Índice Nacional de Precios al Consumidor 2011

Índice Nacional de Precios al Consumidor 2011

El Banco de México, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 20 del Código Fiscal de la Federación y 8 y 10 del Reglamento Interior del Banco de México, da a conocer que, con base en la segunda quincena de diciembre de 2010, el Índice Nacional de Precios al Consumidor de enero de 2011 es de 100.228 puntos. Dicho número representa un incremento de 0.49 por ciento respecto al índice correspondiente al mes de diciembre de 2010, que fue de 99.742 puntos.

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Errores en movimientos afiliatorios IDSE y cómo resolverlos

Errores en movimientos afiliatorios IDSE del IMSS

Al efectuar los movimientos afiliatorios ante el IDSE, podemos encontrar que estos, ya sean altas, bajas o modificaciones de salario, no fueron procesados a causa de un error que la misma página nos muestra.

El siguiente es un instructivo de acciones a seguir cuando aparece la leyenda de error.

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Actualiza el INPC en tus papeles de trabajo, SUA y demás Programas

Con fecha 25 de enero de 2011, el Banco de México da a conocer la nueva base del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), la cual toma como base 100, la segunda quincena de diciembre de 2010. El cambio implica una nueva escala de medición, pero no altera ni modifica los indicadores de inflación de los ejercicios anteriores.

El Banco de México inició en 1927 la construcción de índices de precios con tan sólo 16 tipos de productos alimenticios, pero fue hasta 1968 cuando empezó la elaboración de un Índice Nacional de Precios al Consumidor de manera mensual con una canasta integrada por 172 tipos de productos llamados genéricos. alt

Este indicador se ha actualizado cinco veces, tomando en cuenta el próximo cambio del 24 de enero de 2011. Esto es necesario para poder contar con una medición con mayor precisión de la inflación.

Sin embargo, debido a este cambio es necesario que se revisen papeles de trabajo, procedimientos y sistemas computacionales que se alimenten de estos índices, con la finalidad de homologar los datos existentes a la nueva base de INPC

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Condonacion de multas y recargos IMSS por diferencias de dictamen o corrección

altLos pasos a seguir para solicitar la condonación de multas y recargos, deberá de cumplir con lo siguiente para solicitar dicha condonación al IMSS cuando se trate de diferencias de dictamen o de corrección.

Los patrones y demás sujetos obligados que espontáneamente regularicen sus adeudos fiscales con el Instituto Mexicano del Seguro Social, generados hasta el 30 de junio de 2010, derivados de  cuotas obrero patronales, capitales constitutivos, gastos realizados por dicho Instituto por inscripciones improcedentes y los que éste tenga derecho a exigir, podrán solicitar condonación de recargos y multas impuestas en términos de la Ley del Seguro Social y sus reglamentos, siempre que paguen el monto total de tales adeudos en una sola exhibición.

Para efectos del Seguro Social, por las diferencias determinadas en el dictamen elaborado por contador público autorizado, así como las que el patrón tenga la intención de regularizar a través de la corrección patronal, el patrón o su representante legal deberá llevar a cabo lo siguiente:

I. Acudir a la subdelegación que controla el registro patronal y presentar escrito libre donde requiera la regularización de sus adeudos y se le apliquen los beneficios del artículo 16 apartado C de la LIF, escrito en el que además, deberá realizar el reconocimiento de las diferencias a su cargo, acompañado de la impresión del disco SUA firmada.

II. El Departamento de Auditoría a Patrones recibirá la solicitud y requerirá al Departamento de Cobranza, la asignación de números de créditos fiscales.

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Problemas con Java en la página del SAT e IDSE

Problemas con el Java en la página del SAT e IDSE

La configuración de Java para el SAT es uno de los principales problemas que encontramos los contadores o contribuyentes las primeras veces que hacemos una declaración, pago referenciado o consulta en la página del SAT. Esto también sucede con el Java para el IDSE del IMSS al hacer alguna modificación de salario, descarga de EMA y EBA o al presentar la declaración de la prima de riesgo de trabajo.

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Cálculo deducción del fomento al primer empleo

Cálculo deducción del fomento al primer empleo

La disposición conocida como Del fomento al primer empleo tiene como objetivo incentivar la creación de nuevos empleos, de forma inmediata y permanente, con el fin de mejorar la productividad en el país. Esta medida busca apoyar tanto a empleadores como a quienes buscan integrarse por primera vez al mercado laboral.

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Consideraciones al utilizar el Registro Patronal Único (IMSS, IDSE)

Consideraciones al utilizar el registro patronal único (IMSS, IDSE)

El Registro Patronal Único asignado permite asociar a los registros patronales de los diferentes centros de trabajo, además de poder transmitir los movimientos afiliatorios de todos los trabajadores de los registros patronales de sus asociados bajo una sola prima del Seguro de Riesgos de Trabajo.

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Presentar la determinación de la prima de riesgo de trabajo impresa

Presentar la determinación de la prima de riesgo de trabajo impresa

Cada año, en el mes de febrero, los patrones están obligados a presentar la determinación anual de la prima de riesgo de trabajo ante el IMSS. A diferencia de años anteriores, ahora es más sencillo completar y entregar esta determinación, ya sea de forma presencial en la subdelegación correspondiente o en línea a través del portal del IMSS.

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Tasa de recargos para solicitud de prórroga: Créditos fiscales

Tasa de recargos para solicitud de prórroga: Créditos fiscales

El artículo 8 de la Ley de Ingresos de la Federación establece que, cuando se solicite y autorice una prórroga para el pago de créditos fiscales, se aplicará un recargo mensual del 0.75% sobre el saldo insoluto.

La prórroga se concede cuando el contribuyente tiene dificultad o inconveniencia para pagar el crédito dentro del plazo legal, por lo que solicita realizar el pago posteriormente, de forma íntegra y sin fraccionarlo.

Cuando de conformidad con el Código Fiscal de la Federación se autorice el pago a plazos, se
aplicará la tasa de recargos sobre los saldos que a continuación se establece y durante el
periodo de que se trate:

  1. Tratándose de pagos a plazos en parcialidades de hasta 12 meses, la tasa de recargos será
    del 1 por ciento mensual.
  2. Tratándose de pagos a plazos en parcialidades de más de 12 meses y hasta de 24 meses, la
    tasa de recargos será de 1.25 por ciento mensual.
  3. Tratándose de pagos a plazos en parcialidades superiores a 24 meses, así como tratándose
    de pagos a plazo diferido, la tasa de recargos será de 1.5 por ciento mensual.

la Ley no se refiere a un tiempo diverso por lo que se aplica la tasa inferior a favor del contribuyente. Estas tasas de recargos incluyen la actualización realizada conforme a lo establecido por el Código Fiscal de la Federación.

   
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