Esta modificación va a permitir que los exportadores adecuen sus sistemas de facturación para cumplir con esta obligación sin contratiempos.
En este anteproyecto se publico la regla 3.1.35 la cual será aplicable a partir del 1ro de julio de 2016 pero su segundo párrafo empezara a aplicarse a partir del 1ro de enero de 2017 (complemento de comercio exterior).
Esta publicación la hizo el SAT en su portal, a continuación les dejo el enlace para ver la Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016
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