De conformidad con el artículo 99 y 97 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta los patrones están obligados a realizar la determinación del ajuste anual de sueldos y salarios de 2023, algunos patrones realizan este cálculo en el mes de diciembre para tratar de ajustar el ISR retenido en el ejercicio y el que pueda resultar a cargo de los trabajadores.

¿A quien no se le realiza el cálculo anual?
Exenciones para el ajuste anual de sueldos y salarios, según el séptimo párrafo del artículo 97 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, el cálculo del impuesto anual al que hace referencia este artículo no aplicará a los contribuyentes que:
- Hayan iniciado la prestación de servicios con posterioridad al 1 de enero del año de que se trate o hayan dejado de prestar servicios al retenedor antes del 1 de diciembre del año por el que se efectúe el cálculo.
- Hayan obtenido ingresos anuales por los conceptos a que se refiere este Capítulo que excedan de $400,000.00.
- Comuniquen por escrito al retenedor que presentarán declaración anual.
En relación con el inciso ‘c’ del artículo 181 del reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, se establece como plazo el 31/12/2023 para que los trabajadores entreguen el documento al patrón.
Artículo 181. El escrito a que se refiere el artículo 97, párrafo último, inciso c) de la Ley, deberá presentarse a más tardar el 31 de diciembre del ejercicio por el que se va a presentar la declaración.
Los retenedores no harán el cálculo del Impuesto anual respecto de aquellos trabajadores obligados a presentar declaración anual, en términos del artículo 98, fracción III, incisos a) y c) de la Ley, siempre que éstos les presenten el escrito respectivo en el plazo mencionado en el párrafo anterior.
Incluso en la página de la PRODECON prodecon.gob.mx cuando ingresamos nos manda el siguiente mensaje.

En relación a este aspecto, es aconsejable informar a los trabajadores que, si planean presentar su declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio fiscal de 2023, es crucial que entreguen el documento correspondiente antes del 31/12/2023.
Fecha límite para realizar el ajuste de ISR en la nómina
El cálculo del ajuste anual es un requisito obligatorio. Es fundamental recordar que, para poder deducir correctamente, estamos obligados a cumplir con la retención y el pago correspondiente a las autoridades fiscales.
El entero de las diferencias derivadas del ajuste se debe de enterar a más tardar el último día de febrero de 2024.
Conclusión
La determinación anual del impuesto sobre sueldos y salarios es una responsabilidad para los patrones, pero existen excepciones para ciertos contribuyentes. Es crucial comunicar a los trabajadores sobre la entrega de documentos antes del 31/12/2023 para su declaración anual de ISR del ejercicio 2023. Cumplir con estas obligaciones de retención y presentación ante las autoridades es fundamental.
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Buen dia
Se deberia incluir como parte de las percepciones el PTU para determinar el ajuste anual 2023?