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Si como Contribuyente se tiene la obligación de emitir el complemento de carta porte por el traslado de mercancías en territorio nacional, te comentamos que se publicó en la página del SAT la prorroga para su uso obligatorio.

La prorroga para el uso obligatorio de la “Carta Porte” del SAT se dio a conocer en la primera versión anticipada de la tercera modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, la cual inicia su obligatoriedad a partir del 01 de diciembre del 2021.

Esto quiere decir que a partir del 01 de diciembre deberás incorporar el Complemento de Carta Porte cuando así proceda, si existe algún error, no deberá existir ningún problema para los “Contribuyentes”, pero a partir del 1 de enero del 2022, ya deberás emitirlo de forma correcta.

Descarga la Resolución Miscelánea Fiscal de 2021

Te compartimos la RMF 2021 en versión PDF, incluyendo la versión anticipada donde se menciona la prorroga del uso obligatorio de la Carta Porte. Descargala llenando el siguiente formulario:





Comentario final

A los obligados a la emisión o recepción de CFDI con el complemento de “Carta Porte” se les recomienda capacitarse para revisar el correcto llenado e ir resolviendo posibles contratiempos en su implementación.
 
 

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