En junio de 2011, se publicó una importante y trascendente reforma constitucional, entre otros, a los artículos 1º, 103 y 107 de nuestra Carta Magna. La reforma al artículo 1º tuvo como propósito redimensionar y fortalecer los derechos humanos contenidos en la propia Constitución Federal así como en los tratados internacionales celebrados por México.
Uno de los cambios al texto constitucional fue sustituir la denominación de “garantías individuales” por la de “derechos humanos”, lo cual modernizó a nuestra Carta Magna. La relevancia y trascendencia de la reforma constitucional la encontramos en el artículo 1º constitucional, al reconocerse que los derechos humanos contenidos en tratados internacionales tienen el mismo rango que las normas constitucionales. Asimismo, en tal norma constitucional se establece el principio pro homine bajo la cual, las normas relativas a derechos humanos deben interpretarse de la manera más favorable a los particulares. Igualmente, se establece la obligación de todas las autoridades (legislativas, administrativas y jurisdiccionales), federales o locales, de respetar y garantizar los derechos humanos en el ámbito de su competencia.
En síntesis, con esta reforma constitucional se fortalece la sustancia de los derechos humanos y se le otorga mayor relevancia a los tratados internacionales en tal materia. Previamente (días) a la reforma en materia de derechos humanos, se publicó una reforma a los artículos 103 y 107, la cual establece los principios de procedencia del juicio de amparo, que es la institución jurídico-procesal cuya función es exigir y lograr el respeto a los derechos humanos.
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