Fecha límite para presentar declaraciones y pagos ante el SAT y días adicionales

Fecha límite para presentar declaraciones y pagos ante el SAT y días adicionales

 

Desde 2012, muchos contribuyentes están obligados a presentar los pagos provisionales desde el Sistema de declaraciones y pagos. Tanto personas físicas como morales deben considerar la siguiente información para cumplir en tiempo y forma sus pagos provisionales.

Algunos contribuyentes tienen una duda recurrente: si, en la presentación de declaraciones provisionales o definitivas y para efectos del vencimiento del pago, el Sistema de declaraciones y pagos considera en la línea de captura los días adicionales conforme al sexto dígito numérico del RFC.

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Anexos a presentar de la declaración informativa múltiple por contribuyente

Anexos a presentar de la declaración informativa múltiple por contribuyente

 

Como contribuyentes, las personas físicas y morales deben presentar a más tardar el 15 de febrero la declaración informativa múltiple a la que estén obligadas. Para esto, el SAT nos informa cuáles son las declaraciones informativas que debe presentar cada contribuyente, ya sea persona física, persona moral o persona moral con fines no lucrativos.

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Declaraciones y Pagos 2013 – preguntas frecuentes y procedimientos

 

El sistema de declaraciones y pagos viene a suplir el método tradicional de pagos provisionales en el portal, que como contribuyentes se le brinda al SAT información mensual de las operaciones que tiene el contribuyente, esto es benéfico tanto para la recaudación del fisco y para el contribuyente, ya que se obliga a llevar un control de los impuestos que debe pagar mes con mes y así tener un fácil cierre anual y evitar multas, actualizaciones y recargos (a mi parecer).

Como en cualquier nueva disposición la autoridad maneja un plazo que le llama “periodo de transición” (2012) y a lo largo de la implementación del sistema de declaraciones y pagos han surgido varias dudas las cuales el SAT ha ayudado a los contribuyentes a saber como resolverlas, a continuación les dejo las principales preguntas y respuestas acerca de las Declaraciones y Pagos para este 2013:

Reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal 2013 aplicables al servicio de Declaraciones y Pagos

Contribuyentes relevados de presentar aviso de compensación
I.2.3.4. Los contribuyentes que presenten sus declaraciones de pagos provisionales y definitivos a través del “Servicio de Declaraciones y Pagos” a que se refiere el Capítulo I.2.11. y la Sección II.2.8.5., en las que les resulte saldo a cargo y opten por pagarlo mediante compensación de saldos a favor manifestados en declaraciones de pagos provisionales y definitivos presentados de igual forma a través del “Servicio de Declaraciones y Pagos”, quedarán relevados de presentar el aviso de compensación que se señala en la regla II.2.2.6.
No obstante lo anterior, las personas morales que se ubiquen en alguno de los supuestos señalados en el artículo 32-A del CFF, deberán presentar la información que señalan las fracciones I y II, así como el segundo párrafo de la regla II.2.2.6., según corresponda a la materia del impuesto que genera el saldo a favor, a través de Internet, utilizando para ello la aplicación de servicios al contribuyente en la página de Internet del SAT.
CFF 31, 32-A, RMF 2013 I.2.11., II.2.2.6., II.2.8.5.

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Declaracion Informativa Multiple 2012 – Constancias a Expedir, Fecha limite y sus Anexos

 

Los contribuyentes obligados a presentar declaraciones informativas de 2012, deben hacerlo a más tardar el 15 de febrero de 2013, mediante el programa Declaración Informativa Múltiple (DIM), una vez capturada la información, se debe enviar por Internet, o entregarla en medio magnético según corresponda.

Medios de Presentación de la Declaración Informativa 2012

Las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio de 2012 que deban efectuarse a través del programa electrónico Declaración Informativa Múltiple (DIM) y sus anexos, se realizarán de la siguiente forma:

  • Vía internet: En el caso de que hayan sido capturados hasta 1000 anexos (registros), el archivo con la información se presentará vía internet, a través de este portal, con la CIEC actualizada o con la Fiel vigente del contribuyente.
    El SAT enviará a los contribuyentes por la misma vía, el acuse de recibo electrónico, el cual deberá contener el número de operación, fecha de presentación y el sello digital generado por dicho órgano.
  • Medios magnéticos: En el caso de que hayan sido capturados más de 1000 anexos (registros), deberán presentar la información ante cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente (ALSC), en unidad de memoria extraíble (USB) o en CD, los cuales serán devueltos al contribuyente después de realizar las validaciones respectivas.

