Se acerca la fecha límite para el envío de la Declaración Anual de Personas Morales del ejercicio 2018, esta se tiene que presentar a más tardar el día 31 de marzo de 2019 (articulo 9 LISR), la fecha límite también se muestra en el calendario de obligaciones para las Personas Morales en la página del SAT.
Esto de acuerdo al articulo 9 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece la fecha límite para la presentación de la declaración anual de ISR para las personas morales:
Artículo 9. Las personas morales deberán calcular el impuesto sobre la renta, aplicando al resultado fiscal obtenido en el ejercicio la tasa del 30%.
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El impuesto del ejercicio se pagará mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas, dentro de los tres meses siguientes a la fecha en la que termine el ejercicio fiscal.
Cambio de fecha límite de la declaración anual de persona morales
El articulo 12 del Código Fiscal de la Federación menciona que si el último día del plazo para presentar la obligación (Declaración Anual de Personas Morales), las oficinas del SAT se encuentran cerradas o se trata de un día inhábil, se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil.
Por lo explicado anteriormente, el 01 de abril de 2019 es la fecha límite para que las Personas Morales envíen su declaración del ejercicio 2018, debido a que el 31 de marzo es domingo y se considera como día inhábil.
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