Anexo 8 Conversaciones con el SAT – Preguntas a la Autoridad

Como muchos sabemos es mejor consultar al experto antes de hacer cualquier cosa, pues haciendo constar de que le preguntamos al experto inauguramos esta sección llamada “Preguntas a la Autoridad Competente”, para esto aclaro que no hay ningún dolo al respecto de los temas que tratamos, pero es bueno saber que todos tenemos dudas respecto a las nuevas disposiciones (incluso la autoridad), y el porque de tantas nuevas disposiciones?, que a veces nos perdemos en  tratar de entender que es lo que la autoridad quiere saber de los contribuyentes.

Y para iniciar esta sección podemos exponer una duda que surge en nuestra mente, el presentar o NO el ANEXO 8 de la Declaración Informativa Múltiple (información del IVA), pues para esto les hago llegar la respuesta de la autoridad.

Esta fue una conversación con el Chat del SAT hecha para tener la certeza de tomar la decisión correcta de presentar o no presentar dicha información.

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Cómo presentar la Declaración Informativa del Fomento al Primer Empleo

Cómo presentar la Declaración Informativa del Fomento al Primer Empleo

 
El SAT publicó el Programa para presentar la Declaración Informativa del Fomento al Primer Empleo. Esta te pide la siguiente información: los datos del trabajador, su fecha de ingreso y el número de días laborados, así como el monto máximo de la deducción adicional aplicable del periodo.

El monto de la deducción adicional solo será aplicable a trabajadores que perciban hasta ocho veces el
salario mínimo general vigente en el área geográfica donde se presten los servicios. El beneficio de la deducción adicional será por 36 meses a partir del momento en que los puestos son creados, aún cuando el capítulo de Fomento al Primer Empleo ya no se encuentre vigente.

El monto máximo de la deducción adicional será del 40 % en el primer año, el cual se disminuirá en 25 % a partir del segundo año de vigencia.

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Actualiza el INPC en tus papeles de trabajo, SUA y demás Programas

Con fecha 25 de enero de 2011, el Banco de México da a conocer la nueva base del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), la cual toma como base 100, la segunda quincena de diciembre de 2010. El cambio implica una nueva escala de medición, pero no altera ni modifica los indicadores de inflación de los ejercicios anteriores.

El Banco de México inició en 1927 la construcción de índices de precios con tan sólo 16 tipos de productos alimenticios, pero fue hasta 1968 cuando empezó la elaboración de un Índice Nacional de Precios al Consumidor de manera mensual con una canasta integrada por 172 tipos de productos llamados genéricos. alt

Este indicador se ha actualizado cinco veces, tomando en cuenta el próximo cambio del 24 de enero de 2011. Esto es necesario para poder contar con una medición con mayor precisión de la inflación.

Sin embargo, debido a este cambio es necesario que se revisen papeles de trabajo, procedimientos y sistemas computacionales que se alimenten de estos índices, con la finalidad de homologar los datos existentes a la nueva base de INPC

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Condonacion de multas y recargos IMSS por diferencias de dictamen o corrección

altLos pasos a seguir para solicitar la condonación de multas y recargos, deberá de cumplir con lo siguiente para solicitar dicha condonación al IMSS cuando se trate de diferencias de dictamen o de corrección.

Los patrones y demás sujetos obligados que espontáneamente regularicen sus adeudos fiscales con el Instituto Mexicano del Seguro Social, generados hasta el 30 de junio de 2010, derivados de  cuotas obrero patronales, capitales constitutivos, gastos realizados por dicho Instituto por inscripciones improcedentes y los que éste tenga derecho a exigir, podrán solicitar condonación de recargos y multas impuestas en términos de la Ley del Seguro Social y sus reglamentos, siempre que paguen el monto total de tales adeudos en una sola exhibición.

Para efectos del Seguro Social, por las diferencias determinadas en el dictamen elaborado por contador público autorizado, así como las que el patrón tenga la intención de regularizar a través de la corrección patronal, el patrón o su representante legal deberá llevar a cabo lo siguiente:

I. Acudir a la subdelegación que controla el registro patronal y presentar escrito libre donde requiera la regularización de sus adeudos y se le apliquen los beneficios del artículo 16 apartado C de la LIF, escrito en el que además, deberá realizar el reconocimiento de las diferencias a su cargo, acompañado de la impresión del disco SUA firmada.

II. El Departamento de Auditoría a Patrones recibirá la solicitud y requerirá al Departamento de Cobranza, la asignación de números de créditos fiscales.

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Deduccion adicional de inversiones de IETU ya no aplica en 2011

alt Ya han pasado mas de 3 años desde que el IETU se empezó a aplicar en nuestros calculo de impuestos. Una de las Facilidades, Créditos o Deducciones Adicionales al Impuesto Empresarial a Tasa Única.

Era el que marca El Artículo Quinto Transitorio de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), del decreto publicado el 1° de octubre de 2007 en el Diario Oficial de la Federación prevé una deducción adicional de las inversiones adquiridos entre septiembre y diciembre de 2007.

Esta es la regla de la aplicación de dicha deducción:

Los contribuyentes podrán efectuar una deducción adicional, tanto para la determinación del impuesto del ejercicio y de los pagos provisionales del mismo ejercicio, por las erogaciones que efectúen en inversiones nuevas, que en los términos de la Ley del IETU sean deducibles, adquiridas en el periodo comprendido del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, hasta por el monto de la contraprestación efectivamente pagada por dichas inversiones en el citado periodo.

  • El monto de la erogación a que se refiere el párrafo anterior se deducirá en una tercera parte en cada ejercicio fiscal a partir del 2008, hasta agotarlo.
  • La deducción que se determine, se actualizará por el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes de diciembre de 2007 y hasta el último mes del ejercicio fiscal en el que se deduzca.
  • Tratándose de los pagos provisionales, se deducirá la doceava parte de la cantidad del monto total de la deducción adicional por inversiones adquiridas de septiembre a diciembre del 2007, multiplicada por el número de meses comprendidos desde el inicio del ejercicio y hasta el mes al que corresponda el pago.
    Asimismo, dicha deducción se actualizará con el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes de diciembre de 2007 y hasta el último mes al que corresponda al pago provisional de que se trate.

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Instala nuevo DEM de IVA versión 2011

Instala nuevo DEM de IVA versión 2011
 

El 20 de enero de 2011, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) presentó, a través de su página de Internet, la versión 2011 del software DEM de IVA 1.0.0. Este programa permite relacionar la información de proveedores para la solicitud de devolución o el aviso de compensación de IVA.

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¿Estoy obligado a validar las facturas electrónicas que recibo?

¿Estoy obligado a validar las facturas electrónicas que recibo
 

Algunas personas creen que es un delito no validar los Comprobantes Fiscales Digitales, ya que con la entrada en vigor de las nuevas disposiciones de facturación electrónica el problema no solo es expedir comprobantes sino recibirlos también, pues en algunos casos no existen los mecanismos para validarlos.

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Cómo expedir comprobantes simplificados en 2011

Cómo expedir comprobantes simplificados en 2011

 

Los comprobantes simplificados podrán expedirse en las formas señaladas en el artículo 51 del RCFF, pero:

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Cómo y cuándo tomar la opción de no dictaminarse

Cómo y cuándo tomar la opción de no dictaminarse
 

Si tu empresa ya tomó la decisión de no dictaminar los estados financieros de una persona moral, deberán manifestar en la declaración anual la opción conforme a lo siguiente:

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