Calculo PTU 2014 – Como Determinar el Reparto de Utilidades para los Trabajadores en 2014

 

En materia del Calculo de la Participación de los trabajadores en las utilidades (PTU) para 2014, se deroga la disposición que establecía el procedimiento a seguir para la determinación de la PTU, a efectos de considerar la renta gravable de acuerdo al procedimiento general de las sociedades utilizado para fines del impuesto sobre la renta (ISR), esto es, a los ingresos obtenidos en el ejercicio, se le disminuirán las deducciones autorizadas, y el resultado será la renta gravable que sirva de base para el cálculo de la PTU.

Cabe señalar que la disposición contempla la disminución de los ingresos acumulables para efectos de la PTU, con la parte considerada no deducible en el impuesto sobre la renta de los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador, esto es, el 53% o 47% de dichos pagos, según sea el caso. Habrá que determinar los efectos de este ajuste a las reglas de cálculo, pues como se recordará el procedimiento particular de Ley permitía no considerar, por ejemplo, efectos inflacionarios para fines de determinar la base de PTU.

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Calculadora ISR Personas Fisicas 2014 – ISR Sueldos y Salarios comparación de 2013 a 2014

 

En octubre de 2013 el Congreso de la Unión aprobó diversas modificaciones en materia fiscal para el ejercicio de 2014, las cuales están pendientes de publicar en el Diario Oficial de la Federación. La mayoría de estas entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2014. Se modifica el Personas físicas la tasa marginal máxima para personas físicas se incrementa al 32% para ingresos anuales superiores a $750 mil. La tasa de 34% aplicará para ingresos superiores a $1 millón y para ingresos mayores a $3 millones la tasa de impuesto será de 35%.

A continuación se transcribe el articulo 152 y el 94 (Personas Físicas Sueldos y Salarios) de la Ley del Impuesto Sobre la Renta que se modificara para 2014:

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Calculadora de Deduccion de Automoviles en 2014 – Limite de 175,000 a 130,000 pesos

calcular-impuestos_thumbEl pasado 31 de octubre el Congreso de la Unión concluyó en definitiva la aprobación de la reforma a la Nueva Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). Hemos analizado varios puntos de esta reforma y el siguiente es uno de los mas importantes en lo que a ISR se trata. La deducción de activos fijos es muy importante en una empresa ya que le ayuda a invertir en ellos para que la empresa pueda realizar las actividades necesarias para lograr sus cometidos y no deberían escatimarse por limites fiscales.

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No Pagar IVA en la Importacion Temporal o Introduccion de Bienes – Certificacion del SAT

 

Con la Nueva certificación que otorgara el SAT a las empresas se les permitirá contar con un crédito fiscal equivalente al 100% del IVA que deban pagarse por la importación temporal o introducción de bienes. Esta medida evitará el efecto financiero que provocaría el tener que pagar dichos impuestos y esperar a recuperarlos posteriormente mediante el acreditamiento o devolución, como tendrán que hacerlo las empresas que no obtengan la certificación.

El crédito fiscal otorgado para IVA no se considerará
como ingreso acumulable para los efectos
del impuesto sobre la renta.

Se prevé un periodo de transición para que las empresas puedan obtener la certificación, que sería de hasta un año contado a partir de que se hayan publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las reglas correspondientes para que el SAT otorgue la certificación. La mencionada certificación tendría una vigencia de un año, misma que podría ser renovada por las empresas 30 días hábiles antes de su vencimiento, cuando éstas acrediten que continúan cumpliendo con los requisitos y condiciones bajo los cuales les fue otorgada.

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Cambiar de REPECO o Regimen Intermedio a Regimen de Incorporacion Fiscal en 2014

A partir de 2014 ya no existirá el Régimen Intermedio ni el de Pequeños Contribuyentes o REPECOS, esto fue aprobado por el congreso de la unión el pasado 31 de octubre, aunque aun esta pendiente de publicarse en el Diario oficial de la Federación es casi un hecho de que los contribuyentes que estén bajo estos regímenes pasen al nuevo tipo de contribuyentes llamado Régimen de Incorporación Fiscal, que iniciara a aplicarse a partir de 2014.

