La creación de la “Factura Instantánea” es gracias a los avances tecnológicos en la implementación de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o Factura Electrónica, que se pueden ver avances como el que anunció el Servicio de Administración Tributaria (SAT), y la Asociación de Bancos de México (ABM).
No será necesario dar el RFC al vendedor, ya que este dato lo tendrá el chip de la tarjeta bancaria, evitando errores en la emisión de las facturas electrónicas.
De acuerdo con los principales ejes rectores del SAT, que son combatir todo tipo de evasión fiscal y el otro, facilitar la vida al contribuyente, a los comercios y la sociedad en general, la jefa del SAT Margarita Ríos-Farjat anuncio en un comunicado de prensa el 19 de noviembre de 2019, que se busca disminuir la carga administrativa al simplificar la emisión del CFDI y que busca beneficiar a contribuyentes cumplidos que necesitan comprobar sus gastos.
Para la implementación de este nuevo esquema de facturación, será necesario que los primeros 4 meses de 2020, se reprogramen las Terminales Punto de Venta activos en el país.
Datos del contribuyente en la tarjeta bancaria
Los datos del contribuyente como el nombre, razón social y Registro Federal de Contribuyentes (RFC) podrán estar incluidos en el chip de la tarjeta bancaria que deseen utilizar. Por el momento esto es opcional para los contribuyentes que quieran que se emitan Facturas Instantáneas en sus compras.
La emisión de la Factura Instantánea se podrá utilizar para las compras que un contribuyente realice en una Terminal Punto de Venta (TPV) utilizando para ello una tarjeta bancaria (débito o crédito), pudiendo verificar su emisión escaneando el código QR que se imprima en su ticket de compra.
La implementación de la factura instantánea se debe dar tanto por el emisor (vendedor con TPV) integrandolo a su sistema de facturación o en el que el SAT lo permita, como por el receptor (Contribuyente) al dar de alta el servicio ante su banco o donde la ABM lo establezca.
Comentario final
La idea del SAT de una Factura Instantánea por las compras con tarjetas de crédito o débito es muy buena, estaremos al pendiente de su implementación en los negocios y la respuesta de los consumidores en el registro del RFC en el chip de su tarjeta bancaria.
Considero que será muy interesante conocer cuál será la configuración que los vendedores tendrán que hacer en su sistema de facturación o si el SAT ya tiene preparado algún tipo de CFDI más simplificado que la versión 3.3 que se utiliza actualmente.
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¿Qué pasa cuando quiero que la factura salga a nombre de un tercero? Si en mi tarjeta están mis datos de facturación como persona física y hago compras por un tercero.
Que sucederá si el comprador da un RFC para facturar que no coincida con el RFC de la tarjeta?
Únicamente comentar que el sistema de facturación debe ser configurado para conectarse a la TPV y desde ahí lo que se imprime al emitir el ticket de la TPV al pagar con tarjeta débito/crédito no sólo es el voucher del pago sino también la representación impresa del CFDI versión3.3 así que no me parece que será más simplificado.
Esto ya lo tienen implementado en las gasolineras concesión de marca BP desde abril 2018 (esa fecha en el estado de Veracruz, aunque es nacional la marca) en que entraron al mercado de combustibles en México.
Cómo será la emisión de una factura instantánea con complemento concepto colegiaturas.se tendrá que configurar desde la terminal punto de venta tal vez.
Gracias por la oportunidad de tener la inoformacion del boletin. slaudos