Solicitar devolución de IVA por actividades agropecuarias y silvícolas

Solicitar devolución de IVA por actividades agropecuarias y silvícolas
 

Las personas que utilicen diésel en actividades agropecuarias o silvícolas podrán acreditar un monto equivalente al resultado de multiplicar el precio de adquisición del diésel —según lo indicado en el comprobante correspondiente emitido por la estación de servicio, incluyendo el impuesto al valor agregado— por el factor 0.355, en lugar de aplicar lo dispuesto en el numeral anterior.

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Tasa de recargos para solicitud de prórroga: Créditos fiscales

Tasa de recargos para solicitud de prórroga: Créditos fiscales
 

El artículo 8 de la Ley de Ingresos de la Federación establece que, cuando se solicite y autorice una prórroga para el pago de créditos fiscales, se aplicará un recargo mensual del 0.75% sobre el saldo insoluto.

La prórroga se concede cuando el contribuyente tiene dificultad o inconveniencia para pagar el crédito dentro del plazo legal, por lo que solicita realizar el pago posteriormente, de forma íntegra y sin fraccionarlo.

Cuando de conformidad con el Código Fiscal de la Federación se autorice el pago a plazos, se
aplicará la tasa de recargos sobre los saldos que a continuación se establece y durante el
periodo de que se trate:

  1. Tratándose de pagos a plazos en parcialidades de hasta 12 meses, la tasa de recargos será
    del 1 por ciento mensual.
  2. Tratándose de pagos a plazos en parcialidades de más de 12 meses y hasta de 24 meses, la
    tasa de recargos será de 1.25 por ciento mensual.
  3. Tratándose de pagos a plazos en parcialidades superiores a 24 meses, así como tratándose
    de pagos a plazo diferido, la tasa de recargos será de 1.5 por ciento mensual.

la Ley no se refiere a un tiempo diverso por lo que se aplica la tasa inferior a favor del contribuyente. Estas tasas de recargos incluyen la actualización realizada conforme a lo establecido por el Código Fiscal de la Federación.

   

Publicada Ley de Ayuda Alimentaria Diario Oficial de La Federación

Por fin se ha publicado la Ley de Ayuda Alimentaria en el Diario Oficial de La Federación (DOF), el cual es una buena noticia, habrá que analizar cuales son los Beneficios principalmente para el trabajador y también para los patrones para que ellos también tengan un beneficio al otorgar tan importante ayuda a sus trabajadores, el dar este concepto se entiende que es un beneficio para el trabajador de previsión social así que seria un ingreso exento para el trabajador y una deducción autorizada para el patrón tratándose de ISR e IETU.

ley ayuda alimenticia 2011 mexico

La presente Ley tiene por objeto promover y regular la instrumentación de esquemas de ayuda alimentaria en beneficio de los trabajadores, con el propósito de mejorar su estado nutricional, así como de prevenir las enfermedades vinculadas con una alimentación deficiente y proteger la salud en el ámbito ocupacional. Esta Ley es de aplicación en toda la República y sus disposiciones son de interés social.

Objetivo de la Ayuda Alimentaria

  • La ayuda alimentaria tendrá como objetivo que los trabajadores se beneficien del consumo de una dieta correcta. Las características específicas de una dieta correcta serán las que la Secretaría de Salud establezca en las normas.
  • La Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría, definirá e instrumentará campañas nacionales, dirigidas específicamente a los trabajadores, en materia de promoción de la salud y orientación alimentaria, incluyendo mensajes para mejorar su estado nutricional y prevenir la desnutrición, el sobrepeso y la obesidad.

Incentivos y promoción

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Vacaciones escolares oficiales SEP 2011

Vacaciones escolares oficiales SEP 2011
 

Hoy te presento los periodos de vacaciones escolares según el calendario de la SEP para quienes tienen hijos en el sistema de educación básica.

  • Fin de año 2010-2011: del 22 de diciembre de 2010 al 9 de enero de 2011 (19 días de vacaciones).
  • Semana Santa y Pascua: del 16 de abril de 2011 al 1 de mayo de 2011 (16 días de vacaciones).
  • Fin de cursos: del 9 de julio de 2011 al 21 de agosto de 2011 (44 días de vacaciones).
  • Fin de año 2011-2012: del 21 de diciembre de 2011 al 8 de enero de 2012 (19 días de vacaciones).

