Descargar DEM IVA 2014 – Para Solicitar Devoluciones y Compensaciones de Saldos a Favor

EL DEM IVA 2014 es una Herramienta para capturar y presentar en dispositivo magnético (Disco CD o USB) la información de las operaciones con proveedores, arrendadores, prestadores de servicios y comercio exterior en los trámites de devoluciones y compensaciones del IVA, para periodos mensual,  semestral y anual.

DEM de IVA V.1.0.0, sirve para capturar y presentar en dispositivo magnético (CD o USB) ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que le corresponda, la información de operaciones con proveedores, arrendadores, prestadores de servicios y comercio exterior, requeridos en los trámites de devoluciones y compensaciones de IVA, correspondientes a periodos de este ejercicio o anteriores.

Para ejecutar el DEM de IVA en su PC, requiere tener instalado el software de Java. Si usted cuenta con Windows 95, 98, ME, NT o 2000, debe utilizar la versión del Java 1.3.1 con el nombre de archivo j2re-1_3_1–win.exe , si cuenta con Windows XP utilice la versión del Java 1.4.0.04 con el nombre de archivo j2re-1_4_2_03-windows-i586-p.exe.

Si lo desea puede descargar el instalador del sistema DEM que incluye el software de Java siguiendo el procedimiento: Versión del sistema DEM_IVA V.1.0.0, provista de un asistente de instalación.

Para usuarios que aún no cuentan con una versión del software de Java instalado en la PC: Descargue e instale en su PC el siguiente archivo y siga las indicaciones del asistente de instalación:

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Como Calcular el IVA en el Régimen de Incorporación Fiscal – Análisis del RIF en materia de IVA

C.P. FRANCISCO ARGUELLO GARCÍA
Integrante de la Comisión Fiscal del IMCP

En materia de IVA los contribuyentes que tributan para efectos de ISR en el RIF tributan como cualquier contribuyente que realiza los siguientes actos o actividades de conformidad con la Ley del Impuesto al Valor Agregado:

I. Enajenen bienes.
II. Presten servicios independientes.
III. Otorguen el uso o goce temporal de bienes.
IV. Importen bienes o servicios.

El impuesto se calculará aplicando a los valores que señala esta ley la tasa de 16%, o, en su caso, la tasa de 0%, en donde el IVA en ningún caso se considerará que forma parte de dichos valores.

En el caso particular del RIF, para 2014 se incorporó en la L IVA el Art. 5-E, el cual establece que los contribuyentes que ejerzan la opción de tributar en el RIF y durante el periodo que permanezcan en este régimen, en lugar de presentar mensualmente la declaración, deberán calcular el impuesto al valor agregado de forma bimestral por los periodos comprendidos de enero y febrero; marzo y abril; mayo y junio; julio y agosto; septiembre y octubre, y noviembre y diciembre de cada año y efectuar el pago del impuesto a más tardar el día 17 del mes siguiente al bimestre que corresponda mediante declaración que presentarán a través de los sistemas que disponga el Servicio de Administración Tributaria en su página de Internet, excepto en el caso de importaciones de bienes en el que se estará a lo dispuesto en los artículos 28 y 33 de esta ley, según se trate. Asimismo, los pagos bimestrales tendrán el carácter de definitivos.

El pago bimestral será la diferencia entre el impuesto que corresponda al total de las actividades realizadas en el bimestre por el que se efectúa el pago, a excepción de las importaciones de bienes tangibles y las cantidades correspondientes al mismo periodo por las que proceda el acreditamiento determinadas en los términos de esta ley. En su caso, el contribuyente disminuirá del impuesto que corresponda al total de sus actividades el impuesto que se le hubiere retenido en el bimestre de que se trate.

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Tutorial para usar “Mis Cuentas” para Personas Fisicas con Arrendamiento

tutorial mis cuentas arrendamientoEl SAT publico el Tutorial para el Uso de “Mis Cuentas” para Personas Físicas que obtengan ingresos por Servicios Profesionales. En este modulo puedes capturar los ingresos y gastos que declarara el contribuyente. También puedes emitir Facturar Electrónicas y ver cuales son las facturas que han emitido tus proveedores.

