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 A lo largo de la implementación de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet o CFDI, los usuarios han tenido muchas dudas sobre el cumplimiento de los requisitos fiscales vigentes. Para dar respuesta a estas interrogantes, te compartimos información donde se incluyen los principales cambios que el SAT ha hecho en los CFDI.

Con esto, el SAT busca la disminución de la evasión fiscal y la implementación de esquemas digitales o electrónicos de comprobación fiscal, con lo cual la autoridad busca hacer eficiente la seguridad, disminuir costos y optimizar controles internos.

En el siguiente cuadro se encuentran los cambios en la facturación electrónica en Comprobantes Fiscales Digitales por Internet. En cada columna se describen las características vigentes en 2011 y 2012.

Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI)

Esquema 2011

Esquema 2012

Generalidades

La principal diferencia con el CFD es que se requiere de manera obligatoria un proveedor de certificación de CFDI.

No es necesario realizar el trámite de folios, ya que el proveedor es quien los asigna.

No se tiene la obligación de entregar un reporte mensual de los comprobantes emitidos.

Este esquema es obligatorio para aquellos contribuyentes cuyos ingresos acumulables son mayores a $4’000,000 que i) inician operaciones en 2011, ii) en 2010 no emitieron CFD o iii) no contaban con folios vigentes impresos en establecimientos autorizados.

Continúa el esquema de 2011

Proveedores de certificación

La función de este proveedor consiste en validar el cumplimiento, entre otros, de los siguientes requisitos:

i) El periodo entre la fecha de expedición del documento y la fecha en que se certifica (menos de 72 horas).

ii) Que el documento no haya sido certificado previamente.

iii) Que el CSD sea vigente y corresponda al contribuyente.

Asimismo, asigna los siguientes elementos:

– Folio del comprobante fiscal.

– Fecha y hora de certificación.

– Sello digital del CFDI.

-Número de serie del certificado digital del SAT con el que realizó la certificación CFDI.

– Sello digital del SAT

Proveedores de certificación
El proveedor continúa con las mismas funciones de validación y asignación.

 

Asignación de folios

No se establece límite en el número de folios, estos serán asignados por el SAT a través del Proveedor Autorizado de Certificación, sin necesidad de manejar rangos de folios.

Asignación de folios

No se establece límite en el número de folios, estos serán asignados por el SAT a través del Proveedor Autorizado de Certificación, sin necesidad de manejar rangos de folios.

Representaciones impresas (II.2.5.1.3.)

El documento impreso del comprobante electrónico se proporcionará al cliente cuando así se solicite. Adicionalmente a los requisitos en el CFF vigente en 2011, de manera particular deberán incorporarse los siguientes requisitos en las representaciones impresas:

*Código de barras generado conforme a las especificaciones del Anexo 20.

*Sello digital del SAT y del emisor.

*Número de serie del CSD del emisor y del SAT.

*Número de referencia bancaria o número de cheque con el que se efectúe el pago (opcional).

*Incluir cualquiera de las siguientes leyendas: “Este documento es una representación impresa de un CFDI”, “Este documento es una representación impresa de un Comprobante Fiscal Digital a través de Internet”.

*RFC genérico por operaciones efectuadas con el público en general o con residentes en el extranjero que no se encuentren inscritos en el RFC.

*Montos de los impuestos retenidos en su caso.

*Unidad de medida.

*Fecha y hora de emisión y de certificación de la Factura Electrónica (CFDI).

*Cadena original del complemento de certificación digital del SAT.

Representaciones impresas (II.2.5.1.3.)

Adicionalmente a los requisitos establecidos en el CFF vigente a partir de 2012, deberán cumplir con los requisitos específicos de las representaciones impresas. Cabe señalar que, como parte de los requisitos establecidos en el CFF, a partir de este ejercicio se adicionaron los siguientes:

*Régimen fiscal en el que tributen conforme a la LISR.

*Señalar cuando los bienes o las mercancías no puedan ser identificadas individualmente

*Señalar la forma de pago

*Señalar el número de cuenta predial o los datos de identificación del certificado de participación inmobiliaria, tratándose de arrendamiento y/o subarrendamiento.

Esquema de transición

Mediante artículo transitorio publicado en la RMF para 2012 se otorga una facilidad para que de enero a junio se puedan emitir comprobantes fiscales digitales conforme a los requisitos vigentes en 2011, lo cual es aplicable para los comprobantes impresos con código bidimensional, CFD y CFDI, por lo tanto, a partir del 1 de julio de 2012 los requisitos del apartado “Generalidades” serán obligatorios.

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