Espero que esta información sea de utilidad, ¡saludos!

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Error en el Anexo 8 IVA DIM 2011 Sin Tasa 16%

Error dim 2011 anexo 8

En el programa para la presentación de la Declaración Informativa Múltiple en su Anexo 8, en la Información del Impuesto al Valor Agregado la autoridad cometió el error de no adicionarle la tasa del 16% y solo aparece la tasa del 15% que se utilizo hasta enero de 2010.

Una llamada de atención al SAT para que revise muy bien sus programas y que los actualice de acuerdo a sus nuevas reglas, dado a que nosotros estamos haciendo nuestro esfuerzo por seguirles el paso con las disposiciones que nos han implementado.

fail dim 2011 anexo 8 sat

Gracias a la participación por facebook de Santiago Gutiérrez, por colaborar con este dato.

image

Informacion Post Articulo:

Para complementar este articulo les dejo esta otra entrada donde la autoridad nos dice que ya no se presentara este anexo:

No presentación de Anexo 8

Obligaciones de Contribuyentes de IEPS 2011 Declaraciones y Pagos

Los contribuyentes obligados al pago del impuesto especial sobre producción y servicios, deberán efectuar sus pagos provisionales y definitivos de impuestos federales correspondientes al mes de enero del 2011 y subsecuentes, a través del Servicio de Declaraciones y Pagos (DyP). Este servicio se basa en la presentación de la declaración de todas las obligaciones de pagos provisionales y definitivos de impuestos federales directamente ante el SAT y el pago de los impuestos, a través de las instituciones de crédito autorizadas.

Contribuyentes del IEPS obligados a presentar sus declaraciones y pagos a través del servicio de Declaraciones y Pagos.

ieps bebidas energizantes

1. ¿Qué trámite debo realizar si a partir  del 1 enero del 2011 seré contribuyente que causará IEPS por la enajenación o producción de bebidas energetizantes? Debe de actualizar sus actividades económicas, mediante un movimiento de actualización de actividades (Aumento obligaciones)  en el portal del www.sat.gob.mx / Mi portal (utilizando RFC y CIECF).

2. A partir del 2011 seré contribuyente del IEPS por la enajenación o producción de bebidas energetizantes ¿Cómo presentaré el pago provisional y definitivo de TODOS los impuestos federales? A través del servicio de Declaraciones y Pagos que se encontrará disponible a partir de  febrero de 2011 podrá realizar la presentación de  TODOS sus impuestos federales, incluyendo IEPS.

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Instalación y manual de usuario DIM 2011: Declaración Informativa Múltiple

Instalación y manual de usuario DIM 2011 Declaración Informativa Múltiple
 

Si es la primera vez que utilizas el software para presentar las Declaraciones Informativas Múltiples ante el SAT, te dejo un manual de instalación que te ayudará desde la descarga hasta la utilización, así como un manual de usuario que te llevará de la mano para darte de alta y crear declaraciones Informativas.

Espero que sea de gran ayuda, sobre todo en estas fechas, cuando el trabajo se nos viene encima a los contadores.

¡Suerte con tus declaraciones!

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Tarifas y tablas para cálculo ISR diario, semanal, decenal y quincenal 2011

Tarifas y tablas para cálculo ISR diario, semanal, decenal y quincenal 2011

 
Las siguientes tablas y tarifas son necesarias para realizar el cálculo del ISR correspondiente a los trabajadores. Algunos programas de nómina, como NOI o Nomipaq, requieren que ingreses la información en forma diaria, semanal, decenal o quincenal, según el tipo de periodo que utilices. Por eso, te comparto las correspondientes al ejercicio 2011. Te recomiendo mantenerlas actualizadas, para evitar diferencias en tus cálculos al cierre del año.

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Declaración informativa del Impuesto al Valor Agregado Anexo 8

Declaración informativa del Impuesto al Valor Agregado Anexo 8
 

Si eres persona física o moral obligada a presentar pagos provisionales de IVA, también debes presentar la Declaración Informativa del Impuesto al Valor Agregado (Anexo 8), en el cual informarás el desglose de los pagos provisionales de IVA en 2011, y si tuviste saldos a favor, enterarás a la autoridad cuánto se acreditó o se compensó del año.

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