Bancos autorizados para recibir declaraciones y pagos provisionales

Bancos autorizados para recibir declaraciones y pagos provisionales
 

Aquí tienes la lista de las instituciones de crédito autorizadas para que puedas presentar tus declaraciones vía Internet o por ventanilla bancaria. Solo debes dar clic para acceder al banco de tu preferencia.

Recuerda que el pago de impuestos se realiza exclusivamente a través de estas instituciones; no es posible hacer pagos en las oficinas del SAT ni en su portal de Internet. Ten en cuenta que algunas instituciones están reforzando su seguridad, por lo que, para operaciones en línea, puede que necesites dispositivos externos. Para evitar contratiempos, contacta a tu banco.

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Declaracion Automatica Personas Fisicas 2010

declaracion automatica personas fisicas 2010 Ya casi es tiempo de presentar nuestra declaración anual como personas físicas, para eso hay dos opciones, la primera y la mas común es la que se presenta con el software proporcionado por el SAT donde se captura la información desde cero y la otra seria la Declaración Automática en la que algunos datos ya están precargados principalmente los datos del contribuyente, sueldos y salarios asimilados, retenciones (honorarios o arrendamiento9, etc…

Al presentar esta declaración podrá ver que se le permite desde el portal realizar la captura con cálculo automático de impuestos y envío de la declaración anual del ejercicio fiscal 2010, para aquellas personas físicas que obtuvieron ingresos por un sólo concepto o acumulando dos o más de los siguientes:

  • Sueldos, salarios y conceptos asimilados a salarios
  • Actividades empresariales y profesionales
  • Régimen Intermedio
  • Arrendamiento de inmuebles (casa habitación y/o local comercial)
  • Intereses (provenientes o no del sistema financiero)

No requiere instalar un programa adicional en su computadora, sólo verifique que cuenta con la versión de la máquina virtual de java adecuada

VENTAJAS ADICIONALES DE LA DECLARACIÓN AUTOMÁTICA VERSIÓN 2011

  • La declaración se puede guardar en la base de datos del SAT hasta por  tres días naturales (72 horas) para que pueda concluirla en este lapso.
  • Carga y validación masiva mediante archivos externos de deducciones personales y retenciones (ISR, IVA). Puede cargar hasta mil registros por archivo.
  • Verificación de la Firma Electrónica Avanzada para consultar que el certificado digital esté vigente y se pueda enviar la declaración sin contratiempos.
  • Consulta de las obligaciones fiscales que tuvo activas durante el 2010.
  • Contiene un cálculo preliminar de la declaración anual del 2010 para asalariados con un solo patrón para que la verifiquen y en el caso que estén de acuerdo la envíen.
  • Prellenado de información para contribuyentes que obtengan ingresos por salarios y conceptos asimilados con base en la información presentada por el patrón al SAT.
  • Prellenado de ingresos, retenciones y RFC del retenedor en el caso de personas que en el 2010 percibieron ingresos por servicios profesionales (honorarios) o por arrendamiento de bienes inmuebles con base en la  información presentada por dicho retenedor.
  • Contiene prellenados los datos generales (RFC, CURP en su caso, nombre, domicilio y correo electrónico) para todas las personas físicas de todos los regímenes que estén inscritas en el RFC.

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Actualiza el INPC en tus papeles de trabajo, SUA y demás Programas

Con fecha 25 de enero de 2011, el Banco de México da a conocer la nueva base del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), la cual toma como base 100, la segunda quincena de diciembre de 2010. El cambio implica una nueva escala de medición, pero no altera ni modifica los indicadores de inflación de los ejercicios anteriores.

El Banco de México inició en 1927 la construcción de índices de precios con tan sólo 16 tipos de productos alimenticios, pero fue hasta 1968 cuando empezó la elaboración de un Índice Nacional de Precios al Consumidor de manera mensual con una canasta integrada por 172 tipos de productos llamados genéricos. alt

Este indicador se ha actualizado cinco veces, tomando en cuenta el próximo cambio del 24 de enero de 2011. Esto es necesario para poder contar con una medición con mayor precisión de la inflación.

Sin embargo, debido a este cambio es necesario que se revisen papeles de trabajo, procedimientos y sistemas computacionales que se alimenten de estos índices, con la finalidad de homologar los datos existentes a la nueva base de INPC

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Deduccion adicional de inversiones de IETU ya no aplica en 2011

alt Ya han pasado mas de 3 años desde que el IETU se empezó a aplicar en nuestros calculo de impuestos. Una de las Facilidades, Créditos o Deducciones Adicionales al Impuesto Empresarial a Tasa Única.

Era el que marca El Artículo Quinto Transitorio de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), del decreto publicado el 1° de octubre de 2007 en el Diario Oficial de la Federación prevé una deducción adicional de las inversiones adquiridos entre septiembre y diciembre de 2007.

