentra relevado al envío de la Contabilidad Electrónica y la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT). Esto quiere decir que a partir de que cambie a la modalidad de enviar la información de los impuestos al SAT desde “Mi Contabilidad”, no se tendrá la obligación del envió de los XML con la información de la Balanza, Catálogos de Cuenta o Pólizas.
Adicional a este beneficio ,no se tendrá que realizar el proceso de recabar información de los pagos a acreedores y proveedores, para después generar con el programa del SAT la DIOT. Ahora el contribuyente podrá ahorrar el tiempo que le dedica a estas 2 obligaciones, a otros aspectos más importantes de su negocio.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
DPIVA «Declaración de Proveedores IVA» es una vía alternativa de presentar la información a través de proveedores de recepción de documentos, publicada en la 1ª RMF 2015 en el DOF del 3 de marzo. El nuevo «Tipo de documento digital DPIVA» sera una forma oficial con la que los contribuyentes podrán cumplir la obligación de presentar la información del IVA retenido y de las operaciones realizadas con terceros previstas en el artículo 32, fracciones V y VIII, de la LIVA, correspondientes a los periodos de 2015 y posteriores.
El contribuyente que opte por emitir documentos digitales deberá generarlos bajo el estándar que se requiera, validando su forma y sintaxis en un archivo con extensión XML. Esto se publicó el día de hoy 10 de marzo de 2015 en el Diario oficial de la federación el Anexo 21 de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, publicada el 3 de marzo de 2015.