¿Ya tienes tu amarre al 100% de CFDIS de nómina directamente de la información del SAT (requiere de un software especializado)? Evita problemas al momento de la presentación de declaraciones anuales de tus empleados.
¿Ya empezaste tu proceso de Estudio de Precios de Transferencia, ISSIF (antes DISIF), Anexo 9 del DIM? A partir de este año tienes como límite el 31 de marzo y ya no el 30 de junio.
Este año 2018, es importante tener en cuenta lo establecido en la fracción X del artículo noveno transitorio de la LISR 2014, derivado de lo cual, la obligación de presentar la DIM, así como obligaciones correlacionadas (expedición de constancias) en 2018, relativas al ejercicio 2017, queda como sigue:
Anexo DIM | Fundamento | Descripción de obligación | Obligación en 2018 relativa al año 2017 |
1 | Art. 118-V LISR 2013* | Informativa de Sueldos, Asimilados, ISR retenido y Subsidio al Empleo Pagado. Se recomienda de todos modos hacer amarre CFDIS nómina al 100% | No |
2 | Art. 86-IV LISR 2013* | Informativa de retenciones ISR, IVA, IEPS a terceros (honorarios y arrendamiento pagado por morales a físicas, fletes, comisiones, dividendos). Se recomienda de todos modos hacer amarre de bases | No |
2 | Art. 164 LISR 2013* | Informativa de premios pagados | No |
3 | Art. 86-IX y 101-VI b) LISR 2013* | Otorgamiento de donativos | No |
4 | Art. 86-IX y 101-VI a) LISR 2013* | Pagos y retenciones de ISR al extranjero Título V LISR (ejemplos: Intereses, Regalías, Asistencia Técnica, Honorarios, Dividendos) | No |
4 | Art. 76-VI LISR 2018** | Préstamos del extranjero al cierre del año, así como intereses determinados (cuidar LISR 11) | Si |
5 | Art. 178 LISR 2018** | Información de inversiones en Regímenes Fiscales Preferentes (REFIPRES) | Si |
6 | Art. 84-III LISR 2013* | Información de empresas integradoras | No |
7 | Art. 137-4° LISR 2013* | Informativa de Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS) | No |
8 | Art. 3 Transitorio de la 4ta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2010 | Informativa IVA (se sustituyó por la DIOT) | No |
9 | Art. 76-IX LISR 2018** | Información de Operaciones con Partes Relacionadas a más tardar 31 de marzo 2018 (o cuando se presente la declaración anual) | Si |
10 | Art. 76-XIII LISR 2018** | Información de Fideicomisos | Si |
OBLIGACIONES RELACIONADAS AL DIM | ||
Art. 32 H del CFF*** | Informativa Sobre Situación Fiscal (ISSIF, antes DISIF) a más tardar 31 de marzo 2018 (o cuando se presente la declaración anual) | Si |
Art. 86-III LISR 2013* | Expedición de constancia física por pagos al extranjero de acuerdo a LISR (Título V) | No |
Art. 76-III LISR 2018** | Expedición de CFDI por pagos al extranjero de acuerdo a LISR (Título V) | Si |
Art. 86-III LISR 2013** | Expedición de constancia física por retención de ISR relativo a pagos al extranjero de acuerdo a LISR (Título V) | No |
Art. 76-III LISR 2018* | Expedición de CFDI por retención de ISR relativo a pagos al extranjero de acuerdo a LISR (Título V) | Si |
Art. 118-III LISR 2013* | Expedición de constancia física por pago de salarios y asimilados, así como de retenciones ISR correspondientes a más tardar el 31 de enero | No |
Art. 76-XI LISR 2018** | Pago de dividendos con cheque nominativo para abono en cuenta del beneficiario o transferencia, y expedición de CFDI de dividendos | Si |
*Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente hasta 31 diciembre 2013 (Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de mayo de 2012) (conocida como LISR 2013)
**Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente en 2018 (Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2016) (conocida como LISR 2018)
***Código Fiscal de la Federación vigente en 2018 (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2017) (conocido como CFF 2018)
CONCLUSIÓN
En febrero 2018, respecto al año 2017, las principales declaraciones informativas que prevalece la obligación de presentar son los anexos: 4 (solamente la parte de préstamos del extranjero), 5 (REFIPRES), 9 (operaciones con partes relacionadas, está a más tardar en conjunto con la presentación de la declaración anual y el ISSIF [antes DISIF], y no hasta junio 2018, como se presentaba antes) y 10 (fideicomisos).
Asimismo, recuerda seguir haciendo los amarres que se venían haciendo para el anexo 1 (CFDIs de nómina) y para el anexo 2 (amarre de bases de retenciones).
- Es egresado de la Universidad Autónoma de Aguascalientes.
- Tiene Especialidad en Impuestos, Maestría en Impuestos y Maestría en Derecho Fiscal.
- Actualmente es Presidente del Colegio de Contadores Públicos de Aguascalientes, donde, además, ha presidido las comisiones de Auditoría y NIFS (2018 y 2019), y la de Control de Calidad en Trabajos de Aseguramiento (2016 y 2017).
- Ha formado parte de las comisiones Regionales del IMCP Centro Occidente: Auditoría, de Tributación Internacional, y actualmente es miembro de la de Normas de Información Financiera.
- Cuenta con 3 certificaciones por el IMCP: General, Fiscal y Contabilidad y Auditoría Gubernamental (todas mediante examen)
- Ha sido auditor y asesor de importantes entes privados (nacionales e internacionales) y de gobierno por más de 15 años.
Respecto la informativa del anexo 2, de los retenciones de iva e isr, se presenta sin operaciones si no se tuvieron operaciones en el año 2017.
Muchas gracias