Declaraciones Informativas a presentar en 2018 (anexos del DIM)


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¿Ya empezaste tu proceso de Estudio de Precios de Transferencia, ISSIF (antes DISIF), Anexo 9 del DIM? A partir de este año tienes como límite el 31 de marzo y ya no el 30 de junio.

Este año 2018, es importante tener en cuenta lo establecido en la fracción X del artículo noveno transitorio de la LISR 2014, derivado de lo cual, la obligación de presentar la DIM, así como obligaciones correlacionadas (expedición de constancias) en 2018, relativas al ejercicio 2017, queda como sigue:

Anexo DIMFundamentoDescripción de obligaciónObligación en 2018 relativa al año 2017
1Art. 118-V LISR 2013*Informativa de Sueldos, Asimilados, ISR retenido y Subsidio al Empleo Pagado. Se recomienda de todos modos hacer amarre CFDIS nómina al 100%No
2Art. 86-IV LISR 2013*Informativa de retenciones ISR, IVA, IEPS a terceros (honorarios y arrendamiento pagado por morales a físicas, fletes, comisiones, dividendos). Se recomienda de todos modos hacer amarre de basesNo
2Art. 164 LISR 2013*Informativa de premios pagadosNo
3Art. 86-IX y 101-VI b) LISR 2013*Otorgamiento de donativosNo
4Art. 86-IX y 101-VI a) LISR 2013*Pagos y retenciones de ISR al extranjero Título V LISR (ejemplos: Intereses, Regalías, Asistencia Técnica, Honorarios, Dividendos)No
4Art. 76-VI LISR 2018**Préstamos del extranjero al cierre del año, así como intereses determinados (cuidar LISR 11)Si
5Art. 178 LISR 2018**Información de inversiones en Regímenes Fiscales Preferentes (REFIPRES)Si
6Art. 84-III LISR 2013*Información de empresas integradorasNo
7Art. 137-4° LISR 2013*Informativa de Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS)No
8Art. 3 Transitorio de la 4ta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2010Informativa IVA (se sustituyó por la DIOT)No
9Art. 76-IX LISR 2018**Información de Operaciones con Partes Relacionadas a más tardar 31 de marzo 2018 (o cuando se presente la declaración anual)Si
10Art. 76-XIII LISR 2018**Información de FideicomisosSi

 

 

OBLIGACIONES RELACIONADAS AL DIM

Art. 32 H del CFF***Informativa Sobre Situación Fiscal (ISSIF, antes DISIF) a más tardar 31 de marzo 2018 (o cuando se presente la declaración anual)Si
Art. 86-III LISR 2013*Expedición de constancia física por pagos al extranjero de acuerdo a LISR (Título V)No
Art. 76-III LISR 2018**Expedición de CFDI por pagos al extranjero de acuerdo a LISR (Título V)Si
Art. 86-III LISR 2013**Expedición de constancia física por retención de ISR relativo a pagos al extranjero de acuerdo a LISR (Título V)No
Art. 76-III LISR 2018*Expedición de CFDI por retención de ISR relativo a pagos al extranjero de acuerdo a LISR (Título V)Si
Art. 118-III LISR 2013*Expedición de constancia física por pago de salarios y asimilados, así como de retenciones ISR correspondientes a más tardar el 31 de eneroNo
Art. 76-XI LISR 2018**Pago de dividendos con cheque nominativo para abono en cuenta del beneficiario o transferencia, y expedición de CFDI de dividendosSi

*Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente hasta 31 diciembre 2013 (Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de mayo de 2012) (conocida como LISR 2013)
**Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente en 2018 (Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2016) (conocida como LISR 2018)
***Código Fiscal de la Federación vigente en 2018 (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2017) (conocido como CFF 2018)

CONCLUSIÓN

En febrero 2018, respecto al año 2017, las principales declaraciones informativas que prevalece la obligación de presentar son los anexos: 4 (solamente la parte de préstamos del extranjero), 5 (REFIPRES), 9 (operaciones con partes relacionadas, está a más tardar en conjunto con la presentación de la declaración anual y el ISSIF [antes DISIF], y no hasta junio 2018, como se presentaba antes) y 10 (fideicomisos).

Asimismo, recuerda seguir haciendo los amarres que se venían haciendo para el anexo 1 (CFDIs de nómina) y para el anexo 2 (amarre de bases de retenciones).

1 comentario en «Declaraciones Informativas a presentar en 2018 (anexos del DIM)»

  1. Respecto la informativa del anexo 2, de los retenciones de iva e isr, se presenta sin operaciones si no se tuvieron operaciones en el año 2017.
    Muchas gracias

    Responder

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