El uso del aplicativo de “Mis Cuentas” es obligatorio para el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) de las Personas Físicas, es requisito para poder pertenecer al RIF y poder aplicar los beneficios fiscales. Dicho esto, los demás contribuyentes tenemos derecho a utilizar los aplicativos del SAT de forma opcional y llevar la contabilidad en cualquier otro sistema.
Es imposible por ahora pensar que todos los contribuyentes terminaremos utilizando la plataforma del SAT para llevar la Contabilidad. Si bien el SAT llama a su aplicativo “Mi Contabilidad”, al aplicativo aun le falta mucho para que se considere como la Contabilidad del contribuyente.
La elaboración de una contabilidad formal es aún necesaria para que un negocio pueda conocer su situación contable, fiscal y financiera, esta información se obtiene por la correcta captura de los asientos contables, la revisión constante de los saldos del catálogo de cuentas, la provisión de impuestos (IVA, ISR, IMSS, etc), todo esto en conjunto con la información generada de ejercicio anteriores, le pueden dar a los contribuyentes información valiosa para su negocio.
No se puede dejar de lado los beneficios de llevar tu contabilidad en el aplicativo del SAT el cual es la no presentación de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) y el envió de la Contabilidad Electrónica.
Pero por más pequeño que sea el contribuyente, siempre es recomendable llevar una contabilidad formal. Los Contadores Públicos que son contratados por Contribuyentes a los que les llevan su contabilidad, tienen la obligación de generar información contable, fiscal y financiera, no solo la generación de impuestos por reconocimiento ingresos y gastos en la página del SAT.
El contribuyente pierde mucha información importante al no llevar una contabilidad formal, algunos ejemplos de lo que pudiera obtener si llevará su contabilidad aparte de la página del SAT:
- Estados financieros (completos) para su análisis e interpretación.
- Registro de ejercicios pasados para su comparación (resultados del ejercicio).
- El manejo de cuentas contables para el registro de préstamos, créditos o saldo en bancos para su correcta conciliación.
- Extracción de información para su manejo por diferentes áreas de un negocio (nóminas, cuentas por cobrar o por pagar)
- Análisis de precios de proveedores, basados en el historial de CFDI.
- Recurrencia en la venta de productos o servicios a clientes.
- Intereses pagados por créditos bancarios y los ganados por inversiones realizadas.
Si como contribuyente consideras que el beneficio de no enviar la contabilidad electrónica y la DIOT es más importante que tener información financiera, deberías reconsiderar el llevar tu contabilidad en algún software o servicio en línea aunque sea de forma complementaria.
Considero que el aplicativo de “Mi Contabilidad” del SAT no está peleado con llevar la contabilidad formal en otro sistema, ya que al aumentar el contribuyente sus operaciones, el Contador Público debe ayudar a que el crecimiento del negocio del contribuyente sea algo escalable; el tener generada la contabilidad con la ayuda de un sistema contable, será la diferencia entre llevar una “Contabilidad” solo para pagar impuestos al SAT y el ayudar a crecer un negocio ofreciendo un servicio que proporcione información valiosa al contribuyente.
El solo beneficio de no presentar la DIOT y el envío de la Contabilidad Electrónica, no es suficiente, ya que la mayoría de los programas de contabilidad ya integran el cumplimiento de ambas obligaciones y se extraen de forma sencilla.
También te puede interesar:

Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
Buenas tardes:
Soy del Régimen de actividad empresarial y profesional (honorarios). Escuché que para la declaración mensual de Agosto, aunque utilicé el aplicativo del SAT “Mi contabilidad” y el Clasificador, que estoy obligada a enviar, además, la DIOT a partir de este mes ¿Es correcto? ¿O puedo seguir usando mi contabilidad y no tengo obligación de enviar la DIOT?
Gracias
Es correcta la apreciación, donde la información financiera ayuda a los contribuyentes a conocer como se desarrolla, también es mas verdad que al comentarse el costo por los servicios contables y no solo la presentación de Declaraciones cuales fueran, la gran mayoría de ellos o al menos de la zona donde se ubican no están en posibilidades de pagarle aun contador sus honorarios.