La configuración de Java para el SAT es uno de los principales problemas que encontramos los contadores o contribuyentes las primeras veces que hacemos una declaración, pago referenciado o consulta en la página del SAT. Esto también sucede con el Java para el IDSE del IMSS al hacer alguna modificación de salario, descarga de EMA y EBA o al presentar la declaración de la prima de riesgo de trabajo.
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Se elimina para el 2011 la presentación mensual del listado de conceptos que sirvieron de base para determinar el impuesto empresarial a tasa única; y se establece que la presentación se realice en el mismo plazo que la declaración del ejercicio.
Esta es sin duda es de las noticias que a nosotros los contadores nos agrada, y no es para no otorgarle mas información a la autoridad, sino de otorgar información reiterada mes con mes, sabiendo nosotros desde el principio que lo mas optimo es presentarla como las declaraciones de ISR (anual).
La disposición nos dice que los contribuyentes deberán presentar a las autoridades fiscales, en el mismo plazo establecido para la presentación de la declaración del ejercicio la información correspondiente a los conceptos que sirvieron de base para determinar el impuesto empresarial a tasa única del ejercicio fiscal de 2011, en el formato que establezca para tal efecto el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.
La información del la determinación del Impuesto Empresaria a Tasa Única se deberá presentar incluso cuando en la declaración del ejercicio de 2011 no resulte impuesto a pagar.
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Una de las principales obligaciones de los contribuyentes es la presentación de la Declaración Informativa de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, para esto tendremos que entrar en materia de Precios de Transferencia.
No sólo las personas morales mantienen esta obligación. Las personas físicas que realicen actividades empresariales o actividades profesionales y cuenten con partes relacionadas residentes en el extranjero con las que efectúen algún tipo de operación, también deben presentar la declaración informativa correspondiente, conforme a lo dispuesto en el artículo 133, fracción X
Por lo general, esta declaración refleja los resultados obtenidos a través de un estudio de precios de transferencia. Sin embargo, es importante destacar que existe una disposición para los sujetos obligados, referente al límite de ingresos que los libera de la obligación de obtener y conservar la documentación comprobatoria que demuestre que las operaciones realizadas con partes relacionadas se llevaron a cabo utilizando valores de mercado (estudio de precios de transferencia), pero dicha exención no implica la liberación de la obligación de presentar la declaración informativa,
es decir, esta última se presentará sin importar el límite de ingresos del sujeto obligado.
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La Secretaría de Hacienda Y Crédito Público expidió una resolución por la cual se definió el formato oficial para el reporte de operaciones relevantes, inusuales y preocupantes contemplado en las disposiciones de carácter general que se indican, así como también, el correspondiente instructivo para su llenado.
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Las facturas impresas con impresor autorizado pueden utilizarse hasta que termine su vigencia de dos años o se agoten, lo que ocurra primero. Esto quiere decir que, si mandaste a imprimir un número suficiente de facturas en diciembre de 2010, podrás seguir usándolas hasta diciembre de 2012.
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Se da a conocer la nueva versión 2.2.2 del programa electrónico Declaración Informativa del IEPS, MULTI-IEPS. Esta versión contiene nuevos campos para la presentación de la información relativa a la Reforma Fiscal para 2011, para lo cual debes actualizar debidamente los catálogos correspondientes (Catieps030111).
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Los contribuyentes obligados al pago del impuesto especial sobre producción y servicios, deberán efectuar sus pagos provisionales y definitivos de impuestos federales correspondientes al mes de enero del 2011 y subsecuentes, a través del Servicio de Declaraciones y Pagos (DyP). Este servicio se basa en la presentación de la declaración de todas las obligaciones de pagos provisionales y definitivos de impuestos federales directamente ante el SAT y el pago de los impuestos, a través de las instituciones de crédito autorizadas.
Contribuyentes del IEPS obligados a presentar sus declaraciones y pagos a través del servicio de Declaraciones y Pagos.
1. ¿Qué trámite debo realizar si a partir del 1 enero del 2011 seré contribuyente que causará IEPS por la enajenación o producción de bebidas energetizantes? Debe de actualizar sus actividades económicas, mediante un movimiento de actualización de actividades (Aumento obligaciones) en el portal del www.sat.gob.mx / Mi portal (utilizando RFC y CIECF).
2. A partir del 2011 seré contribuyente del IEPS por la enajenación o producción de bebidas energetizantes ¿Cómo presentaré el pago provisional y definitivo de TODOS los impuestos federales? A través del servicio de Declaraciones y Pagos que se encontrará disponible a partir de febrero de 2011 podrá realizar la presentación de TODOS sus impuestos federales, incluyendo IEPS.
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Si es la primera vez que utilizas el software para presentar las Declaraciones Informativas Múltiples ante el SAT, te dejo un manual de instalación que te ayudará desde la descarga hasta la utilización, así como un manual de usuario que te llevará de la mano para darte de alta y crear declaraciones Informativas.
Espero que sea de gran ayuda, sobre todo en estas fechas, cuando el trabajo se nos viene encima a los contadores.
¡Suerte con tus declaraciones!
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Si eres persona física o moral obligada a presentar pagos provisionales de IVA, también debes presentar la Declaración Informativa del Impuesto al Valor Agregado (Anexo 8), en el cual informarás el desglose de los pagos provisionales de IVA en 2011, y si tuviste saldos a favor, enterarás a la autoridad cuánto se acreditó o se compensó del año.
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