La devolución automática del Impuesto Sobre la Renta, proviene del envio de la declaración anual como Persona Física al SAT.
El SAT pre autoriza la devolución automática en el prellenado de la declaración anual de las personas físicas, pero se recomienda que los contribuyentes se acerquen a su Contador Publico para aplicar o no deducciones personales.
La devolución automática de ISR se da cuanto se envía la declaración anual de Personas Físicas, pero depende del saldo a favor o cuenta clabe (registrada), para que se envíe con la contraseña o la FIEL (e.firma):
- Si el saldo a favor es igual o menor a 10,000 pesos, la Declaración Anual puede presentarse con contraseña.
- Si tu saldo a favor es mayor a 10,000 pesos y hasta 50,000 pesos, podrás presentar tu Declaración Anual con contraseña, siempre y cuando selecciones una cuenta Clabe a 18 dígitos ya precargada en el DeclaraSAT 2017.
- Se envía con la FIEL si se va a capturar una nueva cuenta clabe de depósito.
No puede ser devolución automática, si el monto supera los 50,000 pesos, en este caso se solicita la devolución de forma manual con el “Formato Electrónico de Devoluciones”.
Consultar estatus de la Devolución Automática
Si en tu declaración anual te resultó un saldo a favor y este aplica para devolución automática, puedes consultarlo desde el DeclaraSAT, para eso tienes que ingresar con tu RFC y contraseña, cuando estes dentro del DeclaraSAT debes dar clic en el menú en la sección “Consulta Devolución”.
Te redirigirá a la un módulo de consulta de trámites, donde no solo encontraras la consulta de la Devolución Automática del ISR, pero para efectos de este articulo, deberas seleccionar la opción “Devolución Automática ISR”.
Seleccionas el ejercicio y que te muestre las solicitudes “En proceso de Validación”.
Si al dar clic en buscar te muestra informacion del tramite, quiere decir que si tienes registrada una devolución automática, la cual puede ser pagada en su totalidad, parcialmente o en su defecto rechazada.
Resultado de la Consulta de la Devolución Automática de ISR
Si tu solicitud de devolución automática esta generada correctamente, te mostrará la siguiente informacion del tramite:
- Folio de la declaración (número interno del SAT)
- Número de Control (número interno del SAT)
- Tipo de trámite (Devolución Automática ISR)
- Concepto (ISR Personas Físicas)
- Periodo (Del ejercicio)
- Ejercicio (año)
- Fecha de presentación
- Fecha de resolución (cuando el SAT aprueba o rechaza la devolución)
- Estado del pago
- Cuenta CLABE (del contribuyente)
- Fecha de pago
- Importe declarado (saldo a favor de declaración anual)
- Importe resuelto (autorizado por el SAT)
Para el monto de ISR a favor en la declaración anual, el SAT está realizando la devolución automática en un plazo de 3 a 5 días a partir del envío de la declaración.
Motivos de rechazo de la devolución automática (SAT)
Si tu devolución no es autorizada, o se autoriza parcialmente, la aplicación de consulta muestra los motivos y menciona las acciones que debes llevar a cabo para solventarla.
• El monto del saldo autorizado puede ser parcial si existe diferencia en la información correspondiente a tus operaciones con retenedores, erogaciones deducibles o estímulos.
• Cuando no se autoriza tu saldo a favor o se autoriza parcialmente puedes hacer lo siguiente:
1) Presentar una declaración complementaria con las inconsistencias corregidas.
2) Solicitar la devolución a través del Formato Electrónico de Devoluciones, disponible en la sección de Trámites de este Portal.
• Las declaraciones con saldo a favor autorizadas están sujetas a:
1) La compensación de oficio de los créditos fiscales firmes que tengas a cargo.
2) Inconsistencias en tu cuenta bancaria Clabe.
• No se considera una devolución automática cuando:
1) La solicitud de devolución es a través del Formato Electrónico de Devoluciones.
2) Si marcas la opción de compensación en la Declaración Anual.
3) Si te encuentras en el catálogo de incumplidos publicado en este Portal.
Recomendación
Si solo obtuviste ingresos por salarios y no tienes deducciones personales, no debes tener problemas en el envio de la declaración anual precargada por el SAT, ya que el SAT se basa en los CFDI de nómina emitidos por los patrones para determinar el saldo a favor preaprobado para devolución automática.
Pero si adicionalmente tuviste deducciones personales significativas, es recomendable solicitar ayuda de un Contador Público para analizar un poco más la información que le envias al SAT y así evitar el rechazo de la devolución automática del ISR a favor.
Si eres una Persona Física con Actividad Empresarial, Profesional o Arrendamiento, es aún más recomendable acercarte a tu Contador para que elabore esta declaración anual, para que aplique las deducciones autorizadas correctamente, aparte de las deducciones personales.
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