Cuando se habla de embargo de bienes intangibles (material fiscal), nos referimos al medio de aseguramiento del interés fiscal que tienen a su disposición las autoridades, que recurren al embargo con el propósito de asegurar los adeudos, tanto principales como accesorios, que los contribuyentes tuvieran con el fisco; es decir, es una forma de garantizar el pago del adeudo (Código Fiscal de la Federación, artículo 145).
- Licenciado en Contaduría Pública por la Universidad de Guadalajara, con más de 30 años de experiencia en el área fiscal
- Experiencia de más de 20 años en firmas internacionales de contadores públicos como Deloitte, KPMG y PWC
- Actualmente director del área de impuestos en MNP Consultores