Fin del Régimen intermedio y Régimen de Pequeños Contribuyentes REPECOS

Se elimina el régimen intermedio y el régimen de pequeños contribuyentes, quedando en su lugar el régimen de incorporación fiscal, mismo que es aplicable sólo a los contribuyentes que en el ejercicio 2013 obtengan ingresos inferiores a 2 millones de pesos. Lo anterior implica, que todos los contribuyentes en régimen intermedio que en el ejercicio de 2013 obtengan ingresos superiores a 2 millones de pesos automáticamente se tendrán que incorporar al régimen general a partir del ejercicio 2014.

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Constancia Sueldos, Salarios y Asimilados para 2014 – Anexo 1 antes Formato 37, con Sello y Firma Digital

 

El antes conocido como Formato 37 “Constancia De Sueldos, Salarios, Conceptos Asimilados, Crédito Al Salario Y Subsidio Para El Empleo” ahora se cambia por la constancia que expide el Programa que presenta la Declaración informativa de Sueldos, Salarios y conceptos Asimilados.

La Declaración Informativa Múltiple se presenta en el programa que tiene sus siglas DIM, una vez presentada la declaración el patrón puede expedir la constancia de las retenciones que les hizo a sus trabajadores y Asimilados a Salario que tuvieran ingresos en el ejercicio fiscal que se trate, estas deberán contener el Sello y la Firma Digital de la persona física o moral que presento la Declaración Informativa.

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Quienes pueden Expedir CBB – Limite para Personas Físicas y Morales

 

Las Personas Físicas y Morales que aun podrán en 2014 expedir Comprobantes Fiscales con Código de Barras Bidimensional son las que obtengan ingresos hasta por 250,000 pesos. Esto si la modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal no se modifica, lo que se recomienda a estas alturas de la transición a la Factura Electrónica o Comprobante Fiscal por Internet CFDI es ir analizando la opción de cambiar el método de comprobación.

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Cambios en las Deducciones para 2014 de Personas Fisicas y Morales – Reforma Fiscal aprobada

 

En octubre de 2013 el Congreso de la Unión aprobó diversas modificaciones en materia fiscal para el ejercicio de 2014, las cuales están pendientes de publicar en el Diario Oficial de la Federación. La mayoría de estas entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2014. En este articulo les mencionaremos las que se aprobaron en materia de deducciones:

Aportaciones a fondos de pensiones y salarios exentos
Las aportaciones realizadas a fondos de pensiones y jubilaciones, así como las erogaciones por remuneraciones que sean ingresos exentos para el trabajador (previsión social, fondo de ahorro, pagos por separación, gratificaciones anuales, horas extra, prima vacacional y dominical, entre otros) serán deducibles en un 53%. Cuando el contribuyente disminuya, de un ejercicio a otro, las prestaciones exentas otorgadas a sus trabajadores, la deducción será del 47%.

Formas de pago de las deducciones
Las deducciones cuyo monto exceda de $2,000 y se paguen mediante transferencia electrónica de fondos, deberán realizarse desde cuentas a nombre del contribuyente. Los pagos por salarios que excedan de $2,000 deberán realizarse a través del sistema financiero.

Recibos de nómina y honorarios
Los recibos de nómina y de honorarios, para ser deducibles, deberán constar en CFDI.

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Resumen de la Reforma Fiscal 2014 aprobada por el Congreso de la Union – ISR, IVA, IEPS, IETU e IDE

En octubre de 2013 el Congreso de la Unión aprobó diversas modificaciones en materia fiscal para el ejercicio de 2014, las cuales están pendientes de publicar en el Diario Oficial de la Federación. La mayoría de estas entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2014. Con las diferentes medidas aprobadas, el gobierno federal estima obtener ingresos por $4.4 billones de pesos, que representa un crecimiento del 12.82% con respecto a los ingresos presupuestarios de 2013.

La Ley de Ingresos de la Federación para 2014 estimó un tipo de cambio promedio del peso respecto al dólar estadounidense (Dls.) de $12.90, una inflación anual del 3%, un precio promedio de barril de petróleo crudo de Dls. $85, el crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) en 3.9%, un endeudamiento interno y externo de hasta $570,000 millones de pesos y Dls. $10,000 millones respectivamente, lo que arroja un equivalente al 16% de los ingresos presupuestarios totales. Los ingresos estimados por impuestos, contribuciones de seguridad social y derechos aumentaron 6.25, 4.76 y 2.5%, respectivamente, a diferencia de 2013. Los principales incrementos fueron en el rubro de los impuestos especiales sobre producción y servicios con un 153%, y sobre la renta (ISR) con un 23%.

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