Beneficios de Utilizar el Pago Referenciado, una mejor manera de Declarar y Pagar Impuestos – SAT

 
Estamos por decirle adiós a las demás formas de presentar nuestras declaraciones mensuales tanto de Personas Morales o Personas Físicas, esto nos dice la tendencia que tiene el SAT para exigir al contribuyente presentarla por el nuevo Servicio de Declaraciones y Pagos, y para esto emitió un comunicado donde expresa cuales son los beneficios tanta de declarar como pagar los impuestos con Pago Referenciado a través del portal del SAT.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que, a partir de septiembre de 2012 todos los contribuyentes, personas físicas, pueden optar por utilizar el  Servicio de Declaraciones y Pagos (pago referenciado), para hacer los pagos correspondientes al mes de agosto de 2012 y subsecuentes.

  • A partir de septiembre de 2012, todas las personas físicas pueden utilizar este servicio.
  • Es indispensable contar con la CIEC o la Fiel.

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Guía práctica uso del Servicio de Declaraciones y Pagos: Personas físicas

Guía práctica uso del Servicio de Declaraciones y Pagos Personas físicas

 

Declaraciones y Pagos es un sistema electrónico integral que ha desarrollado el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para que los contribuyentes presenten sus declaraciones por Internet.

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Cálculo de actualización y recargos: Preguntas frecuentes

Cálculo de actualización y recargos: Preguntas frecuentes

 
Las personas físicas y morales que no paguen sus contribuciones o aprovechamientos dentro del plazo establecido por las disposiciones fiscales están obligadas a cubrir recargos y actualizar el monto adeudado conforme a la normativa vigente.

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Caso práctico primer pago referenciado de ISR de personas físicas: Servicio declaraciones y pagos

Caso práctico primer pago referenciado de ISR de personas físicas: Servicio declaraciones y pagos

 

A partir de septiembre de 2012, las personas físicas que, en su último ejercicio fiscal declarado, hayan manifestado ingresos superiores a un millón de pesos, deberán utilizar el sistema de declaraciones y pagos para los pagos provisionales y definitivos correspondientes a agosto de 2012 y en adelante.

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Como llenar el primer pago referenciado de IETU de Personas Fisicas – Servicio Declaraciones y Pagos

dudas contribuyente sat.gob.mx A partir de Septiembre de 2012 las personas físicas con que en el último ejercicio fiscal declarado, hayan manifestado ingresos superiores a un millón de pesos para los pagos provisionales y definitivos correspondientes a agosto del 2012 y subsecuentes.

Como vez las personas físicas deberán de presentar en el Sistema de Declaraciones y pagos a partir del mes de agosto y a esto surge la duda de como capturar los datos de enero a junio de 2012, en el caso para IETU lo deberán de hacer de la siguiente manera:

Como llenar de la primera declaración del ejercicio con el servicio Declaraciones y Pagos de IETU de Personas Físicas?

En caso de presentar la primera declaración con un formulario “Fuera de Línea”, se deberá capturar cero (0) en los campos Suma de ingresos percibidos de meses anteriores del ejercicio y Suma de deducciones autorizadas de meses anteriores.

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Cómo solicitar Firma Electrónica Avanzada y preguntas frecuentes: FIEL SAT

Cómo solicitar Firma Electrónica Avanzada y preguntas frecuentes: FIEL SAT

 

Si eres nuevo contribuyente, lo primero que debes obtener es tu Firma Electrónica Avanzada o FIEL, la cual te servirá para acceder a los servicios del SAT en su portal. Con ella podrás presentar declaraciones mensuales, anuales, informativas, recuperar impuestos a favor y emitir comprobantes fiscales.

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Pagos Referenciados Personas Físicas con Servicios profesionales, honorarios – Vídeo guía SAT

Ahora toca el turno de que las personas físicas presenten pagos referenciados mediante el sistema de declaraciones y pagos, como sabrán a partir de septiembre del 2012 se incorporan las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado, hayan manifestado ingresos superiores a 1’000,000 de pesos para los pagos provisionales y definitivos correspondientes a agosto del 2012 y subsecuentes.

Las personas físicas, que no se encuentren en el supuesto anterior, pueden optar por utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos, correspondientes a agosto del 2012 y subsecuentes. Se entenderá que se ejerce la opción señalada, a partir del primer pago que se efectúe a través del Servicio de Declaraciones y Pagos. Quienes ejerzan la opción indicada, no podrán variar la misma durante el ejercicio fiscal.

A continuación les dejo este excelente video tutorial para presentar sus pagos referenciados el la pagina del SAT:

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Guía de pagos referenciados para arrendamiento de inmuebles

Guía de pagos referenciados para arrendamiento de inmuebles

 

El SAT emitió la guía para presentar las declaraciones y pagos de personas físicas dedicadas al arrendamiento de bienes inmuebles, la cual te explicará a detalle cómo debes ingresar al sistema, elegir los impuestos a presentar, llenar y enviar tus declaraciones mensuales en el Servicio de Declaraciones y Pagos.

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Como presentar Declaraciones y pagos de Personas Fisicas – Empresarial y Regimen Intermedio

 

El SAT emitió un video tutorial que les servirá a las personas físicas con actividad empresarial y profesional, así como a las personas físicas con régimen intermedio a presentar sus pagos provisionales en el Servicio de Declaraciones y Pagos para generar su pago referenciado.

A partir de cuando las personas físicas están obligadas a utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos?

  • A partir de septiembre del 2012 se incorporan las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado, hayan manifestado ingresos superiores a 1’000,000 de pesos para los pagos provisionales y definitivos correspondientes a agosto del 2012 y subsecuentes.
  • A partir de septiembre todas las personas físicas, que no se encuentren en el supuesto anterior, pueden optar por utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos, correspondientes a agosto del 2012 y subsecuentes. Se entenderá que se ejerce la opción señalada, a partir del primer pago que se efectúe a través del Servicio de Declaraciones y Pagos. Quienes ejerzan la opción indicada, no podrán variar la misma durante el ejercicio fiscal.

A continuación les dejo la video guía para presentar sus pagos provisionales en el Servicio de Declaraciones y Pagos para generar su pago referenciado:

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