Determinar saldo a favor o ISR a retener en la nómina 1.2 con el CFDI 3.3


La guia para la emisión de la nómina con el complemento 1.2 y la versión 3.3 del CFDI, se modificó el dia 10 de noviembre, para detallar cómo se debe registrar el ajuste anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de los trabajadores. Aunque tu sistema de nóminas sea muy exacto, al final del ejercicio, las cantidades que se le retuvieron a los trabajadores, podrían contener diferencias vs el calculo anual del ISR.

Esta situación se debe a varios factores, una de ellas es que el patrón le otorgue esporádicamente bonos o premios al trabajador. Los cuales son gravables al 100% en el momento del pago, pero si se difieren a los largo del año (calculo anual), el ISR pagado se excede al que se debió retener, generando así el saldo a favor para el trabajador.

O en caso contrario, el patrón otorga prestaciones a su trabajador y estas no son debidamente gravadas (en su momento), lo cual genera un ISR a retener en el calculo del ajuste anual de sueldos y salarios.

Modificación a la guia del recibo de nómina 1.2 con el CFDI 3.3

El SAT recientemente modificó la «Guía de llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su complemento»,

  • Se agregó el último párrafo del campo TipoDeduccion del nodo «Deduccion», para indicar el uso de la clave 101.
  • Se agregó la clave «005» en el campo TipoOtroPago del nodo «OtrosPagos», asimismo, la referencia a «retenido» y dicha clave en el catálogo del ejemplo y una nota al pie para indicar cuando asume el gasto no deducible el patrón.
  • Se precisó redacción en el campo SaldoAFavor del nodo «CompensacionSaldosAFavor», para hacer la referencia «año del ejercicio inmediato anterior» y se adiiona nota al pie para indicar su entrada en vigor.
  • En el campo Año del nodo «CompensacionSaldosAFavor», se agregó la siguiente validacion «El valor de este campo debe ser igual al año inmediato anterior o igual al año en curso siempre que el período de pago sea diciembre, y una nota al pie para indicar su entrada en vigor y se precisó el ejemplo.
  • Se precisó redacción en el campo RemanenteSalFav.

Básicamente, se modificó la guia de la nómina que publica el SAT, para que los patrones conozcan cómo van a aplicar el saldo a favor o a pagar del ajuste anual de ISR de los trabajadores.

Nuevas claves del catálogo del CFDI de Nóminas

Se añadieron nuevas claves en diferentes catálogos del CFDI de nóminas, para que los patrones puedan ya sea devolver las cantidades retenidas en exceso o retener el ISR anual del ejercicio anterior.

101 ISR Retenido de ejercicio anterior

Esta nueva clave, se utilizará para los ajustes de ISR que resulten a pagar, cuando el patrón determine que no se le retuvo todo el ISR en las nóminas del ejercicio anterior.

005 Reintegro de ISR retenido en exceso de ejercicio anterior (siempre que no haya sido enterado al SAT)

Se trata del concepto que podrá agregarse al apartado de Tipo «Otro Pago» el cual no sera un ingreso acumulable para el trabajador, según lo indica la guia de llenado del CFDI 3.3 del recibo de nómina del SAT. En la guía mencionada, se especifica que este pago no será deducible para el patrón.

 

 

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