El 8 de septiembre de 2019, el Ejecutivo Federal presentó el Paquete Económico para el ejercicio 2020, donde se incluyó la iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) para 2020. Esta modificación a la LIF trae consigo la eliminación de importantes estímulos fiscales que se incluían en el articulo 16 desde la fracción VIII a la XII.
Los estímulos fiscales que continuarán vigentes en 2020 son los siguientes:
- Del IEPS para el diésel y el biodiésel y sus mezclas que se importen o adquieran; así como el acreditamiento contra el ISR de los gastos por el uso de la infraestructura carretera de cuota hasta en un 50%.
- Del IEPS a los adquirentes que utilicen los combustibles fósiles.
- Del acreditamiento del derecho especial sobre minería para contribuyentes con ingresos menores a 50 millones de pesos
- Exención del pago del derecho de trámite aduanero que se cause por la importación de gas natural.
Se eliminaron los siguientes estímulos fiscales y exenciones del articulo 16 de la LIF:
- La disminución de la utilidad fiscal, el monto la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada de la utilidad fiscal en los pagos provisionales del ISR, aplicable a los meses de mayo a diciembre del ejercicio fiscal que se tratara.
- La deducción adicional al ISR del 5% del costo de lo vendido por mercancías que efectivamente se donen y sean aprovechables para el consumo humano.
- Poder deducir un 25% del salario a personas con discapacidad motriz, con prótesis, muletas o sillas de ruedas, auditiva, de lenguaje, mental o invidentes.
- Para las personas que se dediquen a la proyectos de inversión en la producción cinematográfica nacional o en la distribución de películas cinematográficas nacionales, la aplicación del monto del crédito fiscal que se les autorice, contra los pagos provisionales del ISR.
- La opción de que las personas morales no proporcionen la constancia de retención de ISR e IVA, siempre que la persona física que preste los servicios profesionales o haya otorgado el uso o goce temporal de bienes, le expida un CFDI.
Descuentos de porcentajes de IVA y IEPS del RIF
También se mantiene el estímulo fiscal en el IVA y IEPS para los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), aplicando los porcentajes por sector económico y tipo de bienes y sus reducciones correspondientes, dependiendo de los años tributados en dicho régimen.
Descarga la LIF 202 en PDF
Si aún no descargas la LIF 2020 en PDF, junto con el paquete económico del ejecutivo, te invitamos a llenar el siguiente formulario, la aprobación por parte de la cámara de diputados está pendiente, pero consideramos que pocas serán las modificaciones que se le dará al paquete económico fiscal de 2020 en su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
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Les falto leer la reforma fiscal completa, no se eliminaron los estímulos fiscales, únicamente pasarán de ser temporales a permanentes en sus propias leyes respectivas (ISR, IVA e IEPS).
Me interesa las publicaciones que realizan. Son de suma interés para mi.
Es importante mencionar que si bien desaparecen de la LIF se incorporaron (al menos la mayoría) en la Ley del ISR, saludos.
La PTU lo están incorporando en Ley