Declaracion Anual de Personas Morales – Oportunidades y Riesgos Parte 4

El no olvidar los aspectos importantes para la elaboración de las declaraciones anuales es la diferencia entre poder haber hecho lo posible para que el contribuyente se beneficie y el presentar la declaración anual no cerciorados de lo que se pudo haber hecho, dándonos cuenta ya mucho después de haberla hecho, para esto les comparto un articulo donde explican la parte importante a considerar en lo que a el Impuesto Empresarial a Tasa Única IETU se refiere.

Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU)

Ingresos
Acumulación de los ingresos en las mismas fechas del ISR
• Opción de considerar como percibidos los ingresos para efectos del IETU en la misma fecha en la que se acumulen para los efectos del ISR.
• Restricciones:
– Sólo aplica respecto de aquellos ingresos que se deban acumular para efectos del ISR en un ejercicio fiscal distinto a aquel en el que se cobren efectivamente dichos ingresos.
– El ejercicio de esta opción no podrá variarse en ejercicios posteriores.

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Acumular para IETU ingresos para ISR sin haberlos Cobrado – Decreto 2012

 

image thumb11 Presentar Declaración anual del IETU 2010 Este decreto se emitió el día de hoy en el cual se puede optar por acumular los ingresos de ISR a la par con IETU sin la necesidad de que sean cobradas. Habrá que analizar que tan viable es acumular esos ingresos antes de ser cobrados, a continuación les dejo el decreto:

Con este decreto se disminuye la carga administrativa que conlleva el cálculo de los pagos provisionales para los contribuyentes y el costo asociado al cumplimiento, a la vez que se minimiza el impacto en el monto de los pagos provisionales mensuales de los meses impares, en tanto que en los meses pares dichos pagos se ajustarán al flujo de recursos de la empresa y, por lo tanto, al impuesto que correspondería durante el transcurso del ejercicio

Artículo 2.1. Los contribuyentes obligados al pago del impuesto empresarial a tasa única podrán optar por considerar como percibidos los ingresos por las actividades a que se refiere el artículo 1 de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única en la misma fecha en la que se acumulen para los efectos del impuesto sobre la renta, en lugar del momento en el que efectivamente se cobre la contraprestación correspondiente.

Lo dispuesto en el presente artículo sólo será aplicable respecto de todos los ingresos que se deban acumular para los efectos del impuesto sobre la renta en un ejercicio fiscal distinto a aquél en el que se cobren efectivamente dichos ingresos.

Los contribuyentes que elijan la opción a que se refiere este artículo no podrán variarla en ejercicios posteriores.

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Disposiciones Comunes–Decreto de Beneficios Fiscales y Simplificacion Administrativa 2012

El día de hoy 30 de marzo de 2012 publicaron en el Diario Oficial de la Federación un decreto con los beneficios fiscales y medidas de simplificación administrativa de SAT para este 2012 y aquí expondremos lo que consideramos mas importante en los que de las Disposiciones Comunes de este decreto.

Artículo 8.1. La aplicación de los estímulos fiscales establecidos en el presente Decreto que consistan en créditos fiscales que puedan aplicarse contra impuestos federales, en caso de existir excedentes, no dará lugar a devolución o compensación alguna.

Artículo 8.2. Los estímulos fiscales a que se refiere el presente Decreto no se considerarán como ingreso acumulable para los efectos del impuesto sobre la renta.

Artículo 8.3. El Servicio de Administración Tributaria podrá expedir las reglas de carácter general necesarias para la correcta y debida aplicación del presente Decreto.

Artículo 8.4. En el caso de sociedades controladoras que, conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta, determinen su resultado fiscal consolidado y alguna o algunas de sus controladas o ellas mismas apliquen, en su caso, los estímulos fiscales previstos en el Capítulo 1 del presente Decreto, estarán a lo siguiente:

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Decreto de IETU 2012: Beneficios fiscales y simplificación administrativa

Decreto de IETU 2012 Beneficios fiscales y simplificación administrativa

 
El día de hoy, 30 de marzo de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto con los beneficios fiscales y medidas de simplificación administrativa de SAT para este 2012, y aquí expondremos lo que consideramos más importante del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU). El énfasis en el artículo fue agregado por ContadorMx.

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Decreto 2012 de Beneficios Fiscales y medidas de Simplificación Administrativa

El día de hoy 30 de marzo de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación DOF diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, alguno de los cuales son interesantes y habrá que analizarlos detenidamente, a continuación les dejo lo que considero más importantes en este decreto:

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Guía Servicio de Declaraciones y Pagos: Personas morales

Guía Servicio de Declaraciones y Pagos Personas morales
 

El SAT ha creado un video-tutorial para presentar los pagos provisionales mensuales desde el Servicio de Declaraciones y Pagos (pago referenciado) a los que están obligadas todas las personas morales a partir de 2012.

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Exportar e importar el archivo .XML: Pagos Referenciados fuera de línea del SAT

Exportar e importar el archivo .XML Pagos Referenciados fuera de línea del SAT
 

Si no sabes cómo exportar e importar el cálculo fuera de línea de los pagos referenciados que deben presentarse mes con mes en el SAT, una vez que estés capturando tu pago referenciado fuera de línea, la explicación técnica sería la siguiente:

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¿El aviso de compensación en pago referenciado se da por cumplido?

¿El aviso de compensación en pago referenciado se da por cumplido?
 

El pago referenciado ya es obligatorio para todas las personas morales y para algunas personas físicas (sujetos del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios – IEPS). Por lo tanto, deberán capturar tanto los impuestos a pagar como los saldos a favor, siendo estos últimos los que permiten la compensación contra otros impuestos generados.

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Lleva tu contabilidad y cálculo de impuestos en línea de manera gratuita con calcImp.com

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Si eres contador o persona física y deseas llevar de una manera eficiente la relación de tus ingresos, egresos, contabilidad, el cálculo de impuestos y cumplir con las obligaciones fiscales para no tener que pagar actualización, recargos o multas, te recomiendo utilizar el servicio gratuito de CalcImp.

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