Si renta o subarrienda bienes inmuebles, como locales comerciales, bodegas, despachos, consultorios, edificios, casas habitación y terrenos, entre otros, le corresponde pagar sus impuestos en el régimen de Arrendamiento de bienes inmuebles

Para ingresar al sistema de “Mis Cuentas” solo debes contar con el RFC y Contraseña del contribuyente, a continuación les dejo el el video tutorial del SAT el cual explica como utilizarlo:

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Tutorial para usar “Mis Cuentas” en la pagina del SAT, Persona Fisica Actividad Profesional

tutorial mis cuentas servicios empresarialesEl SAT publico el Tutorial para el Uso de “Mis Cuentas” para Personas Físicas que obtengan ingresos por Actividades Profesionales. En este modulo puedes capturar los ingresos y gastos que declarara el contribuyente. También puedes emitir Facturar Electrónicas y ver cuales son las facturas que han emitido tus proveedores.

Quiénes tributan en el régimen de Actividades empresariales? Si tiene un negocio comercial o industrial, le corresponde tributar o pagar sus impuestos en el régimen de Actividades empresariales.

Para ingresar al sistema de “Mis Cuentas” solo debes contar con el RFC y Contraseña del contribuyente, a continuación les dejo el el video tutorial del SAT el cual explica como utilizarlo:

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Guia para utilizar “Mis Cuentas” en la pagina del SAT, Persona Fisica Actividad Profesional

tutorial mis cuentas servicios profesionalesEl SAT publico el Tutorial para el Uso de “Mis Cuentas” para Personas Físicas que obtengan ingresos por Servicios Profesionales. En este modulo puedes capturar los ingresos y gastos que declarara el contribuyente. También puedes emitir Facturar Electrónicas y ver cuales son las facturas que han emitido tus proveedores.

Para ingresar al sistema de “Mis Cuentas” solo debes contar con el RFC y Contraseña del contribuyente, a continuación les dejo el el video tutorial del SAT el cual explica como utilizarlo:

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Pagos en Ceros en el SAT se eliminan – Ahora se presentaran de manera Simplificada en el Nuevo Portal


declaracion-en-ceros-SAT.jpg Desde que ejerzo esta profesión en la página del SAT se podía presentar Avisos en Ceros los cuales sirven para las Personas Físicas que no tuvieron actividades en el mes que se tratara. Podían presentar sus avisos mensuales de los Impuestos a los que estuvieran obligados (los más comunes IVA e ISR), eligiendo el o los motivos por los cuales no le dio a pagar.

Esta herramienta tal como la conocíamos ya no estará disponible en la página del SAT, la cual solo era utilizada por Personas Físicas con menos de 250 mil pesos  de ingresos en el ejercicio. Las que rebasen ese límite deben utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos para presentar los pagos provisionales desde octubre de 2012 y subsecuentes.

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Como debo Facturar la Diferencia del IVA del 11% al 16% este 2014 – Zona Fronteriza

Como muchos en la Zona Fronteriza de México este 2014 aumento la tasa del IVA del 11% al 16%. Y habrá muchos casos en los cuales tengan que pagar una factura de 2013 gravada con el 11% en 2014 que debiera estar gravada con el 16%, en la Resolución Miscelánea Fiscal de 2014 nos dice que si se pagan estos comprobantes antes del 10 de enero no hay problema con ello y que de lo contrario deben expedir un comprobante complementario facturando el 5% del IVA que falto de cobrar a sus clientes.

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Descarga la Resolucion Miscelanea Fiscal 2014 en PDF – Cambios en materia fiscal para 2014

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer a través de su página de Internet: www.sat.gob.mx, la Resolución Miscelánea Fiscal 2014 se publico el dia de hoy 30 de diciembre de 2013 en el Diario Oficial de la Federación.

Esta Resolución, que consta de dos libros y anexos, se agrupan aquellas disposiciones de carácter general aplicables a impuestos, productos, aprovechamientos, contribuciones de mejoras y derechos federales, excepto a los relacionados con el comercio exterior, y que para fines de identificación y por el tipo de leyes que abarca, es conocida como la Resolución Miscelánea Fiscal.

El objeto de esta Resolución es el publicar anualmente, agrupar y facilitar el conocimiento de las reglas generales dictadas por las autoridades fiscales en materia de impuestos, productos, aprovechamientos, contribuciones de mejoras y derechos federales, excepto los de comercio exterior.

La Resolución Miscelánea para 2014 publicada en el Diario Oficial de la Federación contiene lo siguiente:

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