Esta es la regla de la aplicación de dicha deducción:

Los contribuyentes podrán efectuar una deducción adicional, tanto para la determinación del impuesto del ejercicio y de los pagos provisionales del mismo ejercicio, por las erogaciones que efectúen en inversiones nuevas, que en los términos de la Ley del IETU sean deducibles, adquiridas en el periodo comprendido del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, hasta por el monto de la contraprestación efectivamente pagada por dichas inversiones en el citado periodo.

  • El monto de la erogación a que se refiere el párrafo anterior se deducirá en una tercera parte en cada ejercicio fiscal a partir del 2008, hasta agotarlo.
  • La deducción que se determine, se actualizará por el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes de diciembre de 2007 y hasta el último mes del ejercicio fiscal en el que se deduzca.
  • Tratándose de los pagos provisionales, se deducirá la doceava parte de la cantidad del monto total de la deducción adicional por inversiones adquiridas de septiembre a diciembre del 2007, multiplicada por el número de meses comprendidos desde el inicio del ejercicio y hasta el mes al que corresponda el pago.
    Asimismo, dicha deducción se actualizará con el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes de diciembre de 2007 y hasta el último mes al que corresponda al pago provisional de que se trate.

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No Presentación Listado de IETU Mensual 2011 solo IETU Anual 2011

no presentar listado ietu Se elimina para el 2011 la presentación mensual del listado de conceptos que sirvieron de base para determinar el impuesto empresarial a tasa única; y se establece que la presentación se realice en el mismo plazo que la declaración del ejercicio.

Esta es sin duda es de las noticias que a nosotros los contadores nos agrada, y no es para no otorgarle mas información a la autoridad, sino de otorgar información reiterada mes con mes, sabiendo nosotros desde el principio que lo mas optimo es presentarla como las declaraciones de ISR (anual).

La disposición nos dice que los contribuyentes deberán presentar a las autoridades fiscales, en el mismo plazo establecido para la presentación de la declaración del ejercicio la información correspondiente a los conceptos que sirvieron de base para determinar el impuesto empresarial a tasa única del ejercicio fiscal de 2011, en el formato que establezca para tal efecto el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.

La información del la determinación del Impuesto Empresaria a Tasa Única se deberá presentar incluso cuando en la declaración del ejercicio de 2011 no resulte impuesto a pagar.

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Publicada Ley de Ayuda Alimentaria Diario Oficial de La Federación

Por fin se ha publicado la Ley de Ayuda Alimentaria en el Diario Oficial de La Federación (DOF), el cual es una buena noticia, habrá que analizar cuales son los Beneficios principalmente para el trabajador y también para los patrones para que ellos también tengan un beneficio al otorgar tan importante ayuda a sus trabajadores, el dar este concepto se entiende que es un beneficio para el trabajador de previsión social así que seria un ingreso exento para el trabajador y una deducción autorizada para el patrón tratándose de ISR e IETU.

ley ayuda alimenticia 2011 mexico

La presente Ley tiene por objeto promover y regular la instrumentación de esquemas de ayuda alimentaria en beneficio de los trabajadores, con el propósito de mejorar su estado nutricional, así como de prevenir las enfermedades vinculadas con una alimentación deficiente y proteger la salud en el ámbito ocupacional. Esta Ley es de aplicación en toda la República y sus disposiciones son de interés social.

Objetivo de la Ayuda Alimentaria

  • La ayuda alimentaria tendrá como objetivo que los trabajadores se beneficien del consumo de una dieta correcta. Las características específicas de una dieta correcta serán las que la Secretaría de Salud establezca en las normas.
  • La Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría, definirá e instrumentará campañas nacionales, dirigidas específicamente a los trabajadores, en materia de promoción de la salud y orientación alimentaria, incluyendo mensajes para mejorar su estado nutricional y prevenir la desnutrición, el sobrepeso y la obesidad.

Incentivos y promoción

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Presentación de Listado IETU Anual 2010 durante enero de 2011

Presentación de Listado IETU Anual 2010 durante enero de 2011

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Si tomaste la opción de no presentar el listado de conceptos de manera mensual o semestral, tendrás que considerar lo siguiente:

Se puede optar por no presentar la información de los conceptos que sirvieron de base para determinar el IETU en los pagos provisionales del ejercicio, siempre que dicha información se presente de forma anual mediante el listado correspondiente, dentro del plazo establecido por las disposiciones fiscales.

 
 

Presentar Declaración anual del IETU

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Ta es tiempo para ir preparando nuestra información referente a la declaración Anual Del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), les traigo la información al respecto, junto con una explicación rápida referente a este impuesto.

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Declaración Informativa anexo 2: Retenciones ISR, IVA e IEPS 2010

Declaración Informativa anexo 2: Retenciones ISR, IVA e IEPS 2010
 

La Declaración Informativa sobre las personas a quienes se les retuvo ISR, IVA o IEPS (Anexo 2) consiste, básicamente, en reportar los montos pagados y las cantidades retenidas por estos impuestos a lo largo del año.

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