La obligación de emitir los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet con la nueva versión 3.3, cambia del 1ro de julio de 2017 al 1ro de diciembre de 2017, esta facilidad también aplica para el uso del complemento para pagos. Para la cancelación de los CFDI desde buzón tributario con aprobación del receptor, el inicio de aplicación se dará hasta el 1ro de enero de 2018.
El SAT está dando la facilidad similar a la que dio con el CFDI de Nómina 1.2, pero con la diferencia de que no se tendrá que retimbrar el comprobante con la nueva versión una vez terminado el periodo de la facilidad; es por eso que se considera una prórroga y no una facilidad la que da el SAT a los obligados.
Para los contribuyentes y PAC`s que si han hecho su tarea, implementando la versión 3.3 en sus sistemas de facturación; podrán emitir los CFDI con la versión 3.3 desde el 1ro de julio de 2017 y también utilizar el complemento para pagos solo con dicha versión de forma opcional (hasta el 30 de noviembre de 2017).