Con la recién publicada segunda modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, se hizo una adecuación a la regla 2.7.1.38 “Aceptación del receptor para la cancelación del CFDI”. Donde se establece como será el proceso para que el emisor del CFDI solicite al receptor la aceptación de cancelación de una factura electrónica.
Con la modificación a la regla 2.7.1.38, el SAT abre la posibilidad de que la solicitud y aceptación de cancelación no sea solo a través del buzón tributario.
A continuación, transcribo la nueva regla de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 publicada en el Diario Oficial de la Federación en su segunda modificación, para después exponer mis puntos de vista sobre la publicación:
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net