DECLARACIONES COMPLEMENTARIAS

Se debe indicar el número de operación o folio asignado y la fecha de presentación de la declaración que se complementa. Sólo se deben acompañar el o los anexos que se complementan y en los mismos incluir la información que se corrige y la que no se modificó, así como los datos generales del declarante y el resumen global del anexo.

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Que anexos contiene la Declaración Informativa Múltiple?

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Anexos 3, 4, 8 y 11 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013

Anexos 3, 4, 8 y 11 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013

 

El 31 de diciembre se publicaron los Anexos 3, 4, 8 y 11 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, los cuales incluyen los Criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras, las instituciones de crédito autorizadas, las tarifas para el cálculo de impuestos correspondientes a 2013 y los catálogos de claves.

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Formato 37 A editable 2013: Constancia de Retenciones de ISR, IVA e IEPS

 

pdf Formato 37 A Editable 2012   Constancia de Retención de ISR, IVA e IEPS El día de hoy 29 de diciembre de 2012 se publico en el DOF el formato oficial de la Constancia de Retenciones y Pagos de ISR, IVA e IEPS para 2013, este formato es útil para demostrar al SAT que se les retuvo los impuestos antes mencionados correctamente y lo pueden utilizar los siguientes contribuyentes:

  • A1. Servicios profesionales
  • A2. Regalías por derechos de autor
  • A3. Autotransporte terrestre de carga
  • A4. Servicios prestados por comisionistas
  • B1. Arrendamiento
  • B2. Arrendamiento en fideicomiso
  • C1. Enajenación de acciones
  • C2. Enajenación de bienes objeto de la LIEPS, a través de mediadores, agentes, representantes, corredores, consignatarios o distribuidores
  • C3. Enajenación de otros bienes, no consignada en escritura pública
  • D1. Adquisición de desperdicios industriales
  • D2. Adquisición de otros bienes, no consignada en escritura pública
  • E1. Intereses
  • E2. Operaciones financieras derivadas
  • F1. Premios
  • G1. Otros

Para descargar el formato editable en PDF lo puedes hacer desde el siguiente enlace: Forma 37-A Editable 2013

Formato 41 editable 2013 – Aviso de Compensacion de Impuestos

 

pdf editable thumb Formato 32 Editable 2013   Solicitud de Devolucion de ImpuestosHoy 29 de diciembre de 2012 se da a conocer en el diario oficial la forma 41 para presentar el aviso de compensación de impuestos para 2013, con el cual se puede compensar saldos a favor o pagos de lo indebido de impuestos tales como ISR, IVA, IETU, IDE entro otros, los Plazos para Presentar el Aviso de Compensación de Impuestos son dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC de conformidad con el siguiente cuadro:

Sexto dígito numérico de la clave del RFC Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4 Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6 Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8 Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0 Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente

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Formato 32 editable 2013: Solicitud de devolución de impuestos

Formato 32 editable 2013: Solicitud de devolución de impuestos

 

Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el formato 32 oficial para la solicitud de devolución de impuestos de personas físicas y morales. Con este formato puedes solicitar saldos a favor o pago de lo indebido de ISR, IVA, IETU, IEPS, IDE, entre otras contribuciones. Se debe atender lo siguiente:

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Complemento de facturas electrónicas 2013 en estado de cuenta bancario

Complemento de facturas electrónicas 2013 en estado de cuenta bancario

 

Los estados de cuenta bancarios se pueden convertir en un importante aliado tanto del contribuyente como de la autoridad al simplificar la comprobación de gastos deducibles, ya que reflejan los ingresos y egresos de forma muy detallada. El estado de cuenta casi no es usado como comprobación de deducciones por la mayoría de los contribuyentes, pero resulta útil en caso de que no tengan la factura electrónica del tercero al que hicieron el pago.

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