Si cuando muere un derechohabiente que tiene vigente un crédito ante el Infonavit les explicamos que es lo que pasa y en dado caso de que ese mismo derechohabiente nunca haya empleado ese derecho y aporto al Infonavit puede el beneficiario de la persona fallecida solicitar el saldo del fondo de ahorro.CASO 1: FALLECIDO CON CREDITO
Todo crédito hipotecario es automáticamente respaldado por un seguro de vida que la persona que hace el crédito es obligado a pagar junto con la cuota de su préstamo, el cual respalda el saldo total de la deuda, en el caso de las personas que cuenten con crédito Infonavit aplica lo siguiente:
El Autoseguro finiquita la deuda y puedes liberar el crédito en caso de defunción, para esto debes de realizar los siguientes paso:
- Comunícate a Infonatel 9171-5050 en la ciudad de México; 01800-008-3900 desde el interior de la república y solicita un caso de servicio para la atención de tu trámite. Ten a la mano el Acta de de Defunción del titular del crédito.
- Acude a la Gerencia de Cobranza de la Delegación de Infonavit más cercana con el Acta de Defunción y el número de caso para la validación del documento.
- Durante el periodo de validación, tu crédito contará con una prorroga de 60 días sin causar interés.
- Recibe las indicaciones del Gerente de Cobranza posterior a la validación del Acta de Defunción, para aplicar el Autoseguro al crédito.
CASO 2: FALLECIDO SIN CREDITO
FONDO DE AHORRO INFONAVIT
Nuestra labor es compartir experiencia en el ámbito contable, fiscal y de seguridad social, con el fin de promover la Cultura Contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.