La autoridad (SAT) tiene la facultad de solicitar a los Contribuyentes que comprueben los ingresos que obtienen por diferentes fuentes, con el fin de determinar si esos ingresos se considerarán para cálculo de impuestos.
También revisa que los depósitos estén registrados en la Contabilidad y si estos no se encuentran, según el artículo 59 fracción III se consideran ingresos por actos o actividades por los que el contribuyente debe pagar contribuciones.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
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