A partir del 1º de enero de 2018 el CFDI 3.3 se volvió una realidad, en la cual todos los contribuyentes obligados a emitir CFDI tenemos que utilizar esta nueva versión, pero también es una realidad que existen muchas dudas respecto a su emisión, veamos algunos campos en los cuales probablemente existan dudas.
En primer término veamos la diferencia entre re facturar y elaborar un CFDI con tipo de relación de sustitución de CFDI previos.
Ejemplo de re facturación.
Ejemplo sustitución de CFDI previos.
Otro campo con problemas es el relativo a FORMA DE PAGO y MÉTODO DE PAGO, estos campos están relacionados entre sí.
En este ejemplo la persona que factura está en un error, porque la guía de llenado del CFDI del SAT y en concordancia con el anexo 20 de la RMF 2017, el CFDI que emite es erróneo ya que al utilizar en MÉTODO DE PAGO la clave PPD, en el campo de FORMA DE PAGO, solo puede utilizar la clave 99, en consecuencia para el cliente el CFDI que recibe, puede convertirse en no deducible (de forma), de conformidad con el antepenúltimo párrafo del artículo 29-A del CFF, el cual a la letra dice.
“Las cantidades que estén amparadas en los comprobantes fiscales que no reúnan algún requisito de los establecidos en esta disposición o en el artículo 29 de este Código, según sea el caso, o cuando los datos contenidos en los mismos se plasmen en forma distinta a lo señalado por las disposiciones fiscales, no podrán deducirse o acreditarse fiscalmente.”
Por consiguiente la utilización de los campos FORMA DE PAGO y MÉTODO DE PAGO, se relacionan de la siguiente manera.
El campo de USO DEL CFDI, también está provocando problemas para el receptor.
En el caso de nuestro ejemplo si el receptor no nos indica el USO DEL CFDI, utilizaremos la clave P01, con fundamento en la guía de llenado del CFDI que tiene publicado el SAT en su página.
Es necesario hacer saber al cliente que si el Uso del CFDI es incorrecto, no le generara problemas al momento de deducir o acreditar su comprobante fiscal.
Curva de aprendizaje del CFDI 3.3
Si estás implementando el CFDI en tu negocio o empresa, notaras que los tiempos de emisión aumentaron. La única ventaja es que ya no se incluye la dirección del emisor y receptor.
Pero los encargados de emitir el comprobante, deben considerar que es un gran cambio en la forma de emitir el CFDI 3.3; se debe de poner mucha atención en otros aspectos que antes no se tenían en cuenta.
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Tengo un detalle con unas facturas del 2017 hechas con la versión 3.3, se requiere volver a facturar en 2018 por errores, de acuerdo a la publicación debo hacer otra factura con sustitución de CFDI previos tipo de relación 04, mi duda es si al hacer el nuevo CFDI ya se considera cancelado el previo o debo cancelarlo como se hacía con la versión 3.2 , es decir los cfdis que hice en diciembre los cancelo y quedan los nuevos hechos en 2018 o se entiende por defecto que estos últimos sustituyen a los primeros sin hacer la cancelación respectiva. Espero haberme explicado. Muchas gracias!
HOla podrán apoyarme indicándome como se manejarán las retenciones por conceptos de 5 al Millar y 2 al millar en las facturas x concepto de obras? Gracias
Podrìa proporcionar el fundamento legal exacto para el uso de la clave 04? es que mi proveedor no la tiene en su sistema y me dice que todavìa no es obligatoria, ya que en el DOF menciona la sustituciòn SOLO en complemento de recepciòn de pago y no para los demàs tipos de CFDI 🙁
Me gustaria saber de la ley fintech
¿saben si la consulta psicológica sae dentro de la clave D01 honorarios médicos , en la sección de uso del CFDI por parte del usuario?
buenas tardes, en los ejemplos de refacturacion y sustitucion de cfdi previos en ambos casos se tiene que Cancelar la factura? o en el caso de sustitucion de cfdi previos es solo emitir la factura correcta con el documento relacionado sin necesidad de cancelar la factura inicial?
La aplicacion que tiene el PUE es diferente en la version 3.3 a la que se aplicaba en la 3.2 ahora esta se refiere a que antes de emitir el CFDI esta ya este liquidada, de lo contrario al emitirse el CFDI y no es pagado sera PPD y con metodo de pago por definir debiendo asignar el metodo de pago como transferencia/cheque etc.
Las grandes compañias de supermercados caso especifico de city/costco/heb no estan dando la opcion a solicitar el USO DEL CFDI de acuerdo a la aplicacion que se le dara, te encasillan con una y no hay manera de cambiarla, que hacer al respecto????
Excelente apoyo para mantenernos actualizados, hay ocasiones en que no puedo leer todos los cambios y ustedes me apoya con lo mas sobresaliente, ademas las guias que nos proporcionan me ayudan en casos emergentes.
SI MI FACTURA ES DEL DIA 04 DE JULIO Y HOY SE DETECTA EL ERROR SE CONSIDERA REFACTURACION