El 8 de mayo de 2013 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los formatos para la Presentación de Dictamen ante el IMSS del ejercicio 2012, el cual se presenta este 2013. (Acuerdo ACDO.SA2.HCT.240413/83.P.DIR dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria celebrada el 24 de abril del presente año, relativo a la aprobación de los formatos para la formulación del dictamen por contador público autorizado, así como sus anexos).
- Anexos I (para un registro patronal) y I-A (para varios registros patronales): Informe respecto de la situación del patrón dictaminado;
- Anexos II (para un registro patronal) y II-A (para varios registros patronales): Cuadro analítico de las cuotas obrero patronales omitidas y determinadas en el dictamen;
- Anexos III (para un registro patronal) y III-A (para varios registros patronales): Análisis de los conceptos de percepción por grupo o categorías de trabajadores, indicando si estos se acumularon o no al salario base de cotización y revisión a los pagos efectuados a personas físicas;
- Anexos IV (para un registro patronal) y IVA (para varios registros patronales): Conciliación del total de percepciones de trabajadores en registros contables contra la base de salarios manifestados para el Instituto Mexicano del Seguro Social, así como contra lo declarado para efectos del Impuesto Sobre la Renta; y
- Anexo V: Reporte de las actividades y clasificación de la empresa dictaminada.
Calculadora ISR 2025 de Regalo: Descárgala y calcula fácilmente el ISR, IMSS e Infonavit de 2025 desde una sencilla Hoja en Excel, es completamente GRATIS!
Formatos de modelo de opinión dictamen IMSS 2012
Se aprueban también los formatos de modelos de opinión, que se describen en el Anexo 2 del presente Acuerdo, a través de los cuales el contador público autorizado manifiesta, bajo protesta de decir verdad, que la opinión se elaboró en cumplimento de la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos; y con apego a las normas de la profesión contable aplicables al dictamen del Seguro Social. Dicha manifestación podrá ser:
- Modelo de opinión limpia: Cuando, derivado de la revisión, el contador público autorizado no determina omisiones;
- Modelo de opinión sin salvedades: Cuando, derivado de la revisión, el contador público autorizado determina omisiones y estas son pagadas en una sola exhibición o en parcialidades, con la respectiva presentación de avisos afiliatorios y movimientos salariales, antes de la presentación del dictamen;
- Modelo de opinión con salvedades: Cuando, derivado de la revisión, el contador público autorizado determina conceptos o sujetos de aseguramiento, que el patrón no acepta integrar al salario diario de cotización o afiliar al régimen obligatorio, respectivamente;
- Modelo de opinión con abstención de opinión: Cuando el contador público autorizado no cuenta con información, documentación o elementos suficientes para llevar a cabo la revisión y le impida, incluso, emitir una opinión con salvedades; y
- Modelo de opinión con opinión negativa: Cuando el contador público autorizado, como consecuencia de su revisión, encuentra que los registros contables no reflejan la integración real del salario base de cotización, según los requerimientos de la Ley del Seguro Social y sus reglamentos.
Fuente: DOF.